Que hay,
Deciros simplemente que efectivamente hay que cumplir los requisitos para acceder a vpp o vpo en el momento en que se produce la calificación de la vivienda como tal.
También deciros que dichos requisitos y en concreto los económicos los tiene que cumplir el grupo familiar, esto es, los conyuges (tengan el régimen económico que tengan) y las personas que vivan a su cargo, siempre teniendo en cuenta que existen coeficientes reductores dependiendo del número de personas que convivan, si bien, en el caso de ser una o dos personas es el mismo importe.
Indicaros asimismo que teneis el SMI del año 2004 en el BOCM de 23 de marzo de 2004 en las páginas 8, 9 y 10 y los coeficientes correctores, y recomendaros la página web de la comunidad de Madrid donde se recogen las normativas legales que afectan a nuestro tipo de viviendas, es la siguiente:
http://www.comadrid.es/vivienda/regulacion/pvcm.htm Espero haberos ayudado aunque solo sea un poco, un saludo.