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A
Adioscasa
24/01/2009 14:52

Duda

¿Es necesario estar apuntado en alguna asociación para beneficiarse de posibles mejoras en la expropiación o el seguro de una cooperativa de viviendas?

2.379 lecturas | 28 respuestas
Es personal,aunque supongo que alguno más estará en mi misma situación.
Me he dado de baja de la cooperativa hace unos meses, ya no tengo ninguna esperanza de recuperar mi dinero ni por supuesto una casa. Eso sí lo que no me gustaría es que después de pasar este infierno me quedara sin una posible aunque remota posibilidad de recuperar algo de dinero bien por parte del seguro o una posible mejora del precio de las expropiaciones. He oido, no se si sera cierto que los que nos habiamos dado de baja teniamos la posibilidad de readmision para poder optar a ello,tambien se de la existencia de la asociacion de excooperativistas a la cual tenía pensado apuntarme pero que por dejadez todavía no lo he hecho. Mi pregunta es sencilla en caso de que se lograra demostrar la responsabilidad del seguro o mejora del precio de la expropiacion ¿habria que estar apuntado en alguna de estas asociaciones (excooperativistas PSG o socios en activo)para poder beneficiarse de estas posibles mejoras?
Saludos
 
Y
yosisoy
09/02/2009 21:40
Lo que veo una tontería es que estés de baja, habiendo aportado todo a la cooperativa. Date de alta que para eso has pagado todo. Esa es mi opinión.

No se lo que cobrarías, la verdad, eso no te lo puedo decir. Pero si te das de alta no tienes que aportar nada más.

Sinceramente, yo creo que todos los que esteis de baja habiendo hecho todas las aportaciones deberíais daros de alta.

Aún así, te pongo el ejemplo anterior.

Si tu pagas un abogado de los afectados, no puedes cobrar luego de la cooperativa, porque a quien pagas es a Victor Moreno Cátena, no a José Martinez.

Teneis que aclararos donde esteis, sea donde sea e ir a por ello.

Si te has dado de baja, siguiendo este ejemplo, no has pagado a la abogada de los justiprecios porque todavía no ha cobrado ni la provisión de fondos completa, ni por supuesto, el porcentaje. Solo cobra si gana. Esto significa que los que mantienen la cooperativa, para que exista un ente que recurre los justiprecios, son los demás no tu. Aunque parezca una chorrada, sí recibirías algo, poco pero algo.

Lo que quizás deberíais analizar es si os compensa recibir 1000, 2000 o 3000 euros a cambio de rechazar las posibles indemnizaciones.

Pero esa es una decisión personal, en serio. Lo que si que no veo normal es que no esteis ni en un lado ni en otro, porque si te quedas en medio, nadie defiende tus intereses.
 
A
Adioscasa
09/02/2009 20:24
Bueno yosisoy, mi idea era que me entregaran la parte de dinero que me correspondiese en el periodo de tiempo que correspondiese para olvidarme de todo este asunto, pèro no puede ser: en mi caso concreto me he dado de baja a finales del 2008, si no me vuelvo a apuntar a la cooperativa no tengo derecho a las hipoteticas indemnizaciones, de acuerdo, pero ¿puedes decirme cuanto voy a cobrar despues de 18 meses? 0€ según las cuentas del 2º semestre del 2008 ¿no es así? Sin embargo si que he contribuido a pagar gastos de demandas, abogados, gestor y demas (te recuerdo que me he dado de baja a finales de septiembre.
Asi que en mi caso si no me apunto a ningun sitio (esta claro que lo voy a tener que hacer) no tengo derecho a nada, ni a dinero ni a ninguna supuesta indemnizacion, ¿lo ves justo?
 
I
inocencia perdida
09/02/2009 18:20
Vale, y segun eso cpunto: de donde sale el dinero para pagar a los abogados que llevan este asunto?
Vamos, entiendo que lo logico es que si se quieren sumar, que lo veo perfecto, sufraguen los gastos exactamente igual que los demas.
Vamos, creo que es lo logico y normal, no piensas lo mismo?
 
cpunto
cpunto
09/02/2009 16:39
Bueno no comparto tú opinión porque digo yo que el juez sabrá el nº de bajas que exiten independientemente de si están en la asociación o fuera.Somos todos deuda para la cooperativa, hemos sidos socios y por lo tanto todos estafados y sin dinero.
 
Y
yosisoy
09/02/2009 16:26
Yo no digo que no sean estafados, pero para que el juez lo estime, tienen que presentarse en la querella, sino, el juez no considerará su existencia.

