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famyfamy
22/11/2010 21:39

PRIMERA REUNION DE PROPIETARIOS.

¿Por qué nos dan solo un mando y una llave si compramos dos plazas de garaje?

4.469 lecturas | 20 respuestas

Hola vecinos, como algunos ya sabréis, (si os han enviado la carta), el día 11 de diciembre hay una reunión a las 10:00 en la zona común de la finca, los temas a tratar son:

 

  • Puesta en funcionamiento de la comunidad de propietarios y elección de cargos de la comunidad , contratación y administración.
  • Facultar al presidente, vice y secretario, para contratar a un administrador.
  • Apertura de cuanta de la comunidad y aportación inicial.
  • Ruegos y preguntas.



En el ultimo punto de ruegos y preguntas, yo aportaría la primera, ¿pq si compramos dos plazas de garaje, nos dan solo un mando y una llave?, se de otras cooperativas que dan tantas llaves y mandos como plazas de garaje tiene cada propietario.

Os animo a que pongamos en el foro las preguntas y dudas y así ir con algo preparado a la reunión, podemos anotar todas las dudas y hacerlas de forma ordenada el día de la reunión, para que no nos pille de sorpresa.
 


Editado por famyfamy 22/11/2010 21:41
 
V
Vecino1A
23/12/2010 22:34

Hola a todos y Feliz Navidad!!

Llevo unos dias acordandome, pero al final se me ha ido yendo de la cabeza..., y la verdad es que no me entere en que quedo al final el tema de los mandos y las llaves del garaje. Alguien sabe algo???

 
C
chivalen21
10/12/2010 12:36

Gracias por la informacion famyfamy ;)

 
F
famyfamy
03/12/2010 22:21

Se va a poner un placa debajo de la señal de prohibido donde pondrá excepto garaje.

 

Tema zanjado? ;-).

 
C
chivalen21
03/12/2010 13:41

Me parece buena idea tambien

 
K
Kalrissian
03/12/2010 13:20

Yo más bien propondría mandar un escrito a la concejalía de urbanismo, que supongo que sera la competente, para que la señal de prohibido la ponga una vez pasada la entrada al garaje.

Así nos evitamos el gasto que supondría realizar el cambio nosotros (pintar la nueva señalización, tal vez cambiar de sitio el anclaje de la llave de apertura de la puerta,.....).

 
C
chivalen21
03/12/2010 11:57

Yo tengo una propuesta que es cambiar la entrada del garaje es decir que la actual salida sea la entrada y la actual entrada sea la salida para evitarnos la vuelta q hay q dar para entrar ahora.. A ver q os parece

 
carneviva
carneviva
01/12/2010 15:28

Pues yo tambien se quien eres, como baje la vamos a tener, jajajjaaja

 
M
muralla
01/12/2010 11:18

Ten cuidado rojadirecta con los que dices que se quien eres

 
carneviva
carneviva
30/11/2010 21:46

Que lo apruebe la comunidad de propietarios o lo rechace no dejara de ser ilegal, vamos que no va a ningún sitio, lo único que te evitas es que la propia comunidad te denuncia pero cualquiera a titulo personal te puede denunciar, no creáis que porque este aprobado en junta ya esta solucionado, te puede denunciar igual.
De hecho se puede rechazar y de igual manera arriesgarte a poner el aire fuera o a cerrar el tendedero o colocar una parabólica, tender la ropa, poner barbacoa en el jardín, tabicar el plaza de garaje etc….
 

 
B
bea111
30/11/2010 21:17

yo pienso que todo se deberia hablar en la reunion, puesto que habr´´a gente que quiera hacer todas las obras al principio antes de irse a vivir. se supone que esta prohibido para todas las viviendas y como bien decis todo el mundo lo tiene puesto, al final es lo que decidamos entre la comunidad! como lo de quitar las lamas de tendedero, es lo mismo!

 

 
0
00Vicente00
30/11/2010 21:17

Lo que esta claro es que aunque nos cuesta mas o menos tendremos que llegar a un acuerdo siempre que no se afecte al resto. Si nos amparamos en tecnicismos y normativas, por ejemplo para que nadie podamos poner los aire acondicionado en las ventanas, pues ni quitais laminas de tendederos, ni ponemos aire, ni se cierran bajos o aticos, porque no todos las acciones que se aprueben en comunidad son por mayoría si no que alguna por unanimidad como por ejemplo los cambios esteticos.

 
rojadirecta
rojadirecta
30/11/2010 20:50

Pues nada ya puestos, podiamos tender la ropa en la calle, que se secará mucho mejor como es logico y asi en el tendedero la ropa no quita la luz, ni desprende humedad, que idea la mia!!!!!

