Valdeoasis dijo:
"Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Bonificaciones a viviendas de protección oficial y equiparables
Bonificación del 50% en la cuota del Impuesto durante 3 años a contar desde el otorgamiento de la calificación definitiva, siempre que se solicite en el mismo año de la calificación.
Es de carácter rogado y se aplicará, si procede, en los ejercicios siguientes a la solicitud.
Destinatarios
Viviendas de protección oficial y sus equiparables según la normativa de la Comunidad de Madrid."
Buenos días,
En primer lugar, gracias por la información que proporcionáis en general la gente que participáis en este foro.
Si alguien sabe con seguridad, me gustaría me confirmaseis si el primer año de la entrega de la vivienda estamos exentos de pagar el IBI y la ayuda que indicas sería para los 3 siguientes, es decir, si finalmente nos entregan la vivienda este año y nos conceden la ayuda, pagaríamos el 50% del IBI los años 2014, 2015 y 2016.
Gracias y saludos.