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J
jumamu
12/11/2010 11:49

Probablemente si desgrave.....

¿Puedo desgravar las cuotas mensuales y la cantidad inicial en la declaración de la renta?

976 lecturas | 3 respuestas

Hola de nuevo vecin@s, voy a comentar un tema que me lleva un tiempo rondando la cabeza y del cual no estoy seguro, y que quizás, alguno de vosotros si me podáis ayudar.

Nosotros firmamos el contrato de compraventa del piso el pasado mes de febrero. Con la firma, tuvimos que hacer efectivo un dinero, para regularizar todas la cuotas que deberíamos haber hecho si hubiesemos estado pagando desde el inicio hasta el mes de febrero, vamos, que nos tuvimos que poner al día.

Ahora, como todos vosotros, pues tenemos que pagar una cantidad mensualmente hasta el mes de diciembre de 2011, en el cual ya tendremos pagado el 20 % del valor de nuestros pisos, bueno, ya sabéis a que me refiero.

La cuestión es a ver si alguien me puede decir si la cantidad inicial que desembolsamos, así como las cuotas mensuales, nos las podemos desgravar en la declaración de la renta del año que viene, bueno, yo hago el borrador, y si se puede cómo qué concepto aparecería en dicho borrador.

A ver si los que estáis pagando cuotas desde el año 2009, que creo que sois la mayoría, me podéis decir algo al respecto; yo creo que sí se podrá, que ese dinero no caerá en saco vacío como quien dice.

 

Un saludo a tod@s, y nosotros probablemente nos animemos a la quedada que por aquí se comenta.

 
J
jumamu
12/11/2010 20:03

Perfecto, muchas gracias, es lo que me imaginaba, aunque no sabía muy bien en que concepto meterlo, muchas gracias por la rapidez al contestar.

 

Un saludo

 
G
GarciaDiaz
12/11/2010 15:35

Hola Jumamu:

Sí te lo puedes desgravar. No se el apartado de la declaración exacto que es (nº de casilla...), pero dice algo así como por contrucción de vivienda habitual, incluso creo recordar que metí el cif del promotor. Está en la zona de cuenta vivienda y compra de vivienda habitual. Y como te han contestado, te podrás desgravar el 15% sobre un máximo de 9015€. En caso que seais 2 y hagais declaración individual, podríais desgravar eso por cada uno.

Un saludo,

 
Miguel Aguilar
Miguel Aguilar
12/11/2010 14:50

Hola Jumamu,

indicarte que si desgrava todo el dinero que entregaste en febrero de 2010 para, pero el maximo que puedes desgravar en la declaracion de la renta de 2010 son 9.000 EUR., el resto no puedes desgravartelo.

Un abrazo vecinos, y haber si nos vemos el dia 20 de este mes no?

Miguel

 

Fin del hilo
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