Volver al foro
jesusmtinez
jesusmtinez
08/03/2013 15:01

Giro a la Indonesia

¿Qué es el Giro a la Indonesia y por qué es importante conocerlo en nuestro barrio?

15.052 lecturas | 9 respuestas

Salu2 vecinos de barrio.

Llevo tiempo queriendo expresar mi desconcierto cuando circula por las calles de nuestro barrio por el desconocimiento y desconcierto de muchos conductores cuando intento hacer un "Giro a la Indonesia" ¿Qué que es? pues es una forma de girar en cruces semaforizados en los que no hay rotondas de cara a evitar el cruce de trayectorias.

y como más vale una imagen que 1.000 palabras, ahí va.

 

Giro a la indonesia

 

Para los que tengan ganas de aprender, pueden encontrar más información buscando en Google [site:dgt.es "giro a la indonesia"> sin corchetes.

Así que la próxima vez que me veas frente a tí y quieras girar a la izqda, no te sorprendas si yo te paso por tu derecha y no me pongas caras raras.

Buen finde

 
BettyBoop78
BettyBoop78
28/03/2013 17:52

Lo mejor de todo es que ya nos estamos acostumbrando a hacer los giros de esa forma (yo incluida)

La primera vez me acorde de todos los santos del que me lo hizo... Por perdida de visibilidad y esas cosas.

Ahora tengo la maxima de hijo p... el ultimo.

Si, lo se... Una temeridad... Pero al final te acostumbras a como conduce la peña y te extrañas hasta que hagan bien la maniobra.

 
K
KyL
15/03/2013 09:47

Juas, juas, bueno, al menos uno ya estará convencido de cómo se deben hacer esos giros.... JesusMtinez, espero que propagues que a la Indonesia no se deben hacer en los cruces de Minerva ni similares.

Además, si te das cuenta, en el mismo gráfico que has publicado, existe un carril adicional que queda enfrentado con el del sentido contrario para hacer ese tipo de giro... Justo lo que no pasa en esas calles.

Saludos y bien finde!!

 
Sigca2
Sigca2
11/03/2013 10:52

jesusmtinez eres como el del chiste del kamicace que escucha en la radio "un loco en dirección contraria el la autovía??, y el dice uno no todos.
Pues a ti te pasa con el cruce, todos debemos hacerlo mal y tu bien??.

 
Sigca2
Sigca2
11/03/2013 10:49

Cuando viajes a Indonesia lo haces así, aquí en España coge el código de circulación y aprende a realizar correctamente los giros, ademas no trates de dar lecciones de algo que haces incorrectamente.

Yo soy de los que te ponen mala cara al hacer semejante temeridad, el día que tengamos un golpe con ese giro tan internacional que haces, veremos como se lo justificas a la policía o juez, también le explicas que haces los cruces mirando las caras que ponen el resto de conductores en vez de atender al trafico y hacer las cosas correctamente o por lo menos según el código de circulación que rige en este país ESPAÑA.

 
tonytoon
tonytoon
11/03/2013 05:59

Pues yo soy de los que ponen mala cara, claman al cielo y lanzan improperios, porque hacer el giro de esa forma (sea legal o ilegal) en esta zona (supongo que os referís a c/ Minerva y sus perpendiculares) es una temeridad porque si a la pérdida de visibilidad que hay debido a los arbustos de la mediana le sumas que se te ponga uno en frente medio cruzado ya puedes mirar muy bien un par de veces para estar seguro que no viene nadie por el otro carril de sentido contrario, y como el "indonesio" vaya en una furgoneta o 4x4 grande casi que mejor esperar a que se cierre el semáforo porque no se ve un pijo...

Yo para evitarlo cuando voy a hacer el giro y llego antes que el contrario me adelanto todo lo que puedo para que se de cuenta que no le queda hueco y debe rebasarme para girar... pues siempre hay alguno que aun así se mete.

Un saludo.

 
C
chemajimenez
10/03/2013 12:32

Que el giro a la Indonesa se hagan en Indonesia.... aquí, mejos que los hagamos como marca la ley

 
M
MYGUEL
10/03/2013 08:46

Además, debe funcionar el sentido común, y los giros indonesios esos son una maniobra peligrosa, para ganar 3 segundos.

 
G
gabinete
09/03/2013 11:22

Pues yo creo que ya que todos los cruces de Valderribas son en cruz el giro a la indonesia seria una maniobra prohibida o ilegal

Debes de girar dejando a la izda el otro coche y sobrepasandolo

esa es mi opinion

saludos

 
D
demasiadopobreparaserrojo
09/03/2013 10:40

Normal que te pongan caras raras, ya que lo estás haciendo mal. Y el problema no es que lo hagas mal, es que encima te crees que lo estás haciendo bien. 

 

El giro a la indonesia sólo se admite en algunas ocasiones y ninguna de esas ocasiones se dan en los cruces de Valderrivas.

 

Aquí te dejo lo que dice la DGT al respecto, aunque no sé por qué me da que no te convencerá y seguirás pensando que estás en posesión de la verdad.

