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Raul y Raquel
15/02/2005 13:02

Aire Acondicionado

¿Es necesario avisar al representante de la comunidad si se modifica una terraza visible en la fachada?

1.177 lecturas | 14 respuestas
La ley de propiedad horizontal dice:
"Art. 7 – 1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o ESTADO EXTERIORES, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad."

Si la terraza (al no estar cerrada) es parte de la fachada y visible,¿no se debe avisar al representante de la comunidad (cosa imposible, no aviendose constituido la comunidad de propietarios)?.
Pregunto yo...
 
S
salu
11/03/2005 10:45
Hola,

Soy de la promoción II, el aire acondicionado del ático puede o no estar mal. Primero, si no existe comunidad de propietarios no se puede aplicar la Ley de la Propiedad Horizontal. Segundo, si ese aire existe en proyecto está bien (aunque lo dudo). Lo que pienso es que ha hecho lo que le ha dado la gana, pero hay que tener ciertas cosas en cuenta (cuando exista comunidad) ; La terraza es un bien común de uso privativo, es decir que el propietario del ático tiene el usufructo de la terraza pero nunca la nuda propiedad, por lo que no puede practicar ningún tipo de modificación sobre ella sin permiso de la propiedad, esn este caso la comunidad de propietarios (cuando exista), y la fachada es un elemento de la comunidad de propietarios, por lo que ningún vecino puede instalar ningún tipo de aparato sin el consentimiento previo del propietario de la cosa, es decir la comunidad. De este modo y suponiendo la vigencia para este caso de LPH el aire acondicionado del ático está en situación ilegal de existir comunidad. Saludos
 
C
Climacity
08/03/2005 10:09
Mensaje Patrocinado


Estimado Vecino de Arroyo de la Canaleja,

Les comento que tienen el tipico problema de muchas comunidades donde por estética no permiten la ubicación de la máquina exterior en la fachada del edificio. Sin embargo existen diversas soluciones entre las que están aparatos de aire compacto que no necesitan de unidad exterior. Puede acceder a los modelos en este link: http://www.climacity.com/links/familias.php?fam=57
 
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angema
07/03/2005 09:35
Hola chic@s, yo pienso que ya que ha puesto el aire en vez de ponerlo ahi colgado tambien lo podia haber puesto en la parte de abajo, (osease jajajaja en el suelo)asi no se veria y todo esto no lo hubiesemos ahorrado, digo yo , claro que solo es una opinion.

Nos vemos pronto. Chao.
 
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freny10
06/03/2005 20:06
Hola vecinos, respecto al tema del aire acondicionado va ser complicado quizás ponerlos en la fachada, ya que tenemos vecinos con patios, y algunos de ellos ya han comentado que no quieren que esten colgados sobre su parcela porque les caerá el agua de condensación de los aparatos, asi que va a ser complicado ponerlos ahí, el lugar más adecuado es "en cubierta" ya que estan preparadas para el goteo de condensaciones y aisladas contra el ruido , y además en la segunda fase se esta haciendo la instalación de aire acond. y todas las maquinas las van a ubicar en cubierta.
Y respecto al vecino que ya ha puesto el aire , es su terraza con uso y disfrute pero a la vez es fachada del edificio y por lo tanto tendrá que acogerse a los estatutos de la comunidad.
 
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Raul y Raquel
17/02/2005 13:41
SoCO4,suelo estar deacuerdo contigo,pero en este caso no.
Esta claro que los aires acondicionados deben ponerse en algun sitio y seguramente el que ya esta puesto se quedara ahi,pero si racapacitamos sobre que no tenemos ninguno la cedula,nadie podria estar viviendo,ni haciendo modificaciones, tanto fuera como dentro de su propia casa.
Lo de escriturar es una especie de "favor" que hace la promotora, pero a los que lo queremos todo legal (y entiendo que la gente escriture antes) nos crea impotencia,porque ¿quien dice que, aunque con toda su buena voluntad y sin ganas de molestar al projimo, el poner ahi el aire no marque el donde se ponen los siguientes?.
Hay que recordar que la libertad de cada uno acaba donde empieza la de los demas.
 
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SoC04
17/02/2005 11:08
donde ha puesto el aire no se le puede decir nada porque es su terraza. Es como si quiere llenarla de platos azules de ceramica talaverana.

A parte creo que nos estamos pasando tres pueblos con este tema. Los aires deben ponerse en algun sitio y si os parais a pensar, si los subimos a las cubiertas, los vecinos del atico por esa regla de tres no van a querer porque el ruido y el calor que van a hacer alli quince aparatos todos funcionando a pleno rendimiento en el mes de agosto va a ser mortal. Y entonces no los podremos poner ninguno.

Si nos ponemos de acuerdo, todos lo pondremos en una linea y en el mismo color de carcasa. Y no pasará absolutamente nada. Simplemente sera para que la estetica del edificio no sea horrorosa.

Creo que no debemos adelantar acontecimientos y esperar a que firmemos todos y creemos las comunidades.

A parte ya existen unos estatutos registrados que no pueden modificarse y habrá que leer que es lo que pone en ellos. Lo que nosotros decidamos en la comunidad no puede ser contrario a esos estatutos, y deberemos esperar para no crispar más los nervios de la peña.
 
S
SoC04
17/02/2005 09:00
quiero hacer un inciso al tema de las calderas. A las calderas no le pasa absolutamente nada. Hemos metido la pata por preguntar a los obrerillos de turno que no tienen ni idea de porqué hacen las cosas. Desde aqui pido disculpas a la gente que lee el foro porque a veces escribo tan rápido que se me olvidan la mitad de las frases.
 
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Raul y Raquel
15/02/2005 19:07
¿El del atico puede poner un toldo con todos los colores de arco iris por que este un poco mas adentro de la linea de fachada?.
No creo.
Yo supongo que sera todo lo que afecte a la vista de la fachada lo que se debe decidir en la comunidad.
 
S
SoC04
15/02/2005 17:40
en el concepto de fallada solo es eso, fallada, pero una terraza es propiedad de una persona. En este caso, el atico tiene terraza y no es un bien de uso comunitario sino que es privativo y solo la va a utilizar ese señor. No puede hacer cerramientos ni colocar una caseta, pero el aparato de aire está dentro de su terraza y creo que si es así, que lo vere mañana, no podemos hacer nada.

Otra cosa es decir, pues lo cuelgo en mi ventana, no eso si que es fachada aunque esté tu ventana encima, al lado o debajo del aparatejo en cuestión.

Lo de las calderas lo he dicho porque el martes paso por alli mi pareja y el obreros estaban poniendo una especie de embellecedores para cubrir los tubos de la caldera o algo así, tampoco me lo explicó con demasiada precision.

Y los adoquines, si los han tenido que arreglar, porque de las maquinas estaban todos para tudela. En eso no nos han mentido.
 
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Raul y Raquel
15/02/2005 16:46
No hay que olvidar que hasta que se haga la comunidad de vecinos la unica responsable es la promotora.
La promotora deja de pagar los intereses de la parte del prestamo del que compra antes de que este la cedula, asimismo se aprovecha el comprador haciendo lo que quiere
(con el consentimiento de la promotora que le suda los cojones lo que se haga...Pero aun asi no puede evitar ser la responsable).
Con dos dedos de frente no te arriesgas a hacer cambios sabiendo que luego te las verias con la comunidad de vecinos y no pudiendo hacer responsable a la promotora o algo asi.
Hay algo que me falla o no sabemos...pero "que".
 
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davidalpa
15/02/2005 15:58
Yo estoy de acuerdo con que lo mínimo, sería esperar a que nos den la licencia. Os recuerdo que sin ella no se puede hacer legalmente ninguna modificación de los pisos, todo lo que se haya modificado antes de la fecha de la licencia, aunque esté bien puesto (ya sería tema a investigar y asesorarnos)es denunciable porque es ilegal...simplemente...
Y ni esperar a que se constituya la comunidad, es cuando menos una falta de respeto hacia la misma, así no se empieza con cuen pie, dice poco (o mucho) de las personas que hay detrás y de lo que le importa el resto de la comunidad...

Saludosss...cordialesss...
 
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Raul y Raquel
15/02/2005 13:48
Yo supongo que la clave esta en el concepto de fachada.
He buscado y no he encontrado ninguna descripcion que me aclare nada.
 
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sintecho
15/02/2005 13:35
Pues a eso me refería yo cuando abrí un hilo en este mismo foro. La fachada, por mucho que esté en su terraza, es parte de la fachada y, por lo tanto, parte común y no privativa. Por lo tanto se ha columpiado, por mucho que lo haya preguntado a la gestora. Aunque esta última si actúa como de costumbre es de esperar la incompetencia.
Es como si yo me pusiera el aparato del aire en la parte de la fachada de "mi ventana" y como es mi ventana pues nada, todo el monte es orégano.
Yo no digo que me moleste o que no lo haga, lo que digo que lo más lógico es esperar a la constitución de la comunidad de vecinos como mínimo.
 
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Raul y Raquel
15/02/2005 13:04
Perdon por las faltas.....
 

Fin del hilo
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