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parpu
27/03/2007 23:13

Constitución de la Comunidad de Vecinos

¿Es legal que la promotora prorratee los gastos de comunidad entre los propietarios antes de finalizar la construcción total de la promoción?

987 lecturas | 3 respuestas
Buenas, quería compartir que nos hemos informado sobre la idea de Gidelta sobre la constitución de la Comunidad en la que nos aplican un coeficiente primero para la fase I sobre el que nos saldrá una cuota x y cuando se entregue el resto, el coeficiente se revisa y sería otro.

Un abogado nos ha dicho que es un abuso por parte de la promotora pretender prorratear los gastos de comunidad entre los propietarios a los que ya han entregado la finca, por no haber finalizado la construcción total de la promoción. Además, en la cláusula novena del contrato se establece expresamente que DESDE LA PUESTA A DISPOSICIÓN DE LA FINCA AL COMPRADOR CONTRIBUIRÁ EN LA PROPORCIÓN QUE RESULTE DE LA APLICACIÓN DEL COEFICIENTE QUE LE CORRESPONDA. Por tanto, como en las Escrituras de compraventa consta este coeficiente,UNICAMENTE deberíamos contribuir en esta proporción.
Gidelta sería el propietario de la parte no entregada y sería indiferente que el propietario tenga una o varias viviendas. A efectos de voto, únicamente tiene derecho a uno, por lo que Gidelta no nos podría vetar nada, su coeficiente sería la suma de todas las casas sin vender y su aportación económica en la comunidad sería la suma de lo que corresponda por cada una. Lo que quieren es que asumamos nosotros ese coste y no ellos.

Tenemos que dar una pensada a este tema porque nos supone dinero.

Espero vuestros comentarios
 
P
parpu
31/03/2007 18:17
Buenas tardes, hemos vuelto a consultar el hecho del número de votos que tiene un propietario de varios pisos y nos confirman que es solo uno.
Por tanto para nosotros el tema sería ver si Gidelta llegaría a los 3/5 en cuanto a los coeficientes.



 
K
Kirana
29/03/2007 09:50
Tanto como más del doble?, recordar que ellos son 4 portales y nosotros somos 3.
Intentaré averiguar algo y hacer algunas consultas, y si me entero de algo os lo cuento.
 
R
ramonveiga
28/03/2007 00:35
Hola Parpu

Estas seguro de que Gidelta solo contaría con un voto pese a ser propietario de todo el ala sin entregar.

En el siguiente link se dice que para decidir servicios como conserjeria, seguridad o zonas comunes es necesario que vote a favor 3/5 de los propietarios y que ademas tengan 3/5 del total de la propiedad. En el caso que indicas no cumpliriamos la segunda parte ya que Gidelta seria mayoria y quizas nos pudiese dejar sin vigilante y sin piscina.

http://www.todalaley.com/modguia1p12.htm#12
Copio a continuación el trozo que nos interesa ;

Qué porcentaje de votos se necesitan para aprobar un acuerdo por la Junta de propietarios?

- Sólo se exige la unanimidad (que todos esten de acuerdo) cuando se vota para aprobar o modificar las reglas de la propiedad horizontal o de los estatutos de la comunidad.

- Se exige el voto a favor de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación: para poner o quitar los servicios del ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan que se modifique el título constitutivo o los estatutos.


Creo que si que es un tema a analizar pq nos puede encarecer la comunidad un pico

saludos


 

Fin del hilo
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