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N
norseman
07/02/2010 23:18

Consulta con abogado

¿Cómo afecta la demanda en Montecarmelo I a Montecarmelo II?

2.198 lecturas | 17 respuestas
Ante tanto mensaje alarmante he consulatdo con un despacho especializado en asuntos inmobiliarios que ha llevado algunas cooperativas y me han dicho lo siguiente: que las demanda presentada en el sector Montecramelo I no afecta a Montecarmelo II, por ser listas de adjudicación independientes con socios distintos y diferenciados juridicamente. También me han dicho que estas demandas tienen muy pocas probabilidades de prosperar, ya que la clave reside en que las cuentas y la gestión del consejo rector hayan sido aprobadas por la asamblea de socios, como así ha sido en el caso de los dos Montecarmelos. Así que me quedo muy tranquilo, si fuese socio de Montecarmelo I en lugar del Montecramelo II igual no lo estaría tanto a pesar de todo. Lo que si noto es que hay gente en este foro que esta muy 'volada' y parece que libran una guerra extraña y muy muy personal con la gente de la gestora (y no me refiero a RPG118, que parece bastante templado)
 
C
chamonix
28/02/2010 12:25
Anda!! que como le de por quebrar a la cooperativa sabeis que teneis que cargar con todos los gastos ¿verdad?. A no ser que sean sectores independientes allanados que solo "cargaran con su sector"

 
R
RPG118
10/02/2010 09:10
Buenos días norseman;

Yo te hablo del tiempo y tu me contestas de a cuanto estan los melones...no estamos hablando de un caso de cesion de un nº, y te lo expliqué ayer, Soy el socio mas antiguo de la promoción, soy el nº 1 de dicho sector,  reconocido por la propia cooperativa en asamblea y asi figura en acta, pero que en contra de los estatutos se ha decidido por el consejo rector que alguien (dos socios) elijan antes que  yo...atendiendo a sus reclamaciones que derecho tienen a hacerlas,

Y no son susceptibilidades, es que me molesta que gente como tú vaya haciendo juicios de valor sobre personas que ni conoce ( la jueza del auto, por ejemplo), o que hable de la common law, sin leerse ni los estatutos de su propia cooperativa, donde es mas que probable que venga reflejado el tema de  las cesiones de las que tú hablas. Que creo que el tema sobre la elección de pisos tambien te lo he dejado claro.

Pues eso, que chispun, el que quiera entender que entienda ... y el que no quiersa entender que vaya a la cooperativa y se lo expliquen.

PD. Para información de todos, en particular al amigo cc11 que sigue con tanta emoción mi juicio, seguimos sin noticias del allanamiento por parte de la cooperativa que confirmaste ayer, es decir, siguen vigentes las medidas cautelares.
 
N
norseman
10/02/2010 08:41
uy¡  cuanta susceptibilidad¡ no pretendo atacar a nadie, pero el asunto del orden de inscripción es muy importante. Por la respuesta de RPG118 entiendo que podemos estar ante este caso de las antigüedades en la cooperativa, es decir , el caso que he puesto por ejemplo, alguien que adquiere un n° 5 de alguien que abandona la cooperativa y elige por delante de un n° 16, siendo el 16 socio de la cooperativa más antiguo pero con peor n°.    Ya hay sentencias sobre estos supuestos, es decir, hay jurisprudencia, y es bastante clara, se reconocen al adquirente todos los derechos inherentes y adquiridos del cedente, incluido el de elección en el orden del cooperativista cedente a favor del nuevo cooperativista, siempre y cuando los estatutos de la cooperativa no lo impidan DE FORMA EXPRESA. Es decir, el nuevo socio que tiene un nº 5 elegirá por delante del nº16 aunque el nº 16 fuese un socio de mayor antigüedad. Estos casos son tan antiguos como las cooperativas mismas, y los propios cooperativistas fundadores suelen ser reacios a poner límite a la transmisibilidad de su nº en la lista de elección, ya que de lo contrario su cesión sería muy dificil, y no podría funcionar como un activo inmobiliario de facil transmisión.
 
S
socia7
09/02/2010 23:38
RPG118,

A ver como se van sucediendo las cosas, espero tener suerte y espero también que tengan suerte todos los socios que han solicitado la baja hace pocos meses o que la están solicitando ahora, no les queda otra que esperar 18 meses y esto no parece que vaya a ir a mejor.

Somos bastantes (aunque ellos se empeñen en decir que es mentira) los que estamos esperando que nos devuelvan el dinero aportado y como ha ocurrido en otros casos, por ejemplo con la cooperativa CPV, las cosas se van liando y al final no hay forma de arreglarlo.