Lo más interesante es esto:

"Si el cambio de dirección es a la izquierda, dejará a la izquierda el centro de la intersección, a no ser que ésta esté acondicionada o señalizada para dejarlo a su derecha"

"Existe la tendencia, muy generalizada entre los conductores cuando realizan cambios de dirección a la izquierda, a invadir indebidamente la zona destinada al sentido contrario, acortando la trayectoria y pasando por encima o delante del centro de la intersección, dejando éste a su derecha, en vez de a su izquierda como es preceptivo en la norma general estudiada."

"hay un caso especial y muy poco frecuente, el conocido como giro a la indonesia, en donde los cambios de dirección a la izquierda han de realizarse circulando por delante de los vehículos que simultáneamente giran a su izquierda, sin rodearlos. Se trata, únicamente, en el franqueo girando de intersecciones declamadas -no enfrentadas-, en las cuales no existe la posibilidad de efectuar cambios de dirección en la forma general establecida, y su justificación es, sobre la base de la excepción del precepto anterior, por causa de fuerza mayor, es decir, por la configuración y el entorno de dichas intersecciones"

http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/.../la_dgt/.../TEMA_035.doc

"3.2.2. Franqueo girando: normas para su ejecución.-

El franqueo de una intersección puede realizarse girando a la derecha o a la izquierda, lo que constituye el cambio de dirección propiamente dicho, y sin girar, que es cuando sin alterar la dirección se atraviesa la intersección para continuar de frente.

La regla a aplicar en esta fase, así como en todos los cambios de dirección, será PVO (posición-velocidad-observación), que, como ya veíamos, se habría de traer ya en la posición de entrada previa, obtenida de la aproximación anterior, como consecuencia de la búsqueda de posición con RSM (observación-advertencia-ejecución).
La posición, con carácter general, en el franqueo de intersecciones viene recogida en el artículo 43.2 del RGC: "En las plazas, glorietas y encuentros de vías, los vehículos circularán dejando a su izquierda el centro de las mismas". De donde se extrae que, sea cual fuere el destino de los vehículos -a derecha, izquierda o de frente- que franquean intersecciones, habrán éstos de dejar a su izquierda el centro -real o imaginario- de las mismas.

Asimismo, pero con carácter particular, la posición viene recogida en el artículo 75 b): "Salvo que la vía esté acondicionada o señalizada para realizarla de otra manera, se ceñirá todo lo posible al borde derecho de la calzada si el cambio de dirección es a la derecha y al borde izquierdo si es a la izquierda y la calzada de un solo sentido". En donde se aprecia el matiz y la excepción a la norma general para cuando exista un solo sentido de circulación

Sin apartarse de la norma general, el RGC prevé dos casos singulares de posición, el primero, y más común de todos, es para cuando la calzada sea de doble sentido de circulación, y el segundo, cada vez más escaso, cuando existan tres carriles y doble sentido de circulación. A tal efecto, el artículo 75 b) sigue expresando: "Si es a la izquierda, pero la calzada por la que circula es de doble sentido de la circulación, se ceñirá a la marca longitudinal de separación entre sentidos o, si ésta no existiera, al eje -imaginario, deducido por la observación- de la calzada, sin invadir la zona destinada al sentido contrario; cuando la calzada sea de doble sentido de circulación y tres carriles, separados por líneas longitudinales discontinuas, deberá colocarse en el carril central". Abundando el apartado c) del mismo artículo: "Si el cambio de dirección es a la izquierda, dejará a la izquierda el centro de la intersección, a no ser que ésta esté acondicionada o señalizada para dejarlo a su derecha".

Existe la tendencia, muy generalizada entre los conductores cuando realizan cambios de dirección a la izquierda, a invadir indebidamente la zona destinada al sentido contrario, acortando la trayectoria y pasando por encima o delante del centro de la intersección, dejando éste a su derecha, en vez de a su izquierda como es preceptivo en la norma general estudiada.

Puede ser que en algunas intersecciones, por su anchura u otras circunstancias, sea complejo determinar dónde se encuentra el centro de las mismas, especialmente cuando se hace a través de la observación del punto de intersección de los ejes longitudinales de las vías transversales. Pero resulta más sencillo buscar los puntos de referencia que, por la observación de las circunstancias del tráfico, en todas las intersecciones se encuentran. Un ejemplo, sería la posición ficticia en que se situaría un agente para regular la circulación, otro, la situación también imaginaria de un monumento o zona de jardines y luminarias, en donde la estética determinaría el centro natural del entorno. Pues bien, ese sería el centro a que alude la norma general de los artículos 43.2 y 75 c) del RGC, y que habrá que dejar rigurosamente a la izquierda.

Se puede observar en el artículo 75, apartados b y c, al que acabamos de referirnos, que también se contiene la excepción a la regla cuando, de forma generalizada, expresa: "Salvo que la vía esté acondicionada o señalizada para realizarla de otra manera..." y "... a no ser que ésta esté acondicionada o señalizada para dejarlo a su derecha". En este sentido, hay un caso especial y muy poco frecuente, el conocido como giro a la indonesia, en donde los cambios de dirección a la izquierda han de realizarse circulando por delante de los vehículos que simultáneamente giran a su izquierda, sin rodearlos. Se trata, únicamente, en el franqueo girando de intersecciones declamadas -no enfrentadas-, en las cuales no existe la posibilidad de efectuar cambios de dirección en la forma general establecida, y su justificación es, sobre la base de la excepción del precepto anterior, por causa de fuerza mayor, es decir, por la configuración y el entorno de dichas intersecciones."

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento