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RMU
RMU
09/06/2015 11:15

Descuentos IBI, engaño electoral?

¿Por qué se declaró desierto el procedimiento de ayudas del IBI para colectivos desfavorecidos?

1.708 lecturas | 6 respuestas

Hola, no se si a alguno de vosotros os ha llegado una carta de la oficina tributaria local, respecto unas ayudas del IBI a favor de colectivos desfavorecidos, que se podía solicitar hace unos meses.

Bueno pues a mí sí, y me remite a la web del Ayto, tablón de anuncios, resolución 27 de mayo de 2015.

http://www.paracuellosdejarama.es/media/457997/20150511_resolucion_concejal_hacienda.pdf


Bueno pues después de las elecciones ahora dicen que no hay presupuesto para estas ayudas y que el procedimiento se declara desierto.

Bueno o eso entiendo yo.

Digamos que estoy en lo cierto, ya no me cabrea tanto que me engañen, me cabrea más aún que me engañen y encima tenga que buscar un montón de papeles que se solicitan, cosa totalmente lógica, pero que encima tenga que pagar 10,91€ de una nota simple, me parece que se rien de los ciudadanos en nuestra cara.

O es que ¿no sabían antes de sacar las ayudas que no había presupuesto?.

Por favor ilustrarme alguno, que tengo un cabreo que para que.

Gracias y un saludo

 
G
gatoloco
26/06/2015 19:47
No puedo responder a eso nuevo vecino, estoy de alquiler....
 
RMU
RMU
26/06/2015 12:59

Hola, yo lo tengo domiciliado y ya me lo han pasado, por supuesto sin la subvención prometida. Vaya panda de.....

Salu2

 
N
Nuevo-Vecino
26/06/2015 12:54

Hola. según el calendario fiscal en la página del Ayuntamiento hay que pagar el IBI entre el 05/05 y el 06/07, pero no me ha llegado el justificante, ¿soy solo yo?

 

http://www.paracuellosdejarama.es/servicios-municipales/economia-y-hacienda/tributos-municipales/calendario-fiscal

 

 
RMU
RMU
14/06/2015 17:20

Gracias cantimpalorico y gatoloco, osea que entiendo que menos los bienes que no están sujetos a este impuesto, como todos los bienes públicos dependientes de los ayuntamientos; los que están exentos, como todos los bienes públicos a nivel nacional, autonómico y local, los de la iglesia católica, cruz roja, consulados, embajadas..... Estos no tienen que solicitar nada pues están exentos por su naturaleza y acuerdos. 

Pero todos los demás que deben de solicitarlo anualmente para tener la exención como, bienes destinados a la enseñanza que estén acogidos al régimen de conciertos educativos, monumentos o jardines históricos de interés cultural, superficie de los montes en que se realicen repoblaciones forestales....Y los que tienen bonificaciones como, urbanización, promoción y construcción inmobiliaria, vivienda protección oficial durante los tres primeros años, cooperativas agrarias, familias numerosas....¿Qué pasa con ellos?

Ya que a lo que se refiere la resolución del concejal de hacienda es a las subvenciones estas:

Disposición Adicional Primera. Subvenciones para colectivos desfavorecidos.

Uno.- Parados de larga duración.

1. Podrán solicitar una subvención siempre que así se solicite por los interesados, aquellos titulares de inmuebles urbanos residenciales que tengan la condición de Parados de Larga Duración.

Dos.- Sujetos pasivos con rentas bajas.
1. Podrán solicitar a una subvención equivalente al 40 por ciento de la cuota íntegra del Impuesto, siempre que así se solicite por los interesados, aquellos titulares de inmuebles urbanos residenciales que tengan
unos ingresos o rentas anuales inferiores a 12.000 euros....

Tres.- Víctimas de violencia de género o de violencia doméstica.
1. Podrán solicitar a una subvención equivalente al 30 por ciento de la cuota íntegra del Impuesto, siempre que así se solicite por los interesados, aquellos titulares de inmuebles urbanos residenciales que a la fecha de devengo del impuesto dispongan del reconocimiento de la condición de víctima de violencia de género
o de víctima de violencia doméstica y se encuentren asimismo en situación de desempleo.

Terminando ya, creo que otra vez se joden los de abajo. Menos mal que entran aires nuevos en las instituciones.

 

 
G
gatoloco
10/06/2015 15:12
A pesar de lo que puedan decir estas ayudas fueron un engaño desde el principio. Los decretos de alcaldía para sentar las bases de aprobación de estas ayudas en el mes de enero no estaban presentados, sin los mismos estas ayudas no se pueden dar haya o no hayan presupuestos para las mismas, si embargo en enero ya estaban anunciadas las ayudas y abierto el.plazo para solicitar las, no se debe solo a la no aprobación de los presupuestos para el 2015, fue todo un engaño desde el principio, buscaran la justiicacion que mas les convenga.
 
cantimpalorico
cantimpalorico
10/06/2015 14:59

Lo que dice la resolución, o al menos lo que yo creo entender, es que al haberse prorrogado los presupuestos de 2014 (por no haberse aprobado los de 2015), no hay partida presupuestaria específica asignada a este fin, ya que en en esos presupuestos no estaba previsto ese gasto.

No es que no haya dinero en la caja, sino que legalmente no estaba previsto el gastarselo en esto en el presupuesto de 2014, que se está utilizando también para 2015 porque no se ha aprobado uno nuevo,, y por tanto tienen que anular las ayudas.

 

Fin del hilo
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