 
C
CHANO_
30/11/2010 17:19

Haber voy a explicar la cosa como mejor pueda sin faltar el respeto a nadie aunque hay cosas que me ponen de mala leche:

 

-El tema del aire acondicionado supongo que se estudiara no en esta reunion sino mas adelante ya que los pisos son nuevos,es invierno y la gente empezara amueblando cocinas,etc,pero para la gente que va de "listilla" con infinitos parrafos que aburren les dire que cualquier aire acondicionado colgado en el exteriror y suspendido al aire esta prohibido por este y cualquier ayuntamiento,es decir tu dices un dia voy a tocar los cojones a ese edificio de ahi (no hace falta irte muy lejos para ver en cualquier edificio que hay algun aparatejo de aire) y le denuncias lo tienen que quitar,el ayuntamiento siempre te va a decir que no,pero si se pusiera un dia tendria que quitarlo el 90 % de los edificios de españa.

Sino se llegase a un acuerdo en ponerlo fuera (que asi seria lo suyo)el problema de poner un conpresor dentro es el siguiente:

1.Necesitas mas frigocalorias ya que si lo quieres llevar a cualquier habitacion o comedor esta mas lejos y cuanto mas lejos,mas tubo y pierde refrigeracion.

2.cuanto mas fricocalorias mas grande el compresor y por tanto mas espacio y mas caro.

3.El mas importante al tener un compresor dentro,este manda aire frio pero tambien desprende calor,mucha calor por tanto en el tendedero habria una alta temperatura y humedad.

 

Haber os digo todo esto porque yo soy de Alcorcon y tengo amigos que en el esanche sur se propuso hacer esto mismo y ahora se estan arrenpintiendo de estar dentro por todos estos inconvenientes.No enfria lo suficiente,calor en el tendedero hasta no imaginarse,maquinas mas caras,etc.

 
V
Vecino1A
30/11/2010 14:58

Hombre... yo creo que es un poquito pronto para empezar a pensar en poner el aire acondicionado, yo pienso que hasta que no esté viviendo en el piso y vea si hace calor como para ponerlo, no me lo voy plantear, principalmente porque en casa de mis padres lo tengo y lo he puesto en contadas ocasiones.

 
0
00Vicente00
30/11/2010 08:08

Pues si el consorcio esta al acecho que se pase por el pau haber lo que ve.  Independientemente de las normativas, todo son cambios esteticos.. El poner el aire en el tendedero es una faena, a no ser que lo quieras canalizar y entoces si te viene bien. 

 

 
rojadirecta
rojadirecta
29/11/2010 22:51

Pues en el tendedero sin duda, como sabeis en la fachada es ilegal, vamos como lo de cerralo. El consorcio esta al acecho.

 

ORDENANZA DE MOSTOLES

CAPÍTULO III. VENTILACIÓN FORZADA Y/O ACONDICIONAMIENTO DE
LOCALES Y VIVIENDAS

Artículo 73.
73.1.- La instalación de unidades exteriores y la evacuación de aire de los sistemas condensados por aire se realizará obligatoriamente en la cubierta del edificio salvo que quede justificada su inviabilidad técnica en cuyo caso se cumplirán las prescripciones siguientes:
- Cuando la evacuación de aire se realice a fachada se efectuará siempre por rejillas situadas a una altura mínima de la acera o vía pública de 2,30 m. 31.
- Las unidades condensadoras se instalarán en el interior del local o establecimiento, salvo en vivienda que se ubicarán en terrazas, o patios verticales con solución estética conjunta.
- El nivel de ruido producido por el flujo de aire en la tomo o nivel del punto de emisión no superará en ningún caso un nivel de presión sonora de 45dB (...) medidos a 1 m. de distancia.
- No se permitirá la evacuación de aire a fachada si en los espacios colindantes destinados a otros usos pueden producirse trasmisión térmica superior a la del ambiente exterior en ± 2º C.
- En todo caso, la distancia a huecos de fachada situados en la proyección vertical del punto de emisión distarán una distancia mínima que viene dada por al expresión siguiente:
? D ≥ 0,5 Q.
? D = distancia en metros.
Q = caudal de aire a evacuar en m3/h.
- Para caudales superiores a 5 m3/h se dispondrán puntos de emisión separados entre si una distancia mínima de 3 m.
73.2.- De acuerdo con la Orden 1187/1998, de la Comunidad de Madrid, las evacuaciones directas de torres de refrigeración y condensadores evaporativos se hallarán al menos a 2 metros por encima de cualquier zona de tránsito o estancia de público en un radio de 10 metros.
73.3.- Todo aparato o sistema de acondicionamiento que produzca condensación deberá disponer de una recogida y conducción de agua eficaz que impida que se produzca goteo al exterior.

