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A
artitodeofigevi
06/02/2009 12:36

Como denunciar pagare sin fondos

¿Cómo se tramita el procedimiento del juicio cambiario?

14.664 lecturas | 21 respuestas
El juicio cambiario

Es un procedimiento especial por el que se pretende el cobro de una letra de cambio, un cheque o un pagaré que reúnan los requisitos previstos legalmente.


¿Cómo se tramita el procedimiento?


Se inicia por demanda que debe ser presentada ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del demandado y en la que se detallarán los datos de las partes así como los hechos y fundamentos jurídicos en los que se basa la pretensión. A la demanda debe acompañarse siempre la letra de cambio, cheque o pagaré impagado.


El juzgado requerirá al deudor para que pague en el plazo de 10 días y ordenará el embargo de bienes de su propiedad por la cantidad que figure en la letra de cambio, cheque o pagaré más la que se considere suficiente para abonar los intereses de demora, gastos y costas, por si el deudor no hiciera caso al requerimiento de pago.


Ante esta situación, el deudor podrá:


Acudir al juzgado y manifestar en un plazo de 5 días desde la recepción del requerimiento, que la firma que consta en la letra, cheque o pagaré no es suya o fue firmada sin su autorización por representante.
En estos casos el juzgado podrá alzar los embargos que se hubiesen acordado ; sin embargo, el juzgado no levantará el embargo si el libramiento, la aceptación, el aval o el endoso de la letra de cambio, cheque o pagaré han sido intervenidos por un corredor colegiado de comercio o las firmas figuran intervenidas por un Notario, cuando el deudor en el protesto o en el requerimiento notarial de pago ya hubiese negado la autenticidad del título o cuando el deudor ya hubiese reconocido su firma judicialmente o en un documento público.


Pagar: Se archivará el expediente pero el deudor también estará obligado a pagar las costas del juicio.
Oponerse al juicio lo que deberá hacer en el plazo de 10 días desde que se le notifique el requerimiento de pago. En este caso la oposición deberá hacerse en forma de demanda, le será notificada al acreedor y se citará a las partes a una vista. El juicio se desarrollará por los trámites del juicio verbal.

Si el deudor no comparece, se dictará sentencia estimando las pretensiones del demandante sin atender a las causas de oposición que hubiese formulado ; si es el acreedor el que no comparece, se le tendrá por desistido de la acción.


La sentencia pondrá fin al procedimiento y contra la misma podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de 5 días.

 
A
artitodeofigevi
01/04/2009 12:30
Gracias x la informacion.

Un saludo
 
C
caleta
01/04/2009 11:39
Confirmaros que el cheque tenía fondos, espero que se solucione todo pronto y los que estáis esperando tanto los pisos como vuestro dinero lo tengáis lo antes posible .Saludos
 
C
caleta
27/03/2009 12:05
Hola a todos, deciros que el miércoles ya me dieron la otra mitad del pagaré devuelto con lo que en principio ya tengo todo, solo esperar al lunes para ya estar tranquila del todo que no me lo devuelven.Saludos
 
C
caleta
11/03/2009 15:13
Hola nanaino y no te han dicho nada?pues llamales, ni tan si quiera te han contestado a la carta de baja que mandastes?.Saludos
 
P
pica060908
11/03/2009 12:49
Y alguien del Balcón del Sureste esta teniendo problemas con la baja?

Gracias
 
C
caleta
11/03/2009 09:22
Yo era de Puerta las Rosas
 
S
SAN BLAS
10/03/2009 15:20
Caleta, buenas tardes. ¿de que cooperativa eres? Saludos.
 
C
caleta
09/03/2009 16:09
De nada, me alegra que te siva de ayuda, nos os preocupeis yo os iré contando.Saludos
 
P
pica060908
09/03/2009 13:49
Muchisimas gracias por tu información. Me resulta de mucha ayuda.

Espero que lo consigas y si eso que nos tengas informados.

Gracias de nuevo
 
C
caleta
06/03/2009 15:23
Hola pica060908, yo solicite la baja a últimos de julio del año pasado y me dieron un pagaré con vecimiento 31 de Enero del 2009 en mi caso ha sido 6 meses, el pagaré me lo dieron a primeros de septiembre, lo que pasa que cuando lo ingrese no tenían fondos como ya explique, ahora me han dado la mitad el 20 de febreo y han quedado en darme la otra mitad a finales de marza.Saludos
 
P
pica060908
05/03/2009 14:18
Caleta, lo primero de todo darte las gracias por tu información.

Y lo que querría saber es cuando te diste de baja y cuando han empezado a pagarte? Es decir el tiempo que pasa desde que solicitas la baja hasta que empiezas a recibir el dinero.

Muchas gracias
 
A
artitodeofigevi
05/03/2009 13:06
Gracias por la informacion.
Espero que cobres el resto.

Un saludo
 
C
caleta
05/03/2009 11:20
Hola a todos, deciros que ya me han pagado la mitad del pagaré devuelto y me han dicho que para mediados o finales de marzo me darán el resto.Saludos
 
C
caleta
08/02/2009 13:56
Pues ojala me den el dinero, pero a día de hoy sigo sin tener nada, lo del seguro a lo que hace referencia madrina1998 esa es otra, yo he llamado al seguro y está es la explicación que me dieron, que la devolución de un pagaré sin fondos no lo cubre, puesto que lo que está contratado es la cuenta a la que va nuestro dinero, no se desvie a otros fines que no sean de la cooperativa.
 
E
esperando10
08/02/2009 12:42
perdonarme por entran en este foro, que no pertenezco.
Caleta, hace unos meses que lei en un foro de los berrocales que a alguno le había pasado lo que ati con un pagaré,creo que al final le dieron el dinero.
 
C
caleta
06/02/2009 21:01
Carlosg_delacalle, se necesita abogado y procurador y por lo civil creo que va más rapido.Saludos
 
C
caleta
06/02/2009 20:58
Por eso preguntaba si había más casos, a mi ya me ha llegado el acuse de recibo del burofax que les mandé ayer, vamos a ver que pasa, y si, es una pena pero quién pagará los daños seran los cooperativistas, ya os iré informando de lo que pueda.Saludos
 
A
artitodeofigevi
06/02/2009 20:44
correccion

Si hace falta abogado cuando supere los 900 euros, pero ten encuenta que los gastos los pagara el demandado siempre que no se declare insolvente.

Caleta, no solo conozco tu caso y por ese motivo lo he puesto, pero si hay que lo digan para poner la demanda de forma colectiva.

Saludos
 
A
artitodeofigevi
06/02/2009 20:41
Si hace falta abogado cuando supere los 900 euros, pero ten encuenta que los gastos los pagara el demandado siempre que se declare insolvente, en este caso es imposible que se declare insolvente ya que alfinal los hijos de ... estos no son los responsables si no nosotros, pero lo bueno de este tipo de demandas esque es, que rapidamente embargan para que paguen y ademas no creo que les interese mucho que un juez les investigue las cuentas, y que este este recibiendo demandas cada vez por tres contra ellos.

Saludos
 
C
caleta
06/02/2009 19:43
Sabéis de alguien más que les hayan devuelto el pagaré aparte de mi? Saludos
 
A
artitodeofigevi
06/02/2009 12:40
Pues nada, por si alguno duda de como denunciar a estos grandisomos gesteros competentes que tenenos por impagos y como veis que no es lento y ademas ellos pagaran las costas.

Chao
 

Fin del hilo
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