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L
lopeza
06/11/2003 16:32

INCUMPLIMIENTO DE FECHA DE ENTREGA

¿Qué pasa si los pisos vendidos con fecha de entrega en el 3er trimestre de 2003 tienen prórroga hasta finales de diciembre y aún no se entregan?

801 lecturas | 2 respuestas
POR LOS MENSAJES, ENTIENDO QUE HAY PISOS QUE SE VENDIERON CON FECHA DE ENTREGA 3ªTRI DEL 2003 Y OTROS 4ªTRI DEL 2003 Y OTROS 1ª TRI DEL 2004.
A LOS QUE EN EL CONTRATO LES PONE FECHA DE ENTREGA 3ªTRI DEL 2003 TIENEN TRES MESES MAS DE PRORROGA Y CUANDO TERMINE ESTE QUE ES FINALES DE DICIEMBRE ¿QUE PASA?.
ALGUIEN PUEDE CONTESTARME. SE LO AGRADECERIA.
UN SALUDO.,
 
M
Masfonseca
06/11/2003 18:09
Pues, depende.

En primer lugar, en el contrato debería figurar una fecha de entrega concreta, y no un trimestre. Esto es una irregularidad y no sé hasta qué punto se puede reclamar. El periodo de demora que firmamos de tres meses también es una irregularidad. Lo mismo digo respecto a reclamar.

Pero dando por bueno esto y aceptando que hemos firmado libremente y sabiendo lo que hacíamos, ellos todavía se pueden agarrar a que el retraso, si no se entrega en el 4º trimestre es por motivos ajenos a la promotora. Y deben estar justificados. Pueden justificar retrasos por inclemencias del tiempo, por problemas encontrados en la fase de cimentación que hayan obligado a realizar algún trabajo especial de refuerzo no previsto, ...

Y puede que el motivo del retraso no sea por la obra de la promoción, sino por la urbanización del PAU. Si el ayuntamiento no da el visto bueno a la urbanización (porque no esté terminado el colector, o las calles, semáforos, aceras, etc. no estén en condiciones), tampoco va a dar la cédula de habitabilidad de los pisos. A partir de aquí, cualquier retraso por parte de la promotora puede llevar a:

1. Solicitamos a NEIMA la devolución del dinero pagado con una serie de intereses y renunciamos al piso, ó

2. Firmamos la compra-venta y reclamamos los daños y perjuicios que consideremos (por haber tenido que pagar un alquiler, por guardamuebles, o porque no hemos podido alquilar el piso que compramos desde la fecha en que tenían que habernoslo entregado, ...)

Saludos,

Miguel
 
E
eldelcuarto
06/11/2003 18:07
Si no recuerdo mal, se conceden tres meses más de prórroga de modo automático (después de la fecha de contrato, en este caso, diciembre de 2003). Pasados estos, y si no es por causas mayores (lluvias torrenciales, movimientos de tierra, huelgas...) podemos escoger (esto es lo mejor) entre extinguir el contrato (sí, claro) o condecer una nueva prórroga de tres meses. Pasada este podemos pedir una indemnnización (desconozco los términos).
 

Fin del hilo
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