Volver al foro
A
abueletes
18/11/2012 19:22

PLANTILLA EJEMPLO REUNION EXTRAORDINARIA

¿Cómo redactar una plantilla para solicitar una reunión extraordinaria en la cooperativa?

3.044 lecturas | 13 respuestas

Buenas Tardes; Esta mañana en la reunión celebrada en el chalet piloto se me encomendó la tarea de hacer una plantilla para solicitar una reunión extraordinaria en la cooperativa. Como bien avisé, soy persona de cifras y no de letras por lo que agradecería que aportaseis alguna idea o modificación en el texto:

 

Supongo que en el encabezamiento tiene que ir el nombre de un socio, sería algo como....


D. ......................., mayor de edad, en su condición de socio de La cooperativa........... con nº xxx, actuando en calidad de apoderado verbal de los socios firmantes

Dirigido a: Presidente/a – Secretarios/a de la Cooperativa........
....................................................................................

Don/doña...................................................

                                               

                                       En Valladolid, a .. de …… de 20..


Estimado/a Sr. Sra:

Los socios y socias, de la Cooperativa.............................................., que firmamos este escrito, le solicitamos que de acuerdo con el artículo ..........de los estatutos de esta entidad efectúe, a la mayor brevedad posible, una convocatoria de Asamblea General Extraordinaria de socios/as con el fin de poder tratar los siquientes temas:

1- Claúsula en la escritura de subrogación de la hipoteca donde se indique que el cooperativista/s firmantes quedan desvinculados de la Cooperativa y de manera específica, desvinculados de la deuda que otros cooperativistas tengan con la cooperativa o con Bankia.

2- Consecuencias que van a tener los cooperativistas que formalicen la hipoteca por aquellos cooperativistas que no puedan o quieran hacer frente a la firma de la hipoteca.

3- Bajada del precio final de las viviendas debido a que en los últimos años, es sabido, la bajada de precios en los materiales y en el sueldo de los operarios, y así compensar de alguna forma la subida del IVA que se impondrá a partir del 01 de Enero de 2013 y que por el retraso acumulado por la mala gestión de la Cooperativa debemos hacer frente.

4- Estado físico en el que se encuentran las viviendas porque la disposición de los cooperativistas firmantes en las hojas anexas, es la de no escriturar si los defectos encontrados no están debidamente subsanados. Además de aclarar qué cargos adicionales afrontaremos una vez firmada la escritura, como por ejemplo; mantenimiento de la urbanización.

5- Exigir copias de cada uno de los documentos que tendremos que firmar a partir de la formalización de la escritura como; la desvinculación de la cooperativa, la formación de la mancomunidad, etc, siendo estas copias idénticas a los documentos finales.

En la espera de que se atienda esta demanda, se despide atentamente:

En........................a....................de......................de.........................
Firma
Nombre y apellidos
DNI
FIRMANTES DE LA SOLICITUD DE CONVOCATORIA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA:
D/Dña....................................DNI..................Firma:
D/Dña....................................DNI..................Firma:

D/Dña....................................DNI..................Firma:
D/Dña....................................DNI..................Firma:
D/Dña....................................DNI..................Firma:
D/Dña....................................DNI..................Firma:
D/Dña....................................DNI..................Firma:
D/Dña....................................DNI..................Firma:

Se adjuntan al presente escrito solicitud de X socios firmantes, en hojas numeradas del 1 a X.
Por eso necesitamos conseguir, por lo menos, el porcentaje de firmas del total de los cooperativistas y así lograr la convocatoria a la Asamblea Extraordinaria. De esta manera podremos decidir democráticamente, entre todos, el rumbo de la Cooperativa.

 

 

 
F
FeliM
23/11/2012 22:40

que os parece solicitar que la junta se grave, y que luego el que quiera la grabación se pase a recogerla por la oficina previo pago?.

 
S
Serra1
21/11/2012 15:26

Hola,yo también soy nuevo en este foro.como es posible que no haya transparencia en todo,no somos cooperativa?tenemos qué firmar una hipoteca antes de que acabe el año,para no pagar la subida del IVA.y si no escrituramos antes del 1de enero,tenemos que pagar a hacienda?de verdad esto es un lio,.que va a pasar con los arreglos de los chalets,una vez entregada la vivienda,quien se va a hacer responsable de los imperfectos? También se habla de que sí se estropea la depuradora,o cualquier otra cosa,supongo,tenemos que hacernos cargo nosotros?pero cómo no nos explican todas estas cosas?les interesa a Sofía mata y demás...por favor una asamblea general.que estamos apuntó de firmar,que queda un mes.yo ayer mismo estuve hablando con un albañil que estaba arreglando la mono capa de algunos chalets,me dijo que no lo acababan en un mes y digo yo,firmamos escrituramos y luego nos terminan los imperfectos.no han tenido tiempo para arreglarlo?,yo entregue nóminas y demás al banco para que me hicieran un estudio,no tardarán en llamarme para firmar,pero si no tenemos licencia de primera ocupación?.les damos la propuesta y cuando nos responden,en 1mes?bufff...contar con mi firma,por supuesto.ya diréis cuando quedamos.yo no me entere de la última reunión.es la primera vez que me meto aquí en este foro,no sabía ni que existía.