El juez sabe los ex que están en la asociación de afectados y los cooperativistas que están de alta, y la indemnización la dictamina en función de esa gente.

Los que estén por ahí rondando pero en ningún sitio, si no le dicen al juez ´oye, que yo estoy aquí´, no les considerara.

Pueden unirse a un sitio, unirse al otro o ir por su cuenta. O esperar y si se saca algo, una vez sentado precedente, querellarse ellos después.
 
cpunto
cpunto
09/02/2009 16:12
Una estafa es una estafa aquí y en Pekín y un juez no creo que diga" Tú no eres estafado porque no has pagado en la demanda y tú sí porque has pagado" es ridiculo.
 
Y
yosisoy
09/02/2009 10:45
tgomes dijo:

Pues en eso te doy la razón cpunto. Aquí hemos sido estafados todos por igual y si algún día se recupera algo (dios quiera que sea así) deberían poder recuperar lo mismo que podemos recuperar los demás.


Pues yo no lo veo así. El juez no va a dictaminar indemnizaciones particulares, sino una indemnización a la cooperativa y otra a la asociación.

Si los de la asociación, a parte de perder su dinero, se han gastado lo propio en crear una asociación, mantenerla, poner dinero para pagar a un abogado. No es justo que venga otro y diga después: ´y ahora lo que saqueis lo repartís conmigo porque yo me considero afectado y estoy de baja´, y eso sin haber puesto un duro.

De la misma forma, si los que actualmente están de alta en la cooperativa, tienen que asumir determinados costes, que no asumen los demás, mantener una gestión, que se descuenta de su saldo final (el que se da de baja en el 2009 recibe menos que el que se da de baja en el 2007). No es justo que venga otro que ha recuperado su dinero y diga... pues como yo también soy agraviado me das una parte de lo tuyo, sin haber puesto nada.

Con números es más fácil:

excooperativista que cobra en el 2007: ejemplo: cobra 3000 euros a los 18 meses de darse de baja.

cooperativista que cobra en el 2009. ejemplo: cobra 0 euros, porque su parte se ha gastado en un mantenimiento, unos abogados, etc.

No es justo que si 2 años después se recibe algo, el primero cobre lo mismo que el segundo. Y si además, el primero está en la asociación de afectados, las cuentas serían así.

indemnización afectados: x
indemnización cooperativa:y

ese afectado cobraría su parte de x, su parte de y y 3000 euros más.

el cooperativista su parte de y, que encima tiene que repartir con el otro.

el afectado su parte de x que también tiene que repartir con el otro.

Eso, no es así, a mi entender. O estás en un lado o estás en otro. Y estés donde estés, tienes que asumir los costes del procedimiento.
 
cpunto
cpunto
08/02/2009 14:30
No entiendo la preocupación que tienen algunos por los excooperativistas que no están ni en la asociación ni en la cooperativa...Tienen el mismo derecho a recuperar su dinero que nosotros porque también han sido estafados.Son libres de hacer lo que quieran porque meterse en la asociación implica dar pasta y habrá gente que no pueda.
No creo que los que estamos metidos en uno de los dos sitios salgamos perjudicados por ese hecho.
Lo importante es sacar algo de pasta aunque sea la mitad y no me parece mal que los que van por libre lo recuperen igualmente, más bien al contrario, seria injusto que no se lo devolvieran a ellos por el simple hecho de no haber arrimado el hombro porque cada uno tiene sus motivos para hacer una cosa u otra.
 
T
tudela
08/02/2009 09:25
Un comentario al hilo de volver a incorporarte o no a la cooperativa. En cuanto trascurran los 18 meses de la baja, un excooperativista es acreedor de la cooperatuva, la cuál (si hubiera) debería devolverle el dinero aportado o parte de éste. Si la cooperativa tiene ingresos por ganra algún juicio o justiprecio sería legalmente correcto que repartiera dinero entre sus socios o estaría legalmente obligada primero a saldar deudas con los acreedores?.Recordemos que la cooperativa como tal es un tipo de sociedad y quizá no pueda repartir activos si no es como beneficio o si se disuelve.
Saludos
 
M
meripeke
01/02/2009 14:49
Todo Cooperativista o excooperativista se verá beneficiado de las resoluciones mediante la jurisprudencia, siempre y cuando haya habido al menos 2 resoluciones del tribunal supremo (donde sin duda llegaremos), no obstante, no sería nada complicado ni caro conseguirlo a nivel individual, con tan solo 1 resolución a favor:


En España, no se considera a la jurisprudencia fuente de Derecho, ya que el art. 1.1 del Código Civil no la establece como tal ; en el ordenamiento jurídico español sólo son fuentes del Derecho «la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho» (art. 1.1 Cc).

Sin embargo, el art. 1.6 del Código Civil dispone que la jurisprudencia «complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho», por lo que, aunque no sea fuente propiamente dicha, su facultad para modular la Ley y establecer cuáles han de ser los principios generales del Derecho (que es propiamente un concepto jurídico indeterminado) le otorga una relevancia sin par.

La jurisprudencia se constituye a partir de dos Sentencias que interpreten una norma en igual sentido, emanadas del Tribunal Supremo (órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales) y, cuando se trata de ciertas materias de competencia limitada a la Comunidad Autónoma (por ejemplo, Derecho foral o especial), de los Tribunales Superiores de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Las que no reúnan estas características, únicamente gozan de la consideración de "precedentes" ([1>), sirviendo únicamente como apoyo a una determinada tesis sostenida en juicio, al carecer de auténtico contenido normativo. Del mismo modo, una Sentencia emanada por un Tribunal Superior de Justicia carece de relevancia normativa para otros Tribunales Superiores de otras Comunidades Autónomas, que pueden emitir fallos no concordantes con dichas interpretaciones, e incluso contradictorios. En esos casos, puede interponerse el Recurso de Casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, que casará ambas sentencias determinando cuál de las interpretaciones contradictorias goza del beneplácito del Alto Tribunal.

En el caso de que un Juez o Tribunal se apartase de la doctrina establecida por el Tribunal Supremo, no se invalida automáticamente la sentencia, sino que sirve como motivo de casación. No obstante, el Tribunal Supremo puede apartarse en cualquier momento de su jurisprudencia consolidada, por lo que esta producción normativa es esencialmente mutable, adecuándose a los tiempos con cada fallo.

Es necesario hacer referencia al Tribunal Constitucional, ya que pese a no ser un órgano judicial sino constitucional (como su propio nombre indica) también emite sentencias, con la denominación técnica de "jurisprudencia". Dichas sentencias, por el especial grado de su órgano emisor, tienen efectos normativos, al ser el TC el supremo intérprete de la Constitución. En efecto, el artículo 5.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial claramente determina que las sentencias del TC son vinculantes, y los jueces y tribunales deben interpretar todas las normas conforme con la interpretación que de las mismas resulte de las resoluciones dictadas por el TC en todo tipo de procesos
 
M
mrfrank
27/01/2009 09:28
Estelapsg dijo:



Tendrías que ver la contabilidad que había en las cooperativas el último semestre que te distes de baja, en función de ese balance es lo que te devolverían.

Salu2


Bueno, eso, como todo, es relativo. Me explico. El dinero se ha de devolver conforme al balance de cuentas del semestre que el cooperativista se dió de baja, pero si no hay dinero suficiente en la cooperativa para pagar la deuda con los cooperativistas a los que adeude la cooperativa, ves la parte proporcional a repartir entre todos esos cooperativistas.

Los cooperativistas en activo sólo son responsables de la gestión de la cooperativa con las aportaciones que hayan realizado, no tienen la obligación de poner más dinero para pagar deudas que aquél que tuvieron que poner conforme a los estatutos o normativa interna de la cooperativa. Si hay mala gestión, pierden todos y nadie recupera nada.

Por eso cobrar del seguro es vital para que todo el mundo recupere algo, pues de algún que otro frente yo no esperaría demasiado (DM, OBRUM que ha presentado concurso de acreedores...).

Saludos.
 
Y
yosisoy
27/01/2009 00:03
mrfrank dijo:

Hola,

No necesariamente tienes que estar apuntado a ningún sitio para que te afecte la sentencia, si es que al final se encuentran indicios de estafa y un juez falla a favor de los demandantes.

Por ponerte un ejemplo, el de la ecotasa. En Getafe algunas asociaciones de vecinos llevan reivindicando la supresión de la ecotasa en los impuestos municipales. Pusieron una serie de demandas de las cuales, que yo sepa, ganaron una, por un defecto de forma en las alegaciones del Ayuntamiento. Al haber ganado por un defecto de forma (es decir, por haber hecho mal el proceso, no porque realmente el juez considerara que la asociación tenía la razón), la sentencia sólo aplica a los demandantes, es decir, a las personas que pusieron la demanda, y los importes de este impuesto tuvieron que devolverse al grupo de personas que demandaron.

Sin embargo, si esa sentencia fuera porque realmente el juez considera injusto el cobro de ese impuesto, el Ayuntamiento debería haber devuelto IRREMEDIABLEMENTE los importes de la ecotasa cobrados, y además con intereses, a todos los ciudadanos de Getafe.

En vuestro caso particular, si algún día un juez encontrara indicio de estafa la sentencia aplicaría, como bien dice Inkisidor, a todos los afectados, es decir, A TODOS LOS COOPERATIVISTAS QUE ALGÚN DÍA ESTUVIERON DE ALTA EN CAPITAL Y CUNA Y NO RECUPERARON LO QUE LES CORRESPONDE. Es por ello que no necesariamente hay que estar dado de alta en ninguna asociación.

Eso sí, me parece bastante egoísta intentar sacar tajada del trabajo de otros, si uno quiere conseguir algo creo que debe luchar, o al menos apoyar a los que luchan por el beneficio de todos.

Saludos

PD: El ejemplo de la ecotasa éramente ilustrativo, que os veo venir. Si he puesto ese es porque no se me ocurría otro. No sería la primera vez que el Ayuntamiento de Getafe ha tenido que devolver un impuesto a sus ciudadanos por considerarse injusto, yo mismo he recibido devolución de impuestos. Y eso pasa en todos los Ayuntamientos de España.


jeje, yo en mi línea vamos, que no puedo estar nunca de acuerdo contigo. (es broma).

En realidad no es así como lo planteas. Los demandantes de la ecotasa que ganaron lo hicieron por un defecto de forma porque precisamente eso era lo que alegaban, sin embargo, el defecto de forma se había cometido con todos los ciudadanos de Getafe y no solo con ellos. Aún así, el Ayuntamiento solo les devolvió a ellos el dinero porque solo ellos demandaban.

En teoría, si tu, como ciudano demandas un hecho ilegal que se ha cometido contigo, es porque así lo consideras, si tu vecino ha sufrido el mismo hecho y no lo demanda, es que no se considera agraviado. Así es la ley, por desgracia.

Solo en el caso de que sea el propio defensor del pueblo el demandante, en general, se consigue que afecte la sentencia a todos los ciudadanos. Incluso si, sobre el mismo caso demanda una organización, como, por ejemplo, la OCU, solo sus afiliados se benefician de la sentencia favorable en cuestión.

Así que la respuesta es sí. para que te afecte la sentencia te tienes que considerar agraviado ante el juez, te tienes que presentar como un afectado por el caso y para eso solo tienes 3 opciones, como bien ha indicado Inkisidor. O te apuntas a Afectados PSG, o te apuntas a la cooperativa de nuevo, o contratas un abogado y te presentas por tu cuenta como afectado.

Y os pongo otro ejemplo. Si varios propietarios de un terreno son expropiados y solo uno recurre y se le reconoce un mayor precio al final, solo a ese le tienen que pagar más, a los demás no, mientras no ganen una demanda también. Así que tendrían que contratar a un abogado y demandar igualmente para conseguir un precio mayor. Si bien es cierto que lo tienen más fácil porque el primero ha sentado precedente, pero aún así, tienen que repetir el proceso entero.
 
E
Estelapsg
26/01/2009 21:22
mlopezs2 dijo:

bueno!!! ya le estas dando coba, preparaté para 20 post de 100 lineas contandonos que por lo visto un negro es jefe de la gran tribu india de allende los mares


Yo al menos contesto con argumentos y con razonamientos sin insultar, por algo a mi todavía no me han baneado de este foro y a ti si, es lo que hay chato....

Salu2
 
E
Estelapsg
26/01/2009 21:19
Adioscasa dijo:

Otra pregunta al hilo de lo que comentaba y perdonad mi insistencia, la gente que se dio de baja el año pasado, si la contabilidad del año pasado era cero, ¿dentro de 18 meses no cobraria nada?



Tendrías que ver la contabilidad que había en las cooperativas el último semestre que te distes de baja, en función de ese balance es lo que te devolverían.

Salu2
 
E
Estelapsg
26/01/2009 21:17
Inocenciaperdida,
Yo no soy abogada, pero según tengo entendido es como te he explicado. Lógicamente a mi tampoco me parece justo estar en la asociación de afectados de psg y tener que soltar pasta para pagar al abogado, pega de carteles etc y que otros que no están en ninguna asociación y tampoco han puesto un duro se beneficien de la resolución de los juicios, pero según la ley así es.