Un saludo, te seguiré leyendo para ver como va lo tuyo.
 
R
RPG118
09/02/2010 22:45
Norseman;
De tu primer post no me he enterado de nada, es posible que yo me haya expresado mal en lo de las leyes de la Comunidad de Madrid, no soy abogado, ni lo quiero ser, ni siquiera llegar a alcanzar tu alto nivel del sistema judicial español, y parte del extranjero, asi que mucho mejor que te lo explique el abogado de la cooperativa.

Respecto al segundo post, ¿eres socio?, ¿tienes los estatutos?, si es asi, deja de leer libros de derecho y leete los estatutos, dónde se indica que se elegira por estricto orden de inscripción en la cooperativa, día y hora.

En resumen;

a/ Soy el mas antiguo de la promoción, por fecha, día hora, minutos y segundos.

b/ Lo que solicito, asi mas llanamente explicado, es que se respeten los propios estatutos de la cooperativa, ya no entro en leyes de lo mercantil,  y cosas de esas porque me vas a responder algo que no voy a entender.

c/ Hay unas medidas cautelares dictadas a mi favor por una jueza, a la que no sé si conoceras personalmente, pero como en todos los foros ya estais descalificando a alguien que no teneis ni idea de quién es. Te recomiendo te metas en internet, lo mismo es una señora importante o reconocida y hasta a lo mejor, y solo a lo mejor, sabe más de derecho que tú.

d/ Flipo que en una cooperativa con tanta eminencia suelta nos salgan los pisos el doble de caros.

Chimpun!!
 
N
norseman
09/02/2010 21:15
rpg118, cuando defendeis el derecho a elegir "según el orden de inscripción en la cooperativa", ¿estais defendiendo que el socio más antiguo tenga preferencia sobre el más moderno aunque el más moderno tenga un n° mejor?. Es decir, ¿lo que habeis recurrido es que por delante de vosotros había elegido gente que había adquirido con posterioridad un n° para elegir menor que el vuestro? (caso de alguien que adquiere un n° 5 de alguien que abandona la cooperativa y elige por delante de un n° 16, siendo el 16 socio de la cooperativa más antiguo pero con peor n°).
 
N
norseman
09/02/2010 20:50
Cito de rpg118   "Imaginate cómo lo vería la señora jueza, que aún en contra de las leyes de la Comunidad de Madrid sobre cooperativas nos dió la razón a nosotros y dictó las medidas cautelares de las que os he informado."

En nuestro sistema legal es imposible (bueno, lo es , pero es inviable judicialmente) que un juez falle en contra de la ley vigente. Nuestro sistema judicial se basa en la aplicación forzosa de la ley, incluso cuando ésta pueda producir inequidad en el caso concreto, es un sistema distinto del common law anglosajón. Si un juez español estima que la aplicación de una ley lleva al absurdo o contradice la jusitica material más elemental, solo puede elevar una cuestión de inconstitucionalidad para evitar la aplicación de una ley. Si en efecto el fallo de la juez sobre las medidas cautelares se ha hecho contrvavniendo la legalidad vigente, esas medidas tienen corta vida, tal vez estemos ante una juez novata o primeriza en un juzgado de primera instancia. Una ley de la comunidad de madrid es tan ley como una ley orgánica d elas cortes generales, no rige entre ellas un principio de jerarquía, sino un criterio de competencia por la materia regulada.
 
R
RPG118
09/02/2010 20:37
Pues nada suerte, y reclama tus intereses, al igual que entiendo ellos no te van a devolver mas que el importe aportado, perdiendo todos los intereses que te hubieran devengado esas cantidades en un banco, entiendo que por el retraso ellos deberan de hacerse cargo de esos intereses de demora (si no han realizado una consignación judicial, creo). Pero vamos de eso sabran mas tus abogados.

Espero que tengas mas suerte que yo y sea un juicio rápido, como puedes leer en los foros hay gente que dependiendo del juzgado van mas rápido que otros, en mi caso es que mi juzgado era el encargado del tema de Afinsa y por eso se han demorado tanto...

Lo que es una pena es la poca seriedad de la gente, y tener que recurrir siempre a la justicia, triste pero  asi son las cosas.

Y sobre todo, si admites consejos, ni te molestes en discutir con la gente de la cooperativa, deja actuar a tus abogados y olvidate de ellos.

Saludos
 
S
socia7
09/02/2010 16:55

Eso es lo que he tenido que hacer,

muchas gracias  RPG118.
 
