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PAIPER
07/11/2007 17:01

Firma de la division orizontal

¿Qué es la división horizontal y cómo se realiza?

1.961 lecturas | 14 respuestas
Hola a todos, mañana a primera hora tengo que ir al notario en la calle Serrano a firmar la division orizontal.Os pongo un texto que he sacado de internet para que sepais de lo que se trata.Un saludo

División horizontal. Acto documentado en título público, mediante el cual se divide un inmueble (por ejemplo un edificio) en varias y distintas fincas registrales independientes, con asignación a cada una de ellas de un coeficiente de copropiedad o participación en el total del inmueble. Se inscribe en el Registro de la Propiedad.


De esta manera se conforma una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal que está integrada por una serie de unidades (viviendas, locales comerciales, garajes,...) que reciben el nombre de "elementos privativos", salvo que hayan sido configurados como anejos de otros elementos privativos (garajes y trasteros), a cada uno de los cuales se les asigna un número de orden en la propiedad horizontal, y que se inscriben en el Registro de la Propiedad como fincas independientes.

La Ley de Propiedad Horizontal establece que para dividir o segregar cualquiera de esos elementos privativos en dos o más departamentos, así como para segregar los anejos de las viviendas (garajes y trasteros) con el objeto de configurarlos como fincas independientes, es necesario un acuerdo unánime de la Junta de la Comunidad de Propietarios en el que se autoricen expresamente tales actos, si no está recogido en los estatutos otra vía alternativa que diera esta capacidad a los propietarios individuales.


 
P
PAIPER
14/11/2007 13:42
Pues yo no he bajado al banco, pero vamos me imajino que nos ha pasado a todos igual.
Yo devolvere la letras.., porque aunque nos pidan el dinero ese extra.., tendra que ser justificado de otra manera, ya que nosotros firmamos 17 letras..ni 18 ni 20 ni 50...sino 17...¡¡ mañana bajo al banco y lo devuelvo tambien.
un slaudo
 
G
gamo55
14/11/2007 00:31
HOLA Q TAL? TENGO UNA DUDA QUE HABER SI ME LA PODEIS RESOLVER, ESTE MES ME HAN COBRADO LA LETRA CUANDO YO PENSABA QUE ERAN 17 PAGOS Y YA HABIAMOS TERMINADO EL MES ANTERIOR, PORQUE DESDE JUNIO A MI ME SALEN 18 CUOTAS POR FAVOR CORREGIRME SI ESTOY EQUIVOCADO, MUCHAS GRACIAS, PORQUE SI ES ASI LES DEVUELVO EL RECIBO YA.
 
G
gamo55
14/11/2007 00:27
,
 
P
primaveravera
13/11/2007 17:26
ok. esperaremos entonces. Gracias por la aclaración. Ya estoy mas tranquila!! Gracias.
 
P
PAIPER
13/11/2007 12:39
Hola a todos, bueno como os dije,aller ya se firmo en la notaria la division Horizontal.
Lo que pude ver y comprobar en los papeles eran unos documentos en que figuraba ya la calle Gregorio Marañon numeros tal y tal..individualizaron vivienda por vivienda con su correspondiente plaza de garaje.

Al volver a casa, llame a Jorge Calvo para que me contase un poco como iban las cosas..y bueno ,me dijo que se estan preparando los Titulos de adjudicacion de cada propietario para presentarlos en la CAM y que no interfiere en la solicitud de la calificacion definitiva ni de la cerula de habitabilidad.
Por lo que me dijo, estas dos cosas ya estan solicitadas(primera ocupacion y cerula )y que Carlos Bueno..es optimista y que cree que para finales de diciembre podrian estar....(cosa que dudo..) pero bueno..

Me comento Jorge que van a reunir al consejo rector en breve, para esta semana o la siguiente para hablar de unas cosillas ,en esa reunion pedire convocar una asamblea ,para ver si nos pueden explicar todas las dudas que nos van a venir a partir de ahora mas las que ya tenemos.

eso es todo lo que os puedo contar.
UN SALUDO
 
M
mari_farm
13/11/2007 10:43
Registrado yo llame hace 2 semanas llame y hable con Jorge y me dijo lo mismo que para enero pero que podia ser diciembre,me dijo que ya tenian los papeles solicitados puede ser de primera visita o algo asi?
 
M
mari_farm
13/11/2007 10:41
Registrado yo llame hace 2 semanas y me dijeron lo mismo que para enero pero que podia ser diciembre.
 
R
REGISTRADO_YA
12/11/2007 23:52
Igual o no se de que va el tema, o estoy fuera de lugar, pero sí no me equivoco el día que nos enseñaron los pisos me hablaron de Enero, incluso que podía ser Diciembre.
Me pareció entender que el procedimiento para la calificación definitiva ya había comenzado, creo que nos falta mucha información, pido que sí hay alguna persona que tenga algún cargo dentro de la cooperativa, ya sea consejo rector o seguimiento de obras de algún tipo de información.
 
P
primaveravera
12/11/2007 20:59
hola a tod@s!

Parece q no pasa nada nuevo no? bueno. yo seguiré intentando hablar con ellos. diré otro nombre para ver si cuela!
bueno. Qtal Paiper en la Notaria? Firmaste la División Horizontal? Te suena si es la incial o una modificación?. Me parece muy raro q a estas alturas no esté firmada (a ver. q si m lo dices tu pues claro pero ...). Hay q registrarlo después q salga de la notaria (aprox. 1 mes). y del registro no sale especialmente pronto (aprox. 1 o 1.5 meses más). y luego presentarlo en la CAM. para la solicitud de calificación definitiva. (nos vamos a ... Febrero?) y luego la licencia de 1ª Ocupación (.... Marzo?). y luego escriturar... Puede ser Abril?

Por Díos. corregirme si me equivoco. (Pues para eso está este foro, para consensuar y preguntar dudas no?).Pero las cuentas no me salen. debe ser q soy de Letras.


Espero de todo corazón estar equivocada!
chao.
 
P
primaveravera
08/11/2007 20:37
jolin! y llevan desde agosto haciendo esto? estoy por ir después del trabajo a echarles una manita. Porque todo. debería d estar ya terminado. P no Implica Q. Es decir, q preparen para escriturar la división horizontal no tiene nada q ver para q llamen para firmar el librito. o q vallan haciendo fototocopias y tal de todos los contratos. y pagar la luz y el agua y tal...
En fin. y luego te dicen si protestas (como aquí a la escribiente, q ya me puedo dar con un canto en los dientes ( o sentirme tremendamente orgullosa (q lo estoy) y afortunada (q tambien es el caso). de tener una vivienda de Protección.
Es como veis la mejor salida a modo de respuesta para la ineficacia.
Ojalá sea la nuestra la única ¨Cooperativa q gestionen de este modo. espero q en las demás sean mejores.
A todo esto cuando nos reunirán para informarnos de algo? El consejo rector sabe algo?

Gracias.
 
P
PAIPER
07/11/2007 22:59
Madre mia..., pues anda quen o tienen que hacer cosas..joer..
Bueno ..haber si el LUNES::..si,el lunes...me han llamado esta tarde de que mañana no podia ser.., asi que he quedado para el lunes en la notaria.
haber si me imformo con ellos el lunes de algo nuevo.
Saludos
 
L
lyo2
07/11/2007 19:57
Buenas, he estado mirando lo de la firma de division horizontal, y es un documento más de los que hay que presentar para solicitar la calificación, todavía tenemos que firmar el libro de socios, así que todavía no han presentado ningún documento a la CAM, a ver si se dan un poquito de prisa en hacer las gestiones.

Os pongo la relación de documentación que hay que presentar.

Gracias Paiper por mantenernos informados de las novedades.

Un saludo.


¿Qué se debe presentar?

- Impreso de solicitud normalizado, modelo VPNC 19800, con la documentación que en este se señala, y que es:

- Un ejemplar del Proyecto de Ejecución Final, visado por el Colegio de Arquitectos, que recoja fielmente el estado final de las obras (Proyecto completo, es decir, tanto el proyecto básico como el de ejecución), y justificante de haberse presentado en el Laboratorio de Control de Calidad de la Dirección General de Vivienda y Proyectos Urbanos.

- Licencia municipal de obras.

- Una fotocopia de la escritura de obra nueva y división horizontal inscrita en el Registro de la Propiedad o acreditación de haberse practicado la inscripción de la escritura declarativa en el Registro de la Propiedad.

- Original del Certificado Final de obra, suscrito por la Dirección Facultativa (Arquitecto y Arquitecto Técnico o Aparejador) y visado por los respectivos colegios profesionales.

- Acreditación que el edificio está asegurado del riesgo de incendio.

- Libro de Órdenes y Visitas.

- Relación de viviendas vendidas, con nombre de los adquirentes y declaración jurada de las viviendas no vendidas hasta el momento de la solicitud de Calificación Definitiva.

- Certificado de la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones en el que se haga constar la presentación del correspondiente proyecto técnico que ampara la infraestructura , y del certificado o boletín, según proceda, de conformidad con el artículo 9.2 del Real Decreto 279/99, de 22 de febrero.

- Justificante del pago de las acometidas de luz y agua y certificados de encontrarse éstas realizadas y en condiciones de uso.

- Libro de Control de Calidad, conforme al Decreto 107/1991, de 10 de junio, o justificante de haberse presentado en el laboratorio de Control de Calidad de la Dirección General de Vivienda y Proyectos Urbanos.

- Certificado del Arquitecto-Director acreditando que las obras en edificación están terminadas, que las de urbanización y servicios están en condiciones de utilización, y que todas ellas están recogidas en el Proyecto de Ejecución Final y cumplen con las normas de diseño y de calidad establecidas para las viviendas protegidas de nueva construcción de protección pública, de acuerdo con la normativa vigente.

- Licencia municipal para la actividad de garaje.

- Parte del Estudio, o en su caso, Estudio Básico de Seguridad y Salud, que contemple las previsiones y las informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.

TODAS LAS COPIAS IRÁN ACOMPAÑADAS DE SU ORIGINAL PARA SER COTEJADAS.



¿Cómo solicitarlo?

TRÁMITES

- Presentada la solicitud junto con la documentación requerida, si se observa la falta de alguno de los documentos necesarios se requerirá al promotor para que los aporte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Posteriormente se procederá a inspeccionar las obras realizadas y comprobar el cumplimiento de la normativa aplicable y la adecuación de las obras al Proyecto de Ejecución Final.

- Si como resultado de la inspección se apreciaran defectos constructivos, o de documentación, o cualquier otra causa que impida la expedición de la calificación definitiva, la Administración procederá a requerir al promotor para subsanar los defectos apreciados.

- Si los defectos son de documentación existirá un plazo de diez días para su subsanación ; si son de carácter constructivo el plazo vendrá dado por informe técnico interno de la Administración ante las características y defectos apreciados.

- Corregidas las deficiencias observadas y cumpliéndose los requisitos de la normativa, la Administración procederá a otorgar la calificación definitiva, que se formalizará en la correspondiente cédula. En la misma constarán los precios máximos de venta de las viviendas.


RECURSOS QUE PROCEDEN CONTRA LA RESOLUCIÓN

Contra la resolución que se dicte se podrá interponer recurso de alzada ante el Director General de Vivienda y Proyectos Urbanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente siguiente al de la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


 
P
primaveravera
07/11/2007 19:00
huy... no me lo puedo creer!! muy bien. Parece q trabajan!! jaja. (mi humor es un poko direrente... jajajaja) :))

bueno. Ya nos contarás. tu si eso. llama y di q xq no llaman. gracias. (tienen q tener un sueldo en post-it)

Chao. ;)
 
P
PAIPER
07/11/2007 17:06
Alaaaaa...esa pedazo de falta que he tenido..... H orizontal....jejeje, sorry.. , ha sido el trauma de la emocion de que han llamado para algo....

Saludos y haber si esto sigue para alante y rapidito que es jerundio...
 

Fin del hilo
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