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Y
yes
21/10/2006 20:21

Vender vivienda

2.716 lecturas | 10 respuestas
Hola chicos me gustaria enterarme si mi vivienda por ser de proteccion publica y no acogerme a la ayuda tendria problemas para venderlo por lo que yo quiera.

Si alguien me pudiese ayudar se lo agradeceria.

Muchas gracias.
 
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S
suum
24/10/2006 21:38
dobo dijo:

Prestamo cualificado: generalmente viene referido a viviendas de protección oficial (vpo), viviendas sociales, etc. El prestamo cualificado es el que ofrece unas condiciones ventajosas para su beneficiario con respecto al tipo de interés, duración del préstamo, comisiones etc. pactadas por convenio entre el Ministerio de Vivienda y las Entidades Financieras.

Son concedidos por estás últimas a petición de los interesados que cumplan los requisitos establecidos por el Ministerio de la Vivienda.

En un préstamo cualificado puede haber las siguientes características y ventajas:

-Subsidio del Ministerio de la Vivienda: es un porcentaje de la cuota de amortización del crédito hipotecario (capital e intereses), que el Ministerio de Vivienda abona por cuenta del comprador.
-El prestamo cualificado no conlleva el cobro de ninguna comisión por parte del banco.
-El tipo de interés se acuerda cada año por el Consejo de Ministros.
-La cuota de amortización del préstamo a pagar es fija.
-El préstamo está avalado por hipoteca.


Estimado dobo:

Le echaré una mano a FengShui si no os molesta a ninguno de los dos...

Para que veas que algunos hemos estudiado el tema en profundidad, te diré que el prestamo cualificado DEPENDE DIRECTAMENTE del IRPH.

Aqui tienes información:
http://canales.elcomerciodigital.com/empresa/principiante/051127.htm

Cuando dices que el Consejo de Ministros lo fija, es correcto. Pero lo fija siguiendo el IRPH. Y cuando dices que no lo pueden subir, es correcto. No lo pueden subir EN EL AÑO EN QUE SE FIJO, puesto que cada año se actualiza siguiendo el IRPH.

Además podrás leer que el tipo de interés fijado por el Ministerio aplica un coeficiente reductor del 0.9175 sobre el IRPH, esto es, te rebajan el tipo de interés en un 8.25% sobre lo marcado por el IRPH.

Ahora busca en internet valores de IRPH, los comparas con el EURIBOR y me comentas qué te parece... Yo creo que el IPRH y por tanto el tipo de interés de los préstamos cualificados dependen tambien del EURIBOR. Todos suben si el EURIBOR sube. ¿Lógico verdad?

UN saludo.
suum.
 
D
dobo
23/10/2006 21:23
Prestamo cualificado: generalmente viene referido a viviendas de protección oficial (vpo), viviendas sociales, etc. El prestamo cualificado es el que ofrece unas condiciones ventajosas para su beneficiario con respecto al tipo de interés, duración del préstamo, comisiones etc. pactadas por convenio entre el Ministerio de Vivienda y las Entidades Financieras.

Son concedidos por estás últimas a petición de los interesados que cumplan los requisitos establecidos por el Ministerio de la Vivienda.

En un préstamo cualificado puede haber las siguientes características y ventajas:

-Subsidio del Ministerio de la Vivienda: es un porcentaje de la cuota de amortización del crédito hipotecario (capital e intereses), que el Ministerio de Vivienda abona por cuenta del comprador.
-El prestamo cualificado no conlleva el cobro de ninguna comisión por parte del banco.
-El tipo de interés se acuerda cada año por el Consejo de Ministros.
-La cuota de amortización del préstamo a pagar es fija.
-El préstamo está avalado por hipoteca.
 
D
dobo
23/10/2006 21:17
Basta ya de confundir a la gente!. Pido desde aqui que NO se digan cosas a la ligera si no se tienen claras. El tipo de interes para vivienda protegida no solo no depende el euribor, si no q es un tipo de interes que fija el ministerio y q una vez fijado, NO te lo pueden subir (si acaso bajar). Si algunos de vosotros preferis subrogar para poder incluir un credito para muebles, un audi, ..., hacerlo, pero no confundais al resto. Es de suponer q no sois personas inocentes q se dejan embaucar por los bancos...
 
C
cris76
22/10/2006 23:59
Correcto. No lo había comentado. Si es cierto, si sube todo sube también la revisión que haga la CAM pero opino que será menos gravoso. Vamos quiero mantener esa ilusión si me lo permites....jejeje.

Gracias por la aclaración asi entre todos nos ayudamos. Cuanta mayor información tengamos mejor.

Saludos. Cris.
 
F
FengShui
22/10/2006 23:15
Un apunte si me lo permites, Cris:

Los préstamos cualificados no dependen del Euribor directamente, pero dependen del IRPH, que es el tipo de interés medio de las Cajas de Ahorro y que SI DEPENDE del Euribor. Siento decir que TODO LO QUE NOS RODEA económicamente depende del Euribor, incluyendo a veces, nuestro querido puesto de trabajo...

Un saludito.
FS.
 
C
cris76
22/10/2006 20:52
Hola,

Toda la información que requiráis os podéis dirigir a la CAM a través de sus canales de atención: 012, www.madrid.org o in situ en la Avenida de Asturias.

Yo os cuento lo que tengo entendido por ellos, al estar incluídos dentro del Plan de Vivienda 2005-2008, las condiciones son las siguientes: el piso está protegido (es decir no se puede transmitir salvo que se comunique previamente a la CAM y ésta decida ejercer o no el derecho de retracto, compra... y nunca se podría vender por el valor máximo legal establecido ) en 20 años, lo que sí se podría es desprotegerlo a los 15 años. Ésto es cuando solicitas ayudas de la CAM, sin embargo el que solicite ayudas Estatales (q son más beneficiosas) tiene obligatoriamente que estar legalmente protegida 30 años, sin posibilidad de descalificarla voluntaria.

¿Qué es descalificarla voluntariamente? pues es que pasados 15 años por ejemplo se pudieran devolver las ayudas y solicitar a la CAM la descalificación, y entonces podríamos venderlas a precio de libre mercado.

Basicamente, estamos obligados a 20 años de protección pública y al régimen que establece dicho Plan, podríamos desprotegerla voluntariamete a las 15, salvo para aquellos que soliciten ayudas estatales que tienen que estar 30 años de protección.

Y un préstamo protegido(cualificado) es un tipo de préstamo que las cooperativas han pactado con unos bancos y que están regulados por el tipo de interés fijo que marca la CAM todos los años y que se revisan todos los años. No depende de diferenciales ni euribor.... eso sí, hay que tener en cuenta que ahora está al 3,16% aproximadamente y que seguro que en 2007 sube por lo menos a un 4%. LA diferencia con los prestamos libres, es que al tener un piso de Protección y ya tener abonado el 20%, te lo conceden sin ningún tipo de aval, etc.. es la ventaja. Por contra, estás sujeto a unas serie de condiciones.En mi caso me interesa la subrogación. EStudialo con tu banco.

Espero haberte ayudado, a mi me ayudo bastante consultarlo con la CAM directamente.

Saludos.
 
P
parlista
22/10/2006 17:55

Alguien podría decirme que es eso del prestamo cualificado???

Un saludo



 
J
juanito_playas
22/10/2006 03:51
Tambien puedes probar a venderlo a precio de mercado, consiguiendo bajo cuerda (en negro o B) lo que exceda de el precio de proteccion oficial, con la complicidad de agencias inmobiliarias y bancos...
 
A
aturdido
22/10/2006 00:57
Las viviendas VPP se pueden vender antes de su liberalización, previa información a la administración ya que tienen derecho preferente de compra. El precio, hasta que pierda la calificación de VPP, viene dado por la propia administración. Cuando la vivienda pasa a ser libre, existe libertad absoluta de precio.
 
R
RAULYMAMEN
21/10/2006 21:40
Hola,antes de nada,decirte que tu pregunta puede molestar a alguien,por lo especulativo del asunto,en si (vender vivienda protegida),aunque no creo que nadie se vaya a asustar a estas alturas.
Aunque no quieras el prestamo cualificado (al 3,17%),ni solicites ayudas economicas ,NO puedes vender "legalmente" tu piso por lo que quieras,hasta dentro de 20 años (creo que ahora subio a 30),lo puedes vender cuando quieras a precio de modulo.
He leido por ahi algo de que la puedes descalificar en 15 años,pero creo que era con la antigua ley y refiriendose a vpo,un saludo.
 

Fin del hilo
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