R
RPG118
09/02/2010 16:37
No, la denuncia no va por ese sentido, es mas que probable que los "Domingos" y los "Demetrios" tengan los áticos, pero eso no lo sé.

Nosotros denunciamos porque en un consejo rector decidieron que aún siendo los socios más antiguos, dos socios reclamaban elegir antes que nosotros, sus razones tienen,  y se les daba la razón a ellos, tras infructuosos intentos de revocar esa decisión unilateral por parte de la junta rectora, apoyándonos en los propios estatutos de la cooperativa dónde se indica explícitamente que el ordén de elección de la vivienda se realizará por riguroso orden de inscripción y dado que nos rechazaron tres alegaciones, pues no nos quedó mas remedio que ir a juicio.
Para ello, la verdad hemos aportado los propios estatutos y los contratos, mientras que la cooperativa no aporto nada en su defensa, bueno si, indicó que no se podia paralizar la adjudicación de viviendas porque la ley de la Comunidad de Madrid, exige que para parar una adjudicación debe de estar solicitada por un porcentaje elevado de los socios.
Imaginate cómo lo vería la señora jueza, que aún en contra de las leyes de la Comunidad de Madrid sobre cooperativas nos dió la razón a nosotros y dictó las medidas cautelares de las que os he informado.

Yo os sigo informando, ni yo ni mi abogada tenemos constancia de que la cooperativa se haya allanado o lo vaya a hacer, ni te puedo indicar, porque esto si que no lo sé, si nos podemos negar a dicho allanamiento,  lo mismo CC11 que esta tan bien informado nos puede ayudar en este tema, yo prefiero que se resuelva este tema cuanto antes, pero tambien repito, prefiero ganar el juicio a que hubiera un allanamiento, más que nada para ver als razones que aportaba la cooperativa para ir a dicho juicio, y ahora me gustaria saber las razones de porqué deja a dos socios "vendidos" con dicho allanamiento, poruqe tú ponte ahora en lugar de los dos socios a los que la cooperativa se comprometio a defender y que creo no tienen opción de recurrir, ni el allanamiento ni la sentencia si la hubiera.

Respecto a que te engañe el abogado de la cooperativa o el de administración, pues chica, que te lo den todo por escrito, con su firmita y su sellito, obligados están,  y si te sientes engañada pues al juez, con mas razón si tienes papeles.
 
S
socia7
09/02/2010 16:08
Muchas gracias RPG118,

Entiendo entonces que te dan la razón para no ir a un juicio que tienen perdido de antemano.

¿Qué fué exactamente lo que denunciaste? ¿Qué  los Demetrios y Domingos tienen los 5 primeros números en todas las promociones? ¿Quiere decir entonces que se han quedado sin poder elegir las primeras viviendas, es decir, los áticos?

Sé que tenemos un departamento de administración en la cooperativa, al que pagamos todos,y que ellos deberian de daros todas la información y explicaciones, pero no lo hacen, te engañan.

Un saludo, muchas gracias otra vez.

 
R
RPG118
09/02/2010 15:57
Socia7;

Bufffffff! complicado, no soy abogado, a ver te cuento, por lo que yo entiendo, que la cooperativa se "allane" en una demanda, es la terminología que se debe de usar para indicar que se retira de la misma, asumiendo en consecuencia todos los costes derivados, en definitiva que da la razón a la otra parte, por las razones que sean y creo y solo creo, no he hablado con mi abogado, pero CC11 parece que lo tenia muy claro, que si no se ajusta a mis intereses puede ser que no se acepte el allanamiento, pero de eso no estoy seguro.  

En este caso yo no te puedo dar las razones de su allanamiento en mi demanda, ellos lo podran vender como que se allanan por el bien de la cooperativa y de los socios, yo en cambio lo puedo interpretar como que se allanan porque van a un juicio perdido de antemano y las costas a pagar son mas altas para ellos con lo que la justificación ante los socios del pago de dichos costes es diferente. En la primera quedas de maravilla, si lo interpretan asi los socios, en la otra quedas fatal, por meterte en un juicio que no vas a ganar.

Respecto a tus dudas, la cooperativa, yo no sé si puede hundirse como tal, creo que cada sector es independiente con cuentas independientes y por tanto entiendo que con créditos y deudas independientes...pero no sabría confirmartelo, de ahí, que yo tambien este interesado que mi "tema" se resuelva cuanto antes.

Yo, de verdad, sigo pensando que para todo esto hay una bogado en la cooperativa, al que pagamos todos, un departamento de administración, al que pagamos todos, ellos deberian de daros todas la información y explicaciones que soliciteis, estais en vuestro derecho como cooperativistas, ahora, lo de siempre, si os quereis curar en salud, que os lo den por escrito.

