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orome
orome
27/09/2010 11:16

Desgravación por compra de vivienda en Valdebebas

¿Podremos desgravarnos los pagos para una vivienda en Valdebebas después de la ley de economía sostenible?

9.932 lecturas | 21 respuestas

Hola a todos.

El día 23 de septiembre el congreso confirmó la ley de economía sostenible. En esta ley está incluído el fin de la desgravación para compras posteriores a 2011 tal y como se entendía hasta ahora.

Para aquellos que no sepan los detalles principales lo explica bastante bien el siguiente enlace:

http://www.idealista.com/news/archivo/2010/09/23/0257306-el-fin-de-la-desgravacion-por-compra-de-vivienda-llega-por-fin-al-congreso

Lo importante de este asunto y lo que entiendo que nos preocupa a los cooperativistas de Valdebebas es si vamos a poder desgravarnos aquellos que estamos haciendo pagos para una vivienda, independientemente de que superemos los ingresos de 24.107 € o que nuestra hipoteca la firmemos dentro de 3 años.

La parte de la ley que nos interesa dice así (he marcado lo importante en negrita):

1. Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros anuales que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma, tendrán como base máxima de deducción respecto de dicha vivienda la establecida en el artículo 68.1.1º de esta ley en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2010, aún cuando su base imponible sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales.

En principio este tema no lo tienen demasiado claro en ningún sitio. Hay en foros de internet, asesorías fiscales o en gestoras que dicen que en principio no habrá problemas para desgravarse siempre que se haya hecho algún pago de algún tipo. Pero todo está dispuesto a interpretación y hay otras fuentes que no lo ven tan claro.

La mayoría hemos hecho ya desenvolsos a nuestra cooperativa ya sea para pagar el suelo o para otras gestiones.

¿Qué se considera estas cantidades para la construcción? ¿Es necesario un pago a la constructura que va a efectuar la obra? ¿Basta con el contrato de compra del suelo? ¿O cualquier pago que se haya hecho a la cooperativa que no sea capital social es suficiente?

Mi impresión es que ni el gobierno lo tiene decidido aun y que cuando el tema se presente se decidirá que hacer y entonces nos darán la sorpresa (positiva o negativa). Si alguien tiene información más concreta sería de agradecer.

 
R
Rutiki
27/11/2010 20:19

Buenas tardes,

Estuvimos consultando en una delegación de hacienda,  el tema de las desgravaciones y nos informaron que la previsión es la que se ha comentado en el foro. Es decir que justificando la adhesión a la cooperativa y justificando los pagos(reflejados en la cuenta bancaria) nos podremos desgrabar.

Por lo que yo aconsejo a los que esten casi decidimos a ser vecinos, que se animen, ya que la diferencia fiscal al largo plazo ES UNA PASTA (Depende de cada caso, pero se estima una media de 30.000 eurazos), ya que el gobierno dejará la deducción solo a rentas bajas.(Ej: Una pareja trabajando suele ganar mas de 24.000 euros brutos al año).

TENER EN CUENTA ESTO, YA QUE ESTAMOS EN PRACTICAMENTE DICIEMBE Y DE NO COMPRAR CASA  ANTES DE QUE TERMINE EL AÑO, NO TENDREIS DERECHO A DEDUCCIÓN.

 

 
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330200
19/11/2010 14:06

esperemos que asi sea...

muchas gracias

 
orome
orome
19/11/2010 14:04

Hola 330200. Pues como has podido ver no está nada claro.

Si finalmente es un tema de aportaciones a la cooperativa o de contrato de adhesión no importará. Si finalmente es un tema de compra de parcela o calificación provisional entonces sí puede tener que ver.

 

En principio parece que va más bien por temas de aportaciones que luego se demuestren que han ido destinadas a la vivienda si lo revisan, pero nunca se sabe con estas cosas.

 
3
330200
19/11/2010 12:10

pregunta, si al final se retrasa todo el asunto de la simultaneidad y por ende no se cierran las compraventas de parcelas dentro del 2010, ¿se podrán desgravar las cantidades aportadas a las cooperativas?

gracias

 
ZZizou
ZZizou
16/10/2010 15:59

Buenas tardes compañeros,

Os dejo una enlace publicado en el día de hoy en Cinco Dias donde clarifica bastante que es lo que ocurrirá con la desgravación fiscal a partir del 2011 para la gente que hemos comprado piso sobre plano.

Podremos seguir disfrutando de los beneficios fiscales pero solo tenemos 4 años desde el primer pago para que nos entreguen la vivienda u 8 años si el promotor se declara insolvente(esto ultimo esperemos que no ocurra)

Todo esto lo tiene que aprobar el Parlamento pero tiene toda la pinta que quedará asi.

Saludos

http://www.cincodias.com/articulo/D/claves-nueva-fiscalidad-vivienda/20101016cdscdicnd_4/cdspor/

 
oOQuintAColumnAOo
oOQuintAColumnAOo
08/10/2010 13:56

Los contribuyentes "que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad al primero de enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma" no se verán perjudicados por la eliminación de la deducción por vivienda para rentas superiores a 24.107 euros. Así lo indica el proyecto de Presupuestos del Estado para 2011, que incorpora una medida ya prevista en la Ley de Economía Sostenible.

Buenas esto sale publicado hoy en los medios de informacion....

Entiendo entoces que la mayoria que ya estamos pagando a las cooperativas en valdebebas no tenemos el problema con la deduccion de vivienda a pesar de que los ingresos superen esos 24.107 Euros..

me equivoco?

Un saludo

 
T
Tapion
07/10/2010 22:53

Pues es el contrato por el cuál te adhieres a la cooperativa, por así decirlo, yo en mi caso lo firme nada más entrar en mi cooperativa, pero se de casos de cooperativas que han desembolsado grandes cantidades y aún no lo han firmado

 
R
rilli
07/10/2010 22:07

Yo creo que con el pago gordo que damos a la cooperativa con la consiguiente adquisición de la parcela ya valdría puesto que nosotros lo hemos preguntado, ojala me pueda desgrabar que es muy muy importante. 1 saludo

 
radamantis
radamantis
07/10/2010 21:49

Y ese "contrato de adquisición" que dice Hacienda que se ha de firmar, ¿cuál es exactamente en el caso de una cooperativa?

 

 
R
RLDT
07/10/2010 20:56

HOY APARECE PUBLICADO ESTA INFORMACION  EN CINCODIAS.COM:

 

Se incluye en el proyecto de Presupuestos
La compra de casa sobre plano en 2010 mantendrá la deducción por vivienda
La eliminación parcial de la deducción por compra de vivienda a partir de 2011 no afectará a aquellos contribuyentes que adquieran una casa antes de acabar este año, incluso si la compran sobre plano. Ello supone un balón de oxígeno para los promotores.

Los contribuyentes "que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad al primero de enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma" no se verán perjudicados por la eliminación de la deducción por vivienda para rentas superiores a 24.107 euros. Así lo indica el proyecto de Presupuestos del Estado para 2011, que incorpora una medida ya prevista en la Ley de Economía Sostenible.

Dicho de otra forma, a efectos fiscales, resulta indiferente comprar una vivienda ya terminada o que esté en construcción. Si la adquisición se produce antes de finalizar el año, los compradores tendrán igual derecho a la deducción por vivienda hasta que terminen de pagarla.

Fuentes de Hacienda indican que no basta con dar una señal sino que para beneficiarse de este régimen transitorio es preciso que se firme un contrato de adquisición. En cualquier caso, la deducción por compra o rehabilitación de vivienda se mantendrá en su totalidad para rentas inferiores a 17.707 euros. Es decir, podrán deducirse un 15% de los pagos hipotecarios con un máximo de 9.040 euros. Los contribuyentes que sobrepasen ese umbral pero su base imponible sea inferior a 24.107 euros mantendrán parte de la deducción, que se irá reduciendo a medida que aumente la renta. Y, finalmente, aquellos declarantes con bases imponibles superiores a 24.107 euros no tendrán derecho a ningún beneficio fiscal por compra o rehabilitación de vivienda a partir del próximo enero.

Por otra parte, los contribuyentes con rentas superiores a 24.107 euros que decidan rehabilitar su vivienda antes de 2010 también tendrán derecho a la deducción del 15%. Beneficio que podrán aplicarse en años posteriores siempre y cuando los trabajos de rehabilitación finalicen antes de enero de 2015.

