kamago dijo:
Respecto a la obligación a la subrogación al préstamo promotor: NO existe obligación alguna de subrogarse al préstamo del promotor (Cajamadrid). Lo que sucede que si se opta por la no subrogación habría que cancelar la parte del préstamo promotor correspondiente a cada propietario, y ABONAR la constitución de una nueva hipoteca con el banco que elijamos.
La ley fija como de libre elección tanto al banco como al notario en la formalización de cualquier acto notarial.
Un saludo
A mí lo que me dijo la chica de Jalet es que la hipoteca deberíamos hacerla con CajaMadrid y que si deseábamos hacer con otro banco, deberíamos pagar la comisión de cancelación a CajaMadrid...