De todas maneras si quieres preguntalo a un abogado externo, pero estoy casi convencida de que es tal y como te he explicado.

Salu2
 
A
Adioscasa
26/01/2009 21:05
Otra pregunta al hilo de lo que comentaba y perdonad mi insistencia, la gente que se dio de baja el año pasado, si la contabilidad del año pasado era cero, ¿dentro de 18 meses no cobraria nada?
 
A
Adioscasa
26/01/2009 20:53
Gracias por las respuestas, en principio yo tambien estoy de acuerdo en que para conseguir algo todos debemos arrimar el hombro, por tanto tengo pensado apuntarme en alguna de las dos asociaciones.
Tambien todo es muy relativo: yo me he dado de baja el semestre pasado, se podria suponer que si no me corresponden las posibles mejoras que la cooperativa pudiera obtener se me tendria que abonar dentro de 18 meses la parte proporcional de mi dinero que se ha utilizado para realizar estos gastos.
De la misma manera tambien supongo que aunque en el cierre de las cuentas del año pasado la contabilidad estaba a cero dentro de 18 meses tambien me corresponderia la parte proporcional del dinero que devuelva Obrum a las cooperativas (si es que lo devuelve). ¿Supongo que esto sera lo que se haga con los exsocios, no?
 
M
mrfrank
26/01/2009 17:34
inocencia perdida dijo:

Hombre Estelapsg, me parece a mi que tu razonamiento lo unico que dice es que los que estamos de alta todavia, corremos todos los riesgos, para bien o para mal, y los de baja, si sale bien pillan tajada y si sale mal, pues ellos ya se habian dado de baja.
No se puede estar a todo en esta vida, se toman decisiones, unas veces acertadas, otras erroneas y se asume con las consecuencias, buenas o malas, de las acciones que uno realice, pero vamos de ahi, a estar solo para lo bueno, todo lo que se pueda, y los demas con lo malo, pues no chica!


Pues yo te recomiendo que consultes con un abogado externo porque estelapsg tiene razón. Que conste que no lo veo nada justo en vuestra situación, pero es lo que hay.

Saludos.
 
I
inocencia perdida
26/01/2009 17:29
mlopezs2 dijo:

bueno!!! ya le estas dando coba, preparaté para 20 post de 100 lineas contandonos que por lo visto un negro es jefe de la gran tribu india de allende los mares


que diga lo que le de la gana, pero es que tela lo que hay que leer ultimamente!!!!
en vez de buscar soluciones conjuntas es ver quien puede sacar mas tajada y que tontos somos los que estamos todavia en estas puñeteras cooperativas.
Yo no se si la peña se piensa que a los demas nos "pone" que nos "estafen" 30.000 eurazos y encima tener que aguntar peleas constantes en vez de soluciones conjuntas.

 
I
inocencia perdida
26/01/2009 17:22
Hombre Estelapsg, me parece a mi que tu razonamiento lo unico que dice es que los que estamos de alta todavia, corremos todos los riesgos, para bien o para mal, y los de baja, si sale bien pillan tajada y si sale mal, pues ellos ya se habian dado de baja.
No se puede estar a todo en esta vida, se toman decisiones, unas veces acertadas, otras erroneas y se asume con las consecuencias, buenas o malas, de las acciones que uno realice, pero vamos de ahi, a estar solo para lo bueno, todo lo que se pueda, y los demas con lo malo, pues no chica!
 
E
Estelapsg
26/01/2009 13:07


Esto es extensible para el resto de demandas que tienen interpuestas las cooperativas: justiprecios, Yunta, planes urbanisticos... Si no formas parte del organo demandante no puedes resultar benefiaciario (o perjudicado) del mismo. Por tanto, un socio que esté de baja en la cooperativa no es un miembro en activo (aqui y en el Japon), por lo que no se podría beneficiar de lo que recuperemos, como tampoco se le cargarian los perjuicios que pudieramos obtener. El planteamiento es muy sencillo: imaginate el caso peor, que no recuperemos nada y perdamos todo lo perdible y nos carguen las costas de todos los juicios. ¿Tu crees que al socio que esta de baja le tendriamos que cargar los costes de abogados, costas de juicios, etc... que tendria que pagar la cooperativa? Te recuerdo que casi todos los abogados, menos los recursos urbanisticos, se han ido pagando ya en el segundo semestre del año 2008, cuando la mayoria de esta gente ya habia solicitado la baja. Pues por la misma razón que no es justo que "paguen su parte", tampoco es justo que se beneficien en caso de que recuperemos algo. La forma de actuar, en caso de que no quieran saber nada ni de la cooperativa ni de la asociacion es que se unan como demandantes a los diversos procedimientos que hay abiertos.

