Volver al foro
A
Andy2009
03/01/2007 20:39

La anulación plusvalía afecta contratos antiguos

¿Cuáles son los efectos retroactivos de la Ley 44-2006 en los contratos vigentes?

2.114 lecturas | 9 respuestas
La disposición transitoria primera de la Ley 44/2006 (BOE 30 diciembre), ya comentada en el foro, establece que en el plazo de dos meses los contratos deben adaptarse a lo dispuesto en la ley. De no ser así, añade la disposición, las claúsulas abusivas se consideran de todas formas nulas de pleno derecho.
Es decir, la ley tiene EFECTOS RETROACTIVOS PARA TODOS LOS CONTRATOS "VIVOS", es decir, que aún pueden producir efectos. Es el caso de aquellos en los que el comprador firmó, porque no tenía más remedio, pagar la plusvalía, y ésta aún no se ha pagado.
 
A
Andy2009
09/01/2007 19:00
El mensaje anterior se refiere a una escritura de principios de 2006. Está claro que o se firma nueva escritura o la nulidad no llega hasta el 28 de febrero.
En vuestro caso, no habéis firmado aún, pero entiendo que teméis tener que hacerlo antes del 28 de febrero.
La transitoria primera establece dos caminos para hacer real la nulidad: 1)Pedir a la parte contraria (el vendedor) la revisión. Esto puede hacerse ya. 2) Que llegue el 28 de febrero: se produce la nulidad por ministerio de la ley.
Es una cuestión de estrategia y administración de los tiempos ver lo más conveniente. Pero si, por ejemplo, os llama la promotora a firmar dentro de diez días, yo exigiría el texto de la escritura con antelación y, si lo de la plusvalía no está correcto, haría una acción conjunta de solicitud de revisión de las claúsulas abusivas.
 
M
mcajpm
09/01/2007 08:37
Esta mañana indagando en la web y en particular, en organizaciones de consumidores y usuarios la CECU facilita una dirección de correo electrónico al que remitir los contratos de compraventa para la detección de las cláusulas abusivas o cualquier otra consulta. El correo electrónico es contratosvivienda@cecu.es. Os lo comento si alguien quiere aprovecharlo.

Por lo que comentas Andy 2009 si se firma la escritura pública antes del día 28 de febrero tendremos que admitir en ella las cláusulas que la nueva Ley considera abusivas y pagar la plusvalía ¿no? O eso es lo que yo he entendido de tu último mensaje.

Saludos,
 
A
Andy2009
09/01/2007 08:24
josega, puedes negarte, dado que la existencia de escritura pública es desde luego un contrato entre vendedor y comprador sobre inmueble en el que aparece una claúsula nula de pleno derecho. No obstante, entiendo que la nulidad se producirá el 28 de febrero, como he comentado antes, a no ser que el contrato se revisase antes de dicha fecha mediante nueva escritura, cosa a la que el vendedor probablemente no accedería. En tu caso, creo que lo mejor sería ir a Hacienda a primeros de marzo y, al amparo de la nueva ley, solicitar que giren el recibo al vendedor.
 
J
josega
08/01/2007 16:18
Andy2009, hola, en mi caso me vi obligado a firmar dicha clausula en el contrato de compra-venta. Una vez llegó el momento de la firma de escrituras (principios de 2006) la promotora se preocupó de que en las escrituras apareciera la clausula de que el comprador (o sea, yo) era responsable de pagar la plusvalía. Hice el papeleo de la gestión de la plusvalía pero no la he pagado aún dado que los del catastro tienen mucho lío y como este PAU es nuevo me dijeron que tardarían "mucho" en presentarme la liquidación, todavía no tengo ninguna noticia. En este caso crees que puedo negarme también a pagarla aplicando esos "efectos retroactivos"? ó ya es tarde?

Gracias.
 
M
mcajpm
04/01/2007 10:06
Muchas gracias Andy2009.

Haremos todo lo que esté en nuestra mano para anular esa cláusula y no pagar la plusvalía, que es mucho dinero, y las conexiones del edificio a los suministros generales, agua, luz,...que por ahora no nos han pedido nada al respecto pero también venía en las condiciones generales del contrato.

Sé que en juicio estaría ganado pero debemos intentar no llegar a él.

Saludos,
 
A
Andy2009
04/01/2007 09:34
en efecto, hay mucho dinero en juego, y harán lo posible por aplicar la ley antigua hasta el último minuto.
No obstante, hay dos cosas que no pueden impedir:
1) Que un comprador, hoy mismo, al amparo de la transitoria primera, inste la revisión del contrato mediante burofax. La buena fe exige que respondan aceptando la revisión. Es pleito ganado.
2) Que llegue el 28 de febrero (como febrero no tiene 31 días, se computan los dos meses desde el 31 de diciembre al 28 de febrero). Basta eludir la cita ante el notario hasta ese día con cualquier pretexto, y alegar ante el notario que no puede ir en la escritura una claúsula nula de pleno derecho.
 
M
mcajpm
04/01/2007 09:22
Andy2009 hoy leía en la prensa respecto a la aplicación de esta ley en el redondeo en los móviles que las compañías seguirán aplicando este sistema desde el 1 de enero hasta el mes de marzo, aprovechando una moratoria incluida en la disposición transitoria primera de la nueva Ley. También es verdad que añade que la Federación de Consumidores en Acción (Facua) las va a denunciar.

Me temo que las promotoras van a hacer lo mismo. Y la nuestra se va a dar prisa para firmar las escrituras antes del mes de marzo. Claro eso si pueden entregar los pisos por que tengan las correspondientes licencias.

Saludos,
 
A
Andy2009
04/01/2007 08:18
Mcajpm, la ley entró en vigor el 31 de diciembre, y ese día empezó a correr el plazo de dos meses para adaptar los contratos. Por tanto, puede exigirse la revisión hoy mismo, pues la adaptación puede hacerse a iniciativa del comprador o del vendedor.
 
M
mcajpm
03/01/2007 23:13
Muchas gracias Andy 2009 por la información.

Pero que ocurre en los contratos o escrituras públicas que se firmen entre enero y marzo. ¿Podemos exigir que quiten la cláusula por abusiva y, por tanto, no pagar la plusvalía?

Muchas gracias.

Saludos y feliz año nuevo.
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento