Estimado Sr. defensor:
En primer lugar me gustaria destacar que en el mensaje queda claro que no convocan las promotoras constructoras mencionadas, sino que convoca un ente (no se si con personalidad juridica propia o no). Por tanto no entiendo el problema legal en mencionarlas, no obstante le agradeceria que me aclarara en que precepto legal se prohibe la mención a Entidades Jurídicas.
En segundo lugar, como bien sabe, el intrusismo, como ilícito penal o ilicito administrativo sólo tutela actividades profesionales regladas o que requieren una autorización, titulación o colegiación específica, por lo que bajo ningun concepto, en mi modesta opinion, puede darse intrusismo en relacion a actividades inmobiliarias como es el caso.
Respecto al utilizar términos genéricos no lo considero ni adecuado ni necesario, dado que se esta convocando a los futuros propietarios relacionados con esas promociones, por lo que no es una convocatoria genérica sino especifica y determinada.
No obstante, desde mi desconocimiento, quedo a la espera de que me indique el precepto legal que están infringiendo para realizar tal convocatoria, dado que no se me ocurre ninguno.
Saludos