Pues de nuevo y a mi parecer inkisidor, legalmente no me parecería justo que si ganamos los recursos del justiprecio, los socios de baja no tengan derecho a ese dinero. Legalmente esto sería muy discutible, puesto que como todos sabemos el justiprecio es el valor que el tribunal de expropiación da a los terrenos que TODOS compramos en su día con el dinero de todos los socios, por tanto si el día de mañana un juez estima que nos deben dar más dinero, este se tendría que repartir de manera equitativa entre todos los socios.

Respecto a cargar a los socios las costas de los juicios, me imagino que te referiras a los juicios que van por lo civil, porque los que van por lo penal precisamente por eso no tienen costas.

Haciendo un apunte sobre esto, todos sabemos que la ley de cooperativas indica claramente que se liquidará a cada socio que cause baja, según el ultimo semestre del balance del año, por tanto es voluntad del socio arriesgarse y seguir de alta en las cooperativas con el riesgo de que los gastos en ese ultimo semestre que quiera causar baja, sean mayores por las costas de los juicios que se pierdan.


Por otro lado, correctamente: si te unes y luego te quieres volver a dar de baja correría un nuevo plazo de 18 meses. Pero es evidente que si la cooperativa te da la opcion de volverte a unir a ella, es porque has entendido que con la baja vas a recuperar poco dinero y la forma que tienes de recuperar más, es esperar a que se resuelvan todos los juicios y se finalice la vida util de la cooperativa para liquidarla. Ese es el motivo por el que desde la asamblea se dio esa oportunidad a los exsocios. No tendría mucho sentido que te dieras de baja despues de haberte dado de nuevo de alta, no crees? [/quote>

Inkisidor,
Por esa regla de tres también se puede dar el caso de que por seguir de alta en la cooperativa aumenten los gastos de la misma y que cuanndo te quieras dar de baja todavía te toque recuperar menos.

Salu2
 
E
Estelapsg
26/01/2009 12:54
Inkisidor dijo:

mrfrank dijo:

No necesariamente tienes que estar apuntado a ningún sitio para que te afecte la sentencia, si es que al final se encuentran indicios de estafa y un juez falla a favor de los demandantes.


Esto es cierto si en las demandas que se interponen se solicita que sea asi, es decir: tanto la denuncia que pone los ex o las cooperativas se pide que se beneficie a todos los miembros de las cooperativas que han formado parte en algun momento de las cooperativas. Y en este caso no ha sido asi porque se beneficiarian tambien a los socios que se dieron de baja y recuperaron su dinero integramente (es decir, que no solo recuperan toda su pasta si no que mas aun).




Inkisidor,
Qunque la querella se haya reabierto por la asociación de afectados de psg y por las cooperativas, insisto en que esto no es un querella por lo civil, va por lo penal como bien sabes y llevada por la fiscalía, por tanto a mi parecer esto que explicas no tiene mucho sentido.


Además y aunque esto pudiera ser así, estoy convenciada de que al menos en el caso de la asociación de afectados de psg en la parte que explicas, que tanto la denuncia que pone los ex o las cooperativas se pide que no se beneficie a todos los miembros de las cooperativas que han formado parte en algun momento de las cooperativas, si no que solo se beneficie a los miembros activos de la cooperativa o de la asociación, aquí te puedo asegurar que esto que estás explicando no es cierto, al menos por la parte de la asociación de afectados de psg.

Te explico esto, porque en su día he hablado con los miembros del consejo rector de la asociación de afectados de psg y nos explicaron muy claro, que en el caso de ganar algún juicio nos beneficiariamos todos los cooperativistas, incluidos los que no están apuntados en la asociación de afectados de psg o siguen de alta en la cooperativa.

Salió este tema en su día, porque había gente que decía que no era justo que unos pusieramos dinero y nos movieramos y otros sin hacer nada también tuvieran el derecho de recuperar su dinero, pero para bien o para mal así es y así nos lo explicaron inkisidor.

Salu2
 
E
Estelapsg
26/01/2009 12:44
Inkisidor,
Permiteme que te diga que aunque sea por sentido común y sin ser abogado, el sentido común me dice y me reitero, que no tienes que estar de alta en la cooperativa ni en ninguna asociación si un juez estima en un futuro que se ha cometido un fraude en la cooperativa.

Independientemente de que el socio ya no este de alta, este en su día aporto su dinero corresponiente a la cooperativa y si esto es así y aunque no pueda parecer justo, si algún día los jueces fallan a nuestro favor en el caso psg, todos los que fuimos socios y los que lo sigan siendo, todos, nos beneficiariamos de esas sentencias.

Ruego si hay algún abogado por el foro que lo aclare, pero a mi parecer inkisidor me parece que en este caso no llevas razón.

Salu2
 
inkisidor
inkisidor
26/01/2009 12:32
mrfrank dijo:

No necesariamente tienes que estar apuntado a ningún sitio para que te afecte la sentencia, si es que al final se encuentran indicios de estafa y un juez falla a favor de los demandantes.


Esto es cierto si en las demandas que se interponen se solicita que sea asi, es decir: tanto la denuncia que pone los ex o las cooperativas se pide que se beneficie a todos los miembros de las cooperativas que han formado parte en algun momento de las cooperativas. Y en este caso no ha sido asi porque se beneficiarian tambien a los socios que se dieron de baja y recuperaron su dinero integramente (es decir, que no solo recuperan toda su pasta si no que mas aun).
 
inkisidor
inkisidor
26/01/2009 12:28
Estelapsg, volvemos a la discusion de siempre: tus intuiciones dicen una cosa y mis abogados (que son los de las Cooperativas) otra. Los abogados dicen que, por ejemplo, en la demanda conta la gestion de PSG, efectivamente se reabrió una querella interpuesta por la Comunidad de Madrid a instancias de la asociacion de Exsocios y que la cooperativa se unió a continuación. Por tanto, tenemos por un lado, como demandantes a la asociacion y a las cooperativas y por otro lado, como demandado a PSG. Por tanto, una persona que no esté dentro de alguno de esos organos demandantes no podrá ser beneficiario de lo que se pueda recuperar con esa demanda.

Esto es extensible para el resto de demandas que tienen interpuestas las cooperativas: justiprecios, Yunta, planes urbanisticos... Si no formas parte del organo demandante no puedes resultar benefiaciario (o perjudicado) del mismo. Por tanto, un socio que esté de baja en la cooperativa no es un miembro en activo (aqui y en el Japon), por lo que no se podría beneficiar de lo que recuperemos, como tampoco se le cargarian los perjuicios que pudieramos obtener. El planteamiento es muy sencillo: imaginate el caso peor, que no recuperemos nada y perdamos todo lo perdible y nos carguen las costas de todos los juicios. ¿Tu crees que al socio que esta de baja le tendriamos que cargar los costes de abogados, costas de juicios, etc... que tendria que pagar la cooperativa? Te recuerdo que casi todos los abogados, menos los recursos urbanisticos, se han ido pagando ya en el segundo semestre del año 2008, cuando la mayoria de esta gente ya habia solicitado la baja. Pues por la misma razón que no es justo que "paguen su parte", tampoco es justo que se beneficien en caso de que recuperemos algo. La forma de actuar, en caso de que no quieran saber nada ni de la cooperativa ni de la asociacion es que se unan como demandantes a los diversos procedimientos que hay abiertos.

Por otro lado, correctamente: si te unes y luego te quieres volver a dar de baja correría un nuevo plazo de 18 meses. Pero es evidente que si la cooperativa te da la opcion de volverte a unir a ella, es porque has entendido que con la baja vas a recuperar poco dinero y la forma que tienes de recuperar más, es esperar a que se resuelvan todos los juicios y se finalice la vida util de la cooperativa para liquidarla. Ese es el motivo por el que desde la asamblea se dio esa oportunidad a los exsocios. No tendría mucho sentido que te dieras de baja despues de haberte dado de nuevo de alta, no crees?
 
M
mrfrank
26/01/2009 12:16
Hola,

No necesariamente tienes que estar apuntado a ningún sitio para que te afecte la sentencia, si es que al final se encuentran indicios de estafa y un juez falla a favor de los demandantes.

Por ponerte un ejemplo, el de la ecotasa. En Getafe algunas asociaciones de vecinos llevan reivindicando la supresión de la ecotasa en los impuestos municipales. Pusieron una serie de demandas de las cuales, que yo sepa, ganaron una, por un defecto de forma en las alegaciones del Ayuntamiento. Al haber ganado por un defecto de forma (es decir, por haber hecho mal el proceso, no porque realmente el juez considerara que la asociación tenía la razón), la sentencia sólo aplica a los demandantes, es decir, a las personas que pusieron la demanda, y los importes de este impuesto tuvieron que devolverse al grupo de personas que demandaron.

