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E
el defensor
17/02/2005 13:08
Perdonar, quiero añadir, que es posible que por parte de La Comunidad de Madrid, se publiquen unos cuadros con unos cooficientes multiplicadores que aplicandolos, puedan ser superiores las cantidades máximas que antes h he comunicado, pero por el momento no se ha públicado nada. Saludos
 
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P
parla
17/02/2005 13:07
Una ultima pregunta en el caso de que te hubieras pasado del limite y antes de escriturar una persona de la pareja se de baja, que pasaria con el dinero devuelto por hacienda por la desgrabacion del piso de la persona que ha dado baja en la cooperativa?
Saludos y gracias.
 
E
el defensor
17/02/2005 13:00
Es de aplicación hasta el momento de escriturar (o contrato definitivo) y ha entrado en vigor desde el día 15 de este mes (fué publicado el lunes día 14) por lo tanto contesto a tu pregunta , y en cuanto tu segundo parrafo, pues claro que eso se puede hacer, siempre que se este soltero con consentimiento de cambio en la promotora o cooperativa en donde esteis y antes de contrato definitivo de compra venta.
 
P
parla
17/02/2005 12:54
Antes era mas dinero el limite eran creo cerca de 43.000 € brutos, pues si que lo han rebajado.
Alguien sabe en que momento nos piden que cumplamos esos requisitos y que pasa si te pasas del limite el año que te lo piden y en los años interiores no te pasabas?.
En el caso de que te pases por pareja se puede poner el piso a nombre de una persona en lugar de la pareja?.
gracias
 
C
cgonzatr
17/02/2005 12:48
Muchas gracias
 
E
el defensor
17/02/2005 12:43
Son tus ingresos que figuran en tu Declaración de la Renta en el apartado 35 y 39 ( no son los brutos) esa es la cantidad que no debe superar lo anteriormente dicho.
 
C
cgonzatr
17/02/2005 12:33
¿que es la base imponible?
 
E
el defensor
17/02/2005 12:14
Según el nuevo Decreto 11/2005 del 27 de Enero del Reglamento de Vivienda con Protección Pública de la Comunidad de Madrid, ha cambiado, ya no se tiene en cuenta el salarios minimo interprofesional,ahora es:
no superar 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y ese indicador para el año 2005 es de 6.577,20 € anual. Si lo multiplicamos por 5,5, nos da un resultado de 36.174,60€ cantidad esta de ingresos máximo (de base imponible) para poder ser adjudicatario de una VPP.
 

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