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josele3c
josele3c
02/03/2007 21:47

aprobado el Proyecto de Ley hipotecaria

¿Cuáles son las principales novedades del proyecto de Ley Hipotecaria aprobado por el Gobierno?

1.907 lecturas | 7 respuestas



El Gobierno aprueba el proyecto de Ley Hipotecaria, con la que se pretenden reducir las comisiones bancarias

Se aprueba un paquete de medidas de forma que para la cancelación de una hipoteca de 120.000 euros el ahorro pueda alcanzar los 2.400 euros.

Se reducen los gastos en casos de cancelación anticipada o modificación de las condiciones de la hipoteca.
El proyecto regula también la hipoteca inversa, haciendo que sea lo "más barata posible" para el tomador.
Se fomenta la independencia y profesionalidad de las sociedades de tasación, para evitar conflictos de interés.


El Consejo de Ministros aprobó hoy el proyecto de Ley Hipotecaria que remitirá al Congreso de los Diputados, en el que se establece una bajada de las comisiones máximas por amortización anticipada o subrogación del crédito y una reducción de los gastos por cambio de condiciones de la hipoteca.

El ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes, explicó hoy en la rueda de prensa posterior al Consejo que esta normativa también regula la hipoteca inversa.

La hipoteca inversa es la que permite a los mayores de 65 años disfrutar de una renta en función del valor de la casa de la que son dueños.

Al término del plazo de duración de la hipoteca inversa, el inmueble pasa a ser propiedad del banco o entidad prestataria.


Se reducen en un 80% los gastos de modificación de las condiciones de una hipotecaLas principales novedades de esta reforma, que tendrá que pasar ahora por el trámite parlamentario, se refieren a la reducción de los gastos de modificación de las condiciones de una hipoteca en un 80 %, aproximadamente, gracias a que ya no habrá que firmar un nuevo crédito y, por lo tanto, se reducirán sustancialmente los gastos de notaría, registro e impuestos.

En la modificación de cualquier característica de una hipoteca de 120.000 euros, bajarán a la quinta parte esos gastos, que pasarán de 351 a 67 euros.

Además, la normativa aprobada hoy limita al 0,5 % las comisiones por amortización anticipada y de subrogación -a partir de ahora denominadas compensaciones por desestimiento-, lo cual puede suponer en la práctica un ahorro medio de 600 euros.

En el caso de las compensaciones por riesgo de tipo de interés en la cancelación, no establece ningún porcentaje máximo pero sí limita su cobro a los préstamos a tipo mixto y fijo, y siempre que se produzca una pérdida para la entidad, es decir, que el tipo de interés en ese momento sea inferior al existente cuando se firmó la hipoteca.

Solbes aseguró hoy que, en determinados casos, para la cancelación de una hipoteca de 120.000 euros, el ahorro puede alcanzar los 2.400 euros.

También ordena la nueva normativa la aprobación de una nueva orden de transparencia, para que los tomadores de un nuevo crédito tengan más información y adopten su decisión en función de los riesgos reales y sin coste añadido.

Se regula también la figura de hipoteca global, constituida a favor de entidades financieras en garantía de diversas obligaciones, de cualquier clase, presentes y futuras, sin necesidad de pacto novatorio.

Regula la independencia de las sociedades de tasación

La nueva regulación pretende, además, fomentar la independencia y profesionalidad de las sociedades de tasación, que deberán elaborar un reglamento interno, para evitar los conflictos de interés, y para las que se establece un nuevo régimen sancionador.

El texto remitido al Congreso de los Diputados regula, además, la hipoteca inversa, que estará exenta del pago del impuesto de actos jurídicos documentados en su constitución y que tampoco conllevará el pago de tributos para las rentas cobradas.

El titular de una hipoteca inversa podrá vivir en su casa hasta que fallezca, aunque haya consumido todas las rentas a las que tiene derechoSolbes, que aseguró que la intención es que sea "lo más barata posible", explicó que el titular de una hipoteca inversa podrá vivir en su casa hasta que fallezca, aunque haya consumido todas las rentas a las que tiene derecho.

Los herederos del titular del préstamo podrán recuperar la vivienda en el momento del fallecimiento abonando al banco todo lo que éste haya desembolsado y si deciden no hacerlo podrán recibir la cuantía que le restara por percibir al propietario de la vivienda.

Además, el Gobierno remitirá al Congreso la regulación del seguro de dependencia, aunque por el momento no ha establecido los detalles de este producto.

Solbes explicó que "hace falta ponerlo en marcha" y con este trámite se puede empezar a regular todos los detalles.

http://www.20minutos.es/noticia/208022/0/hipoteca/proyecto/deley/
 
chorbis
chorbis
05/03/2007 09:43
Todavía no se ha publicado el proyecto de ley en la página web del Congreso, pero creo que sí tendrá carácter retroactivo.

De todas formas la reforma es ligerita ligerita y trae muy pocos beneficios. Básicamente reduce los aranceles notariales y registrales en el cambio de hipoteca pero no toca nada la fiscalidad, por lo que a los sufridores del CRÉDITO hipotecario de la Caixa nos deja igual de mal que estábamos: Si queremos cambiar de hipoteca no nos queda más remedio que cancelar y constituir una nueva, pagando el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

También reduce las comisiones bancarias a un nivel en el que ya estaban, por lo que a los bancos no se les va a tocar un euro de sus ganancias. Como de costumbre.
 
N
Nacho328
05/03/2007 09:26

Hola Chorbis,

¿Sabes si al final el texto definitivo trae la posibilidad de subrogar un credito hipotecario como el de La Caixa como se comento en algun momento en prensa?

Un saludo,

Nacho
 
J
japg
04/03/2007 22:18
Chorbis,

Quieres decir que si firmas hoy con un 1% de cancelación, mañana sólo te cobrarán el 0,5 %?

Saludos
 
chorbis
chorbis
04/03/2007 21:43
Bandon®, la ley es aplicable a la modificación de las hipotecas existentes, por lo que independientemente de cuándo firmes te podrás beneficiar de los supuestos ahorros que trae la nueva ley.
 
josele3c
josele3c
04/03/2007 17:39
Bandon dijo:

Buenas...
Yo oi que entra en vigor a partir del verano. Lo que no se es si cuando entre o cuando finalice.
Alguien sabe si se puede retrasar la firma de escrituras, porque yo creo que no entro por poco tiempo.

Un saludo!


Yo creo que una forma de retrasar la firma es eligiendo tú al noyario
 
B
Bandon
04/03/2007 17:08
Buenas...
Yo oi que entra en vigor a partir del verano. Lo que no se es si cuando entre o cuando finalice.
Alguien sabe si se puede retrasar la firma de escrituras, porque yo creo que no entro por poco tiempo.

Un saludo!
 
josele3c
josele3c
03/03/2007 16:27
Todavia no ha entrado en vigor, falta la aprobación en el congreso de diputados
 

Fin del hilo
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