antiquo dijo:
1º.- Toda actuación de una administración pública es legal y ejecutiva desde el momento que se realiza (presunción de legalidad y ejecutividad de los actos administrativos).
2º.- Ningún acto administrativo es nulo o ilegal hasta que lo decrete un juez o lo revoque-anule el mismo órgano que lo dictó (u el órgano fiscalizador, en caso de que existiera).
Y lo mismo no te parece que eso suena mas a dictadura que otra cosa.
antiquo dijo:
3º.- Imputar delitos sin pruebas sí que constituye delito.
¿Una construccion ilegal es un delito?
antiquo dijo:
4º.- Una ilegalidad no condiciona, convalida o subsana la ilegalidad de otro acto diferente.
Ein?
antiquo dijo:
5º.- Si tienes alguna queja, utiliza los mecanismos legales al efecto (recurso administrativo, recurso contencioso-administrativo, denuncia o querella penal...). Lo demás es flatus vocis.
Los mecanismos legales estan diseñados para disuadirte de usarlos mas que para servir al robado (contribuyente).
Editado por LaVerdadOsHaraLibres 01/01/2012 14:43