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G
guglie
10/04/2008 21:54

Guardia Civil de tráfico

¿Cuál es la presencia de la Guardia Civil de tráfico en Las Tablas?

4.881 lecturas | 8 respuestas
Hoy por la tarde vimos a la Guardia Civil de tráfico por Sierra de Atapuerca y Viloria de la Rioja, en otra ocasión, hace unos días, también la vimos por otras zonas del barrio. Espero que vaya aumentando su presencia por Las Tablas.

Un saludo a todos.

PD: Por favor, no hagais lecturas politicas o catastrofistas de este comentario, solo pretende informar...
 
joseignaciorojo
joseignaciorojo
11/04/2008 13:57
Ay ay ay, que me surge otra vez la duda, a ver si va a ser lo que dice miguelf...

travesío, a.


"6. f. Parte de una carretera comprendida dentro del casco de una población."

http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=travesía
 
joseignaciorojo
joseignaciorojo
11/04/2008 13:54
Muchas de nadas, lavic.
 
L
lavic
11/04/2008 12:39
Aclarada, pues, mi duda. Muchas gracias joseignaciorojo
 
joseignaciorojo
joseignaciorojo
11/04/2008 12:36
Leyendo esto parecería que actúan de forma supletoria si no hay pitufos. Otra cosa es que a lo mejor por cortesía profesional, prefieran entregarles a los infractores:

" Dentro de las competencias del Organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, no hemos de olvidar las relaciones que se mantienen con la agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. La Ley Orgánica 2/1986, e 13 de mayo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en su artículo 12.1 b) apartado c) atribuye a la Guardia Civil, como integrante de las mismas, la vigilancia del tráfico, tránsito y transportes en las vías públicas interurbanas. El Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, regula las competencias del Ministerio del Interior en relación con el tráfico, y más concretamente, las del Organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o y la agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, así como el régimen de relación y dependencia entre éstos. El artículo 5 de este Real Decreto en su apartado l) señala, entre las competencias del Ministerio del Interior: Establecer las directrices básicas y esenciales para la formación y actuación de los agentes de la autoridad en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, sin perjuicio de las atribuciones de las Corporaciones Locales, con cuyos órganos se instrumentará, de común acuerdo, la colaboración necesaria. Por su parte, el artículo 6 establece, en su apartado segundo que: Para el ejercicio de las competencias atribuidas al Ministerio del Interior en materia de vigilancia, regulación y control del tráfico y de la seguridad vial, así como para la denuncia de las infracciones a las normas contenidas en esta ley, y para las labores de protección y auxilio en las vías públicas o de uso público, actuarán, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine, las Fuerzas de la Guardia Civil, especialmente su agrupación de Tráfico, que a estos efectos depende específicamente de la Jefatura Central de Tráfico. Por último, el Real Decreto 1546/2007 por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior establece que la Jefatura de la Agrupación de Tráfico, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que le corresponde, como unidad especializada en materia de tráfico, seguridad vial y transporte, organizar y gestionar todo lo relativo al ejercicio de las funciones encomendadas a la Guardia Civil por la normativa Vigente" "

http://www.dgt.es/portal/es/la_dgt/quienes_somos/

Y sobre todo:

La vigilancia y disciplina del tráfico en toda clase de vías interurbanas y en travesías cuando no exista Policía local, así como la denuncia y sanción de las infracciones a las normas de circulación y de seguridad en dichas vías .

http://www.dgt.es/portal/es/la_dgt/quienes_somos/rdl_339_1990.htm
 
L
lavic
11/04/2008 12:24
Si? No sé. Según tengo entendido nopueden empurarle, pero si retenerlo hasta que venga la municipal a empurarlo, de lo cual pasan bastante. Ya tienes que hacer una verdadera salvajada para que la GC te retenga en vía urbana.

Pero que si, que fenomenal que anden por el barrio
 
joseignaciorojo
joseignaciorojo
11/04/2008 11:39
No estoy seguro, pero no se trata de que la municipal sea en ciudades y la GC en carreteras, sino que la municipal en ciudades y la GC en cualquier parte, lo que pasa es que no se suelen meter en el campo de lo spitufos, pero si alguien hace una burrada delante de ellos creo que lo pueden empurar pero bien.
 
M
Miguelf
11/04/2008 10:41
Creo que no, pero si que tiene en los accesos a NI y M40 que tenemos en las tablas.
 
L
lavic
11/04/2008 10:00
Tiene la Guardia Civil jurisdicción en vias urbanas?
 

Fin del hilo
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