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Tresde
21/03/2024 16:31

Nuevo Tanatorio en Soto del Henares

¿Es adecuado construir un tanatorio junto a un colegio público y en un entorno residencial?

598 lecturas | 5 respuestas

Hola vecinos,

Como posiblemente algunos habréis escuchado, hace unas semanas el pleno del Ayuntamiento de Torrejón aprobó definitivamente el Plan Especial de las parcelas T3, T4, T5, T6 y T7 del Sector Soto del Henares, por el cual se destina la parecela T7 a la consutrucción de un Tanatorio.

Esta parcela se encuentra entre el IES Juan Bautista Monegro e Inacua (C/ Salvador Dalí con Mariano Benlliure), frente a númerosas viviendas de nuestro barrio. Un tanatorio junto a un colegio público y en un entorno residencial no es apropiado y un movimiento vecinal en contra de la construcción del mismo está recogiendo firmas:

https://www.change.org/p/no-al-tanatorio-en-el-soto-de-henares-torrej%C3%B3n

Más información: https://cadenaser.com/cmadrid/2024/03/19/campana-contra-la-construccion-del-nuevo-tanatorio-en-torrejon-de-ardoz-ser-henares/

Gracias por vuestra colaboración!


Editado por Tresde 21/3/2024 16:32
 
sonicev
sonicev
27/03/2024 10:51
Agradecería a la usuaria pilarpm1 que dejara de usar este grupo para mentir.
l Decreto 124/1997, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Sanidad Mortuoria
Artículo 31.
1. Los tanatorios deberán reunir las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas para el
fin al que se destinan.
2. Como mínimo debe reunir los siguientes requisitos generales:
a) Ubicación: Será en edificio exclusivo para uso funerario y actividades afines o
complementarias que sirvan para la mejor prestación del servicio. En estas
instalaciones también podrán ubicarse las oficinas y sedes sociales de la
empresa prestadora del mismo con todos sus servicios empresariales, siempre
que éstos no afecten negativamente en la prestación del servicio.
b) Dependencias: Deberá contar con dependencias de tránsito, permanencia,
tratamiento, y exposición de cadáveres. Asimismo deberá contar con aseos y
dependencias de tránsito y estancia para familiares que tendrán accesos y
circulación independiente de las anteriores.
c) Personal y equipamiento: Deberá disponer del personal, material y
equipamiento necesario y suficiente para atender los servicios ofertados,
garantizando un adecuado nivel de higiene, con especial atención a la
prevención de todo tipo de enfermedades transmisibles.
d) Vestuarios, aseos y duchas para el personal.
e) La exposición de los cadáveres deberá realizarse utilizando medios de
climatización.
 

Fin del hilo
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