No sé si te he servido de ayuda o te he liado mas.

Saludos
 
S
socia7
09/02/2010 13:04
Hola RPG118,

Me gustaría, si no te importa, que me explicases que es eso de que la "cooperativa se ha allanado".

Yo soy socia de la cooperativa, no del sector de Montecarmelo. Me vencieron los 18 meses el mes pasado y ayer comencé los tramites para denunciar, envío de burofax con plazo para la devolución, etc...

Me interesa saber como va todo porque al final la cooperativa es una y si en el peor de los casos la cooperativa se hunde vamos a responder todos por todo.

Un saludo, muchas gracias.
 
R
RPG118
09/02/2010 11:03
cc11,
Yo no sé de dónde sacas que yo no quiera que se desbloquee el juicio, ya os he dicho que estoy tan interesado como el que más, en que me den MI piso.

De todas formas, tambien te digo que hubiera preferido ganar el juicio sin que se allanara la cooperativa, porque ahora me da que pensar en los dos socios a los que esta defendiendo en dicho juicio y que acaba de dejar...bueno, ponte en lugar de ellos y piensa como te ha dejado la cooperativa si fueras uno de ellos.

Creo que únicamente me he limitado a informaros de una situación que;

a/ No conociais
b/ La cooperativa no os estaba informando y debia de hacerlo
c/ Confirmas que es cierta

Tambien me sorprende que hoy a las 07:55 sepas tú más de mi juicio que mi abogado...

Saludos
 
C
cc11
09/02/2010 07:54
La información que se me ha transmitido, es que, con respecto al juicio de rpg118, la cooperativa se allana, por tanto, quedaría desbloqueado, quiera o no quiera rpg118, el asunto de la entrega.
lo que también se me ha comunicado, es que los gastos de abogados, etec, etc,. como es "evidente", repercutirá en cada cooperativista.
 
R
RPG118
08/02/2010 23:13
No es por desanimaros, que no es mi intención, pero me da la impresión de que o bien os informais a medias o os dan la información incompleta.
Es cierto que Montecarmelo-I y Montecarmelo-II son dos sectores independientes (de ahí la diferencia de precio entre uno y otro sector), ya que la gente de Montecarmelo-I adquirimos los terrenos con mucha mayor anterioridad que los cooperativistas de Montecarmelo-II.
Aqui el problema no es que os quedeis o no sin piso, que no os vais a quedar sin el, el problema viene que los dos sectores se unieron, entre otras cosas para que todo saliera más barato, un solo proyecto, un sola construcción, zonas comunes para los dos sectores en vez de zonas comunes por sector, una única licencia...todo eso se decidió en Asamblea, al igual que se decidió que primero elegian piso los cooperativistas de Montecamelo I, y una vez hubieran elegido estos elegiría Montecarmelo II. Lo que os intento explicar es que aunque las medidas cautelares SOLO afectan a la adjudicación de pisos de Montecarmelo I, sector al que pertenezco, hasta que este juicio no se resuelva NADIE puede elegir.
Bueno por elegir podeis elegir lo que os interese, otra cosa es que luego se os pueda adjudicar el piso elegido.
Tu problema norseman es que entiendo le has explicado a tu abogado que existen dos sectores independientes, pero no les has explicado que la adjudicación funciona como un proindiviso, nada es de nadie, es decir, no hay unos pisos asignados a MCI y otros a MCII, y el orden de elección es el aprobado en Asamblea General, es decir elige MCI y de lo restante elige MCII.

Espero haberme explicado, de todas formas, y como os indico siempre, ante cualquier duda id a la cooperativa y que os lo confirmen u os lo nieguen, pero por escrito, aseguraos las cosas, es por vuestro bien. Las palabras se las lleva el viento.

Saludos
 
T
tke
08/02/2010 22:16
Gracias por la información Noserman, y perdona por los malos rollos, entiendo que este foro está para aportar información y no como hemos hecho otros y yo. La verdad es que no es mi estilo entrar al trapo ni atacar a nadie, pero en este caso, me he alterado y he actuado incorrectamente porque no entiendo muchos comentarios que se han hecho. Hemos metido mucho dinero e ilusiones, he tenido muchos problemas con la cooperativa por la subida del precio y el pensar que me podía quedar sin dinero y sin piso por ciertos comentarios, me he agobiado y me he confundido.
He empezado a leer algunos comentarios que me dedican, pero prefiero no terminar de leerlos para no entrar al trapo. Espero que nos entreguen pronto los pisos y si es posible, que nos bajen algo el precio.
 

Fin del hilo
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