Todos estos cambios fiscales elevan el atractivo del mercado inmobiliario. De hecho, el Ministerio de Vivienda indica que este es el mejor año para comprar una vivienda. En términos fiscales, resulta cierto. Con la deducción actual, cada contribuyente, independientemente de su renta, puede llegar a rebajar su factura fiscal del IRPF en 1.352 euros al año hasta que termine de pagar su casa. Así, un declarante con una hipoteca a 25 años por la que paga 602 euros al mes puede deducirse cada ejercicio 1.084 euros. Lo que supone un ahorro fiscal acumulado en 25 años de 27.000 euros.

Actualmente, 6,6 millones de contribuyentes del IRPF gozan de este beneficio fiscal. La mayoría de ellos, un 63,2% presenta rentas inferiores a 24.000 euros.

 
RaYmOn2009
RaYmOn2009
28/09/2010 23:38

Hola a todos, yo entiendo que las aportaciones hechas ya a la cooperativa si se entienden como desgravables a efectos de irpf como inversión en la vivienda habitual.

En la última declaración yo me he desgravado las cantidades aportadas y me han devuelto sin problemas.

Saludos

 
L
lar1982
27/09/2010 16:05

radamantis dijo:

¿Y cómo se aplicaría lo que nos estás diciendo a nuestro caso de la desgravacion por inversion en vivienda?

Precisamente lo que estoy diciendo es que habrá que esperar a ver el Reglamento que desarrolle la Ley.

 
M
monika_bud
27/09/2010 15:59

En la página de "Domogestora" al descargarte el PDF de la promoción de VIRIMA te aclaran: 

"Los adquirientes de las viviendas de esta promoción podrán acogerse a la desgravación fiscal por compra de vivienda habitual debido a que la parcela se adquirirá antes del 31 de diciembre de 2010."

Pero vamos, de lo que interpretemos hoy a lo que el gobierno haga el año que viene... hay un mundo.

Lo que si me parece mal, es que si esta es una duda generalizada en todos los nuevos PAU´s, no solo en Valdebebas, no se haga una aclaración por parte del gobierno. 

 
radamantis
radamantis
27/09/2010 15:15

vergel71 dijo:

El año que viene, antes de la declaración, todos a pedir certificados a nuestra gestora de que hemos invertido X dinero, je, je.

 

En mi cooperativa nos dan una factura por cada pago que haces ... supongo que con esas facturas debería bastar en caso de que Hacienda te pida que acredites algo...

 
radamantis
radamantis
27/09/2010 14:54

¿Y cómo se aplicaría lo que nos estás diciendo a nuestro caso de la desgravacion por inversion en vivienda?

 
L
lar1982
27/09/2010 13:47

Según tengo yo entendido, sin ser ninguna experta en el tema, es que las leyes son un marco teórico.

Las leyes realmente vienen desarrolladas por un reglamento que es el que detalla de qué forma tiene que aplicarse la ley.

Normalmente los reglamentos se publican unos 6 meses después de que se materialice la ley y sólo pueden tener efecto retroactivo si benefician al afectado.

Eso es lo que yo tengo entendido, pero seguro que por aquí hay gente de derecho que nos puede arrojar más luz sobre el tema.

 
V
vergel71
27/09/2010 13:41

radamantis dijo:

Copio de la guía del IRPF 2009:

"Los saldos de la cuenta deberán destinarse exclusivamente a la primera adquisición o construcción de la vivienda habitual del contribuyente o bien a la rehabilitación de la misma, entendida esta última como se ha indicado anteriormente."

"Los saldos de la cuenta vivienda han de materializarse en el plazo de cuatro años desde la fecha de apertura de la misma."

Esto me sirve para hacer 2 matizaciones a lo que acaba de decir vergel71: que el saldo de la cuenta vivienda no sólo lo puedes materializar comprando, sino también por ejemplo para hacer pagos a una cooperativa (construcción de vivienda habitual), y que esta materialización no se necesita hacer "cuando acabe el plazo", sino antes de que acabe el plazo de 4 años... por ejemplo te puedes desgravar sólo 1 año y luego materializarlo ya.

Esto era lo que me quería referir.

El año que viene, antes de la declaración, todos a pedir certificados a nuestra gestora de que hemos invertido X dinero, je, je.

 
radamantis
radamantis
27/09/2010 12:18

Copio de la guía del IRPF 2009:

"Los saldos de la cuenta deberán destinarse exclusivamente a la primera adquisición o construcción de la vivienda habitual del contribuyente o bien a la rehabilitación de la misma, entendida esta última como se ha indicado anteriormente."

"Los saldos de la cuenta vivienda han de materializarse en el plazo de cuatro años desde la fecha de apertura de la misma."

Esto me sirve para hacer 2 matizaciones a lo que acaba de decir vergel71: que el saldo de la cuenta vivienda no sólo lo puedes materializar comprando, sino también por ejemplo para hacer pagos a una cooperativa (construcción de vivienda habitual), y que esta materialización no se necesita hacer "cuando acabe el plazo", sino antes de que acabe el plazo de 4 años... por ejemplo te puedes desgravar sólo 1 año y luego materializarlo ya.

 
V
vergel71
27/09/2010 12:08

radamantis dijo:

Los pagos a cuenta de vivienda (distintos de capital social) en cooperativas siempre se han considerado "construcción de vivienda habitual", que es un subapartado dentro del concepto de "inversión en vivienda habitual", que es lo que te da derecho a deducción en el IRPF. Según la guía del IRPF de 2009:

"Se considera construcción de la vivienda habitual cuando el contribuyente satisfaga directamente los gastos derivados de la ejecución de las obras o entregue cantidades a cuenta al promotor de las mismas, siempre que dichas obras finalicen en un plazo no superior a cuatro años desde el inicio de la inversión."

Es decir, desde el primer pago que realizas a la cooperativa hasta la entrega de llaves no pueden transcurrir más de 4 años, pero si se alarga más de 4 años por circunstancias no imputables al contribuyente, se puede solicitar una prórroga de este plazo.

Y si esta parte de la Ley de Economía Sostenible no sufre modificaciones al pasar por el Senado, si se ha realizado el primer pago a cuenta de vivienda a la cooperativa antes de fin de año de 2010, se tiene derecho a la deducción todos los años hasta que se termine de pagar la vivienda.


 


Editado por radamantis 27/09/2010 11:52

 

Exacto, esto es lo que yo tengo entendido, pero imagino que hasta juni del año que viene no lo sabremos con ceretza.

Otra cosa que tengo entendida es que, como sabeis, las aportaciones a las cuentas vivienda había que materializarlas comprando al acabar el plazo de la cuenta vivienda. Y entiendo que los pagos que estamos realizando valen para justificar que estamos dando uso a ese dinero que hemos ahorrado desde hace cuatro años y por el que nos hemos deducido durante esos cuatro años.

 
radamantis
radamantis
27/09/2010 11:50

Los pagos a cuenta de vivienda (distintos de capital social) en cooperativas siempre se han considerado "construcción de vivienda habitual", que es un subapartado dentro del concepto de "inversión en vivienda habitual", que es lo que te da derecho a deducción en el IRPF. Según la guía del IRPF de 2009:

"Se considera construcción de la vivienda habitual cuando el contribuyente satisfaga directamente los gastos derivados de la ejecución de las obras o entregue cantidades a cuenta al promotor de las mismas, siempre que dichas obras finalicen en un plazo no superior a cuatro años desde el inicio de la inversión."

Es decir, desde el primer pago que realizas a la cooperativa hasta la entrega de llaves no pueden transcurrir más de 4 años, pero si se alarga más de 4 años por circunstancias no imputables al contribuyente, se puede solicitar una prórroga de este plazo.

Y si esta parte de la Ley de Economía Sostenible no sufre modificaciones al pasar por el Senado, si se ha realizado el primer pago a cuenta de vivienda a la cooperativa antes de fin de año de 2010, se tiene derecho a la deducción todos los años hasta que se termine de pagar la vivienda.


 


Editado por radamantis 27/09/2010 11:52
 
V
vergel71
27/09/2010 11:29

Yo pregunté en el foro del El Mundo a dos expertas en legislación de vivienda (cada martes) y me dijeron que valdría todo loque no fuera pago para capital social. Pero véte tú a saber ...

Creo que estas es una de las cosas que la propia Junta/gestoras nos deben informar, ya que Valdebebas está siendo comercializado casi en su totalidad bajo el modo de cooperativa ...

 

Fin del hilo
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