 
D
davidvilla
21/11/2012 00:30

Yo solo digo que hay que actuar ya, que nos informen de todo, que hay muchas cosas en el aire, sobre todo que nos expliquen eso de que vamos a pertenecer cada propietario a la junta de compensación y por lo tanto a la junta de conservación de la urbanización durante los 10 primeros años, que cuando haya cualquier avería en la potabilizadora, vamos a pagar entre todos el 10 por ciento de la misma, por poner un ejemplo, así que se nos puede poner en un pico estas historias.

Por cierto, nadie va a escriturar hasta que no esté la licencia de primera ocupación, por que se pagaría el 21 por ciento de IVA, así que les interesa darse caña, porque esa opción de escriturar antes ya no existe.

Si el día 10 de Diciembre está todo terminado, y ese día se tiene la acometida eléctrica, y si al empezar a probar, depuradora, potabilizadora y demás no hay problemas, la licencia podría estar el día 20, y nos podría dar tiempo a escriturar, pero os aseguro que depende de que terminen antes del día 10. El Ayuntamiento ya está revisando las obras antes de que terminen.

un saludo

 
K
kikekike
20/11/2012 23:52

Si no hay nada que OCULTAR no tienen porque apurar el mes que les queda,puesto que quedarian en el mismo lugar en el que han quedado los que supuestamente segun ellos nos han estado retrasando todo,no te parece?

Lo normal es que si queremos unas explicaciones,nos las den en el menor tiempo posible,si  nos quieren ayudar realmente,pero si lo que quieren es hacer LA MISMA POLITICA que según ellos han estado haciendo con nosotros los demás retrasando todo hasta el último plazo,pues por supuesto que agotaran hasta el último día,pero según ellos siempre han luchado por ayudar a los jovenes........seran igual que TODOS????

 
D
davidvilla
20/11/2012 23:26

Habría que rellenar ya éste escrito, firmarlo todos los que podamos quedar y llevarlo para que nos reciban una reunión con Sofía, porque quizás una asamblea, ya no dé tiempo, porque si apuran el mes que tienen....propongo otra quedada este Domingo y firmarlo, y llevarlo el Lunes.

Un saludo

 
K
kikekike
20/11/2012 21:53

Muy buenas.

Cuantas firmas hay ya?o donde quedamos para firmar el % para que obligatoriamente que se haga la reunión?muchas gracias

 
F
fdfeliz
20/11/2012 13:44

No me he enterado de esta cita, pero estoy totalmente de acuerdo en que necesitamos una reunión previa a la firma.

Voy a estar más atento para esto.

 
K
kidrock
20/11/2012 09:07

Hola, estoy de acuerdo al 100%. Esto es terrible, quieren que nos hipotequemos sin una asamblea previa, increible.

 
M
MISTRIX
19/11/2012 10:39

 

  También podeis contar con mi firma para hacer una asamblea.

 

  Que más hablasteis en vuestra reunión?? vais hacer otra?  Me hubiera gustado un montón ir :-( 

 
R
rutherojo
18/11/2012 23:54

Cuenta con nuestra firma! y gracias por redactarla, nosotros no pudimos ir esta manana porque como ya dije ayer, acabamos de ser papas y nos ha sido imposible acudir. Gracias a todos!

 
MarinaAlberto
MarinaAlberto
18/11/2012 23:28

A mi no me deja ver la carta entera...a alguien mas le pasa?

 
Mil6
Mil6
18/11/2012 21:24

Hola:

Pongo un artículo de la Ley de cooperativas de viviendas de Castilla y León, y el enlace para quien quiera leerla entera.

 Se necesita el 20% de los socios para pedir la convocatoria extraordinaria.

 

http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/cl-l4-2002.html

 

 

en su artículo 32 dice lo siguiente:

Artículo 32. Clases de Asamblea general y convocatoria.

1. Las Asambleas generales pueden ser ordinarias o extraordinarias.

La Asamblea ordinaria se reunirá necesariamente una vez al año, dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio económico y tiene principalmente la función de examinar la gestión efectuada por el Consejo Rector y aprobar, en su caso, las cuentas y balances, así como acordar la aplicación de los excedentes ó la posible imputación de pérdidas. También podrá decidir sobre los planes de actuación para los ejercicios sucesivos.

Todas las demás Asambleas tienen la consideración de extraordinarias.

2. La Asamblea general, ordinaria o extraordinaria, habrá de ser convocada por el Consejo Rector mediante anuncio en el domicilio social y mediante comunicación personal a cada socio conforme determinen los Estatutos. En el caso de que la cooperativa cuente con más de quinientos socios, la convocatoria también deberá publicarse en uno de los periódicos de mayor circulación en la provincia del domicilio social. La convocatoria habrá de formularse con quince días de antelación, al menos, a la fecha prevista para su celebración y ésta no podrá ser posterior a los sesenta días siguientes a la fecha de su convocatoria. En cualquier caso la convocatoria deberá ser expuesta públicamente en el domicilio social de la cooperativa y, de existir, en las sucursales y centros en que se desarrolle su actividad, a partir del día en que se emita o publique el anuncio.

El plazo quincenal se computará excluyendo de su cómputo, tanto el día de la exposición, envío o publicación del anuncio, como el de celebración de la Asamblea.

3. La convocatoria debe expresar con claridad los asuntos a tratar, lugar, día y hora de reunión. También indicará la fecha y hora en que, en su caso, deba reunirse la Asamblea en segunda convocatoria. Asimismo, incluirá los asuntos que propongan los Interventores o un número de socios que represente el 10 % o alcance la cifra de doscientos, y sean presentados antes de que finalice el cuarto día posterior al de la publicación de la convocatoria. El Consejo Rector, en su caso, deberá hacer público el nuevo orden del día con una antelación mínima de cuatro días al de la celebración de la Asamblea en la forma establecida para la convocatoria. El lugar de la celebración, salvo regulación distinta en los Estatutos, deberá ser en la localidad del domicilio social.

4. La Asamblea general podrá ser convocada en sesión extraordinaria además de por iniciativa propia del Consejo Rector:

A petición del Interventor/es, si lo prevén los Estatutos.

A petición de los socios, siempre que la solicitud esté formulada al menos por el 20 % de los votos sociales o de dos votos sociales cuando la cooperativa cuente con menos de diez socios.

 

 

 Por otra parte, copio un trozo del

Artículo 22. Derechos de los socios.

dentro del punto 3, copio los apartados:

 

e) Todo socio podrá solicitar, por escrito, al Consejo Rector las aclaraciones e informes que considere necesarios sobre cualquier aspecto de la marcha de la cooperativa, que deberán ser contestados por el Consejo Rector en la primera Asamblea general que se celebre pasados ocho días desde la presentación del escrito.

f) Cuando el 10 % de los socios de la cooperativa, o cien socios, si ésta tiene más de mil, soliciten por escrito al Consejo Rector la información que consideren necesaria, éste deberá proporcionarla, también por escrito, en un plazo no superior a un mes.

g) En los supuestos de las anteriores letras d), e) y f), el Consejo Rector podrá negar la información solicitada, cuando el proporcionarla ponga en grave peligro los legítimos intereses de la cooperativa. No obstante, esta excepción no procederá cuando la información haya de proporcionarse en el acto de la Asamblea y ésta apoyase la solicitud de información por más de la mitad de los votos presentes y representados y, en los demás supuestos, cuando así lo acuerde el Comité de Recursos o, en su defecto, la Asamblea general como consecuencia del recurso interpuesto por los socios solicitantes de la información.

En todo caso, la negativa del Consejo Rector a proporcionar la información solicitada podrá ser impugnada por los solicitantes de la misma por el procedimiento a que se refiere el artículo 39, quienes, además respecto a los supuestos a), b) y c) de este artículo, podrán acudir al procedimiento previsto en el artículo 249.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y, como cita el artículo 39, lo copio:

Artículo 39. Impugnación de los acuerdos de la Asamblea general.

1. Podrán ser impugnados ante la jurisdicción competente los acuerdos de la Asamblea general que sean contrarios a la Ley, que se opongan a los Estatutos o lesionen, en beneficio de uno o varios socios o terceros, los intereses de la cooperativa.

No procederá la impugnación de un acuerdo social que haya sido dejado sin efecto o sustituido válidamente por otro. Si fuera posible eliminar la causa de impugnación, el Juez otorgará un plazo razonable para que aquélla pueda ser subsanada.

2. Serán nulos los acuerdos contrarios a la Ley, además de los previstos en el artículo 37, apartado 4. Los demás acuerdos a que se refiere el número anterior serán anulables.

3. La acción de impugnación de los acuerdos nulos caducará, en el plazo de un año, con excepción de