Sin embargo, si esa sentencia fuera porque realmente el juez considera injusto el cobro de ese impuesto, el Ayuntamiento debería haber devuelto IRREMEDIABLEMENTE los importes de la ecotasa cobrados, y además con intereses, a todos los ciudadanos de Getafe.

En vuestro caso particular, si algún día un juez encontrara indicio de estafa la sentencia aplicaría, como bien dice Inkisidor, a todos los afectados, es decir, A TODOS LOS COOPERATIVISTAS QUE ALGÚN DÍA ESTUVIERON DE ALTA EN CAPITAL Y CUNA Y NO RECUPERARON LO QUE LES CORRESPONDE. Es por ello que no necesariamente hay que estar dado de alta en ninguna asociación.

Eso sí, me parece bastante egoísta intentar sacar tajada del trabajo de otros, si uno quiere conseguir algo creo que debe luchar, o al menos apoyar a los que luchan por el beneficio de todos.

Saludos

PD: El ejemplo de la ecotasa éramente ilustrativo, que os veo venir. Si he puesto ese es porque no se me ocurría otro. No sería la primera vez que el Ayuntamiento de Getafe ha tenido que devolver un impuesto a sus ciudadanos por considerarse injusto, yo mismo he recibido devolución de impuestos. Y eso pasa en todos los Ayuntamientos de España.
 
E
Estelapsg
26/01/2009 11:55
Hola Inkisidor,
Lo mismo me equivoco porque no soy abogada, pero según yo tengo entendido, no necesitas estar apuntado a ninguna asociación ni a la cooperativa para poder recuperar parte del dinero si ganamos algún juicio, al menos en las demandas contra el seguro, la empresa auditora y DM.

Respecto a los otros juicios, ahí ya no estoy tan segura, pero respecto a estos, se supone que independientemente de que te hayas dado de baja y que no estes en ninguna asociación, se sobre entiende legalmente que si se demuestra mediante los juicios que ha habido delito, entiendo que solo tendrías que demostrar que has sido cooperativista y justificar las cantidades que entregastes a la misma, para beneficiarte en caso de que estos juicios salieran a nuestro favor, del dinero que se reparta.

Además esto es una querella que está llevando la fiscalía y que se reabrio por la asociación de afectados de psg y de las cooperativas, es decir, que no es una querella independiente a nivel particular.

Digo esto porque no me gustaría que nadie se pensará que es obligación estar apuntado a la cooperativa obligatoriamente para recuperar el dinero o a ninguna asociación. Además se te ha olvidado comentar que aunque ahora en teoría no haya dinero en las cooperativas, se supone que el que se dio de baja tiene 18 meses para recuperar su dinero y si antes de que se cumpla este plazo vuelves a la cooperativa, se anularía este plazo, puesto que de nuevo eres soci@ activa y para recuperar algún dinero, tendrías que esperar a la resolución de los juicios.

Además de esto, hay que aclarar que si vuelves a la cooperativa y luego decides darte de baja de nuevo, empezarías de cero otra vez a contar los 18 meses de espera que marcan los estatos para la devolución del dinero.

Salu2

 
inkisidor
inkisidor
24/01/2009 18:40
Legalmente hablando (y que me corrigan lso leguleyos del foro si me equivoco) para poder beneficiarte del resultado del juicio tienes que ser una de las partes interesadas del mismo. Por tanto, tienes tres opciones:
- Ser socio en activo de la asociación de afectados
- Ser socio en activo de la cooperativa
- Adherirte tu mism@ de forma independiente a la demanda
Tienes que tener en cuenta que la cooperativa tienes puestas más demandas (contra los justiprecios, contra el consorcio por los planes urbanisticos, contra el ayuntamiento y contra PSG) por lo que las posibilidades de obtener un resarcimiento economico son mayores que siendo parte de la asociación de exsocios, pero tambien es cierto que ese beneficio economico será a mayor plazo de tiempo precisamente por eso.
Desde el pasado 14 de diciembre, aquellos socios que hayan causado baja, pero no se les haya devuelto el dinero aun, se les permite volver a reintegrarse en la cooperativa, precisamente para esto.
Espero habertelo aclarado (a ti y a todos). La decision es tuya.
Un saludo!!
 

Fin del hilo
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