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masada
masada
17/03/2012 13:35

FRAUDE EN VIVIENDAS. POSIBLE ESTAFA A LA VISTA

3.497 lecturas | 3 respuestas

  

     He visto hoy un reparto masivo de hojas, que bajo el titulo Plan Municipal de Vivienda Ayuntamiento de Parla, se ofertan viviendas de 35,10 metros cuadrados por 67.500 euros. Aunque se resalta en la hoja un alquiler de 290 euros al mes.

     Leyendo con detenimiento la hoja veo que se habla de 20 viviendas así como ser adjudicatario de suelo en derecho de superficie. 

Junto al plano del piso se fija una entrada del 20 por ciento y en hipoteca el 80 por ciento restante. No hay curiosamente nombre de mepresa ni dirección, solo dos números de telefono.

Y pregunto, como se puede vender una vivienda municipal en derecho de superficie a 75 años?.

Quien puede conceder una hipoteca sobre un bien que legalmente esta sujeto a titularidad pública al acabarse el régimen del Derecho de Superficie?.

Solo con echar un vistazo a las bases de la última convocatoría de peticionarios del Plan Municipal de Vivienda del Ayuntamiento de Parla: 

http://www.ayuntamientoparla.es/files/2086-3192-Fichero/BASES%20VIVIENDAS%20DE%20ALQUILER%202010.pdf

Solo con leer las bases, se puede comprender que lo que hoy muchos vecinos tendran en sus coches y buzones no tiene buena pinta, por ser un poco benevolos con los distribuidores de esta propaganda.

Más quisieramos pensar que no hay detras ningún aprovechado que quiera hacer un negocio con algo que no es suyo, y si en cambio de todos los ciudadanos de Parla, que es el suelo donde se ubican las viviendas que se anuncian.

Y para quien no sepa lo que es "Un Derecho de Superficie", facilito una definición sobre este concepto:

"El derecho de superficie es una figura legal que en los ordenamientos jurídicos modernos reviste cada vez mayor importancia por la función económica que está llamada a cumplir. El derecho de superficie permite construir sobre suelo ajeno, generalmente a cambio de una contraprestación, sin necesidad de comprar el terreno sobre el cual se asienta la construcción.

Se pretende así, disminuir los costos de las construcciones, frente a los altos precios que pudiera tener el suelo. También posibilita que, quien no tiene los fondos necesarios o no quiere emprender nuevas obras sobre su terreno pueda, sin desprenderse del mismo, darlo en superficie para que el superficiario realice negocios que necesiten de grandes inversiones o de una organización empresarial, que no están al alcance del propietario.

Al término de la superficie, dicho propietario recuperará el dominio pleno sobre su suelo, tal vez enriquecido, pues hará suyo lo construido. El funcionamiento del derecho de superficie tiene que ver también con la cultura moderna que, ordinariamente, no da espacio en su seno para obras perdurables. A una gran empresa hotelera, por ejemplo, puede interesarle construir y poseer su edificio en superficie, sabiendo que a su término la construcción será obsoleta y, de esa manera, abonar un precio menor por el uso del terreno.".

http://www.ecured.cu/index.php/Derecho_de_superficie

 

Y un punto de vita jurididco:

 

M.ª ÁNGELES EGUSQUIZA BALMASEDA

Catedrática de Derecho Civil

Universidad Pública de Navarra


La regulación del derecho de superficie por la legislación del suelo ha sido un tema tradicionalmente polémico. La doctrina ha ofrecido diferentes tesis sobre su ámbito de aplicación, la caracterización de ese derecho, o la posible compatibilidad de esa legislación con las escasas normas que se recogen de esa figura en el Código civil.

A estas cuestiones se ha unido la controversia sobre las competencias de las Comunidades Autónomas para disciplinar esta institución civil en su legislación urbanística. La regulación que ofrece el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, abre nuevos caminos de reflexión sobre todas estas cuestiones en las que ha jugado un papel fundamental la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el parecer del Tribunal Constitucional..

http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=el%20derecho%20de%20superficie%20en%20el%20ordenamiento%20legal%20espa%C3%B1ol&source=web&cd=17&ved=0CFIQFjAGOAo&url=http%3A%2F%2Fwww.navarra.es%2Fappsext%2FDescargarFichero%2Fdefault.aspx%3FcodigoAcceso%3DPdfRevistaJuridica%26fichero%3DRJ_45_I_1.pdf&ei=xoNkT5DHO4W4hAe7rtiECA&usg=AFQjCNGSb1nOYRVXA6_mXvqDxcWH_0WUgw 

   Espero que el alcalde de Parla, José María Fraile Campos tome cartas en este asunto, y evite nuevos problemas con sus proyectos de "alojamientos temporales para jóvenes y mayores", que es como se defiene este tipo de edificación.

 

 
Este mensaje no admite respuestas. Ha sido cerrado por el moderador.
Q
QUIQUOSABATE
23/03/2012 18:14

¿Como 67,000 euros? si 35m es chavolismo horizontal .

 
sli
sli
21/03/2012 19:20

35,10 metros cuadrados por 67.500 euros

 

Si, si que es una estafa, si

 
labrujita
labrujita
21/03/2012 10:31

buenos dias, yo fui beneficiaria del plan joven.. " mejor dicho el plan Tomas Gomez"... y a mi me parece que esa propaganda es falsa... mucho cuidado, porque no se pueden vender a NADIE, son propiedad del ayto.. el suelo es publico, el derecho a usufruto del inmueble, será pasados 10 años del primer contrato de alquiler.. no se puede hipotecar, no se puede traspasar, ni vender, ni nada de nada... los edificios pertenecen a constructoras.. otra movida es que alguna de estas, quiera libararse de su hipoteca, pero no creo que lo divulgaran por los buzones... me parece que esto se deberia denunciar... huele a timo. lo peor de todo esto, esque aun hay lista de espera para acceder a esos pisos.no creo que el ayto.. se la juegue de esa manera...

 

Fin del hilo
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