Artículo 74. Los edificios de nueva construcción o en reestructuración total deberán dotarse de preinstalación de aire acondicionado que cumpla con los requisitos establecidos en esta Ordenanza y en las Normas Urbanísticas Generales.

NORMAS URBANISTICAS DE MOSTOLES

ARTÍCULO V.12. INSTALACIÓN DE ACONDICIONAMIENTO DE AIRE Y
VENTILACIÓN
Las instalaciones de aire acondicionado cumplirán lo dispuesto en la Ordenanza municipal
específica estableciendo con carácter subsidiario las siguientes determinaciones:
En locales:
54
1.- Los edificios de nueva planta deberán incluir preinstalación de aire acondicionado.
2.- No se permiten equipos fuera de la alineación de fachada, salvo que formen parte de una solución conjunta acorde con las características estéticas del edificio a juicio justificado de los servicios técnicos municipales.
3.- No se autorizan equipos refrigerados por agua, salvo que se instalen los preceptivos sistemas de recuperación y se adopten las medidas para prevenir enfermedades infecciosas.
4.- Se autorizan equipos ubicados en patios apoyados en el suelo o la pared a nivel de planta baja siempre que su nivel de emisión sonora no supere los 55 dBA y cumpliendo el resto de las condiciones que se indican en los puntos siguientes.
5.- Los equipos cuya potencia térmica nominal sea superior a 10 Kw en cualquiera de sus formas (frío o calor) deberán contar para su instalación con informe favorable de evaluación ambiental según la Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la C.M.
6.- La instalación de unidades exteriores y la evacuación de aire de los sistemas condensados por aire en edificios de nueva construcción, se localizarán obligatoriamente en la cubierta del edificio. Para edificios, locales y establecimientos construidos con anterioridad a estas NN.UU. siempre que se justifique la inviabilidad técnica de cumplir lo anterior, se cumplirán las prescripciones siguientes:
7.- Cuando la evacuación de aire se realice a fachada se efectuará siempre por rejillas situadas a una altura mínima de la acera o vía pública de 2,50 m.
8.- Las unidades condensadoras se instalarán en el interior del local o establecimiento salvo en vivienda en las que podrá localizarse en terrazas o vanos verticales con solución estética unitaria para toda la fachada, nunca adosadas a fachada.
9.- El nivel de ruido producido por el flujo del aire en el punto de emisión o de toma, no superará en ningún caso los límites máximos permitidos por la Ordenanza o Normativa reguladora que estuviera vigente medidos a 1,50 m. sobre la acera o pavimento sobre el que éste ubique el citado flujo.
10.- En todo caso la distancia a huecos de fachada situados en la proyección vertical y horizontal del punto de emisión será como mínimo la resultante dada por la expresión siguiente: D>= 0,5 Q siendo:
D = distancia en metros.
Q = caudal de aire a evacuar en m3/h.
11.- Para caudales superiores a 5 m3/h. se dispondrán puntos de emisión separados entre sí una distancia mínima de 3 m.
55
12.- Cuando el punto de emisión de aire, se sitúe frente a otra fachada que a su vez disponga de huecos para ventilación e iluminación de zonas habitables, la distancia del punto de emisión a los citados huecos será como mínimo de 3,50 m. Para caudales de aire inferiores a 1 m3/seg. y de 5,00 m. para caudales superiores.

 
B
beavic
29/11/2010 19:41

Hola a todos!!

A mi me gustaria tratar el tema del aire acondicionado, donde deberiamos colocarlo en el tendedero o fuera?? Que opinais??

Saludos

 
F
famyfamy
24/11/2010 21:15

Lo de las cerraduras, ya se ha hablado con Jonas y no ha puesto ninguna pega, es facil, simplemente amaestrar las cerraduras, que se habran todas con la misma llave. Tanto de portales exteriores como de entrada a trasteros.

 

Poner mas sugerencias y propuestas.

 
T
tefhnet
24/11/2010 12:18

Hola!

Otra tema a tratar q no estaría mal es q tuvieramos una llave maestra para tanta puerta cm tenems o poner en todas la misma cerradura porque es un jaleo d llaves.

Saludos

 
V
Vecino1A
22/11/2010 22:30

Estoy de acuerdo, como ejemplo..., cuando tu compras dos coches, te dan la misma llave para lo dos coches o te dan una llave para cada coche??, además en una ferretería me dijeron que tienen que dar un mando y una llave por cada plaza de garaje, aunque esto último no sirve de mucho.

Otra cosa que se podría tratar es el tema del cerramiento de los tendederos, ya que cuanto antes nos pongamos de acuerdo todos mucho mejor.

 

Fin del hilo
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