Yo tuve el mismo problema y escribí al Ayuntamiento porque cada policía me decía una cosa, y los que cogen el teléfono en el Ayuntamiento otra. Esto es lo que me contestaron:
“Según la ordenanza municipal de Medio Ambiente, en el Título VI, que es donde se establece la normativa por ruido, le informaron correctamente, según lo estipulado en el artículo 411 (que se puede hacer ruido en la calle (voces, etc.) de 8:00 hasta 22:00). No obstante, en su caso, se debería aplicar el artículo 415 de la ordenanza, que establece el horario para obras de 8:00 a 20:00. Por lo que si estaban trabajando a las 21:40, podría llamar a la policía.”