Hoy se ha publicado esto en el BOCAM:
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
Dirección General de Gestión Urbanística
Subdirección General de Promoción del Suelo
Departamento de Gestión Zona I
ANUNCIO
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada
el día 25 de noviembre de 2009, ha adoptado el siguiente acuerdo:
«Aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad deMadrid,
el Proyecto de Reparcelación del Suelo Urbanizable 4.01 “Ciudad
Aeroportuaria-Parque de Valdebebas”, con estimación parcial o desestimación
de las alegaciones formuladas durante el trámite de información
pública, en los términos y con arreglo a las consideraciones
que se recogen en el informe de 10 de noviembre de 2009,
emitido por la Subdirección General de Promoción de Suelo de la
Dirección General de Gestión Urbanística».
Con la publicación del presente anuncio se consideran notificados
los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, a los efectos
establecidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que
este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse
contra el mismo, con carácter potestativo, recurso de reposición ante
el órgano que lo dictó en el plazo de un mes, o, directamente, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados ambos
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID. En el supuesto de
que se optase por interponer recurso potestativo de reposición, no se
podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que
se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido
su desestimación presunta. Si el recurso de reposición es resuelto
expresamente, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo
será el de dos meses, a contar desde el día siguiente de la
recepción de la notificación de su resolución, en el supuesto de desestimación
presunta, el plazo de presentación del referido recurso
contencioso-administrativo es de seis meses, a contar desde el siguiente
día en que debe entenderse presuntamente desestimado,
todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
en relación con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
modificada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre. Sin perjuicio
de la interposición de cualquier otro recurso que estime pertinente.
Madrid, a 2 de diciembre de 2009.—El director de la Oficina del
Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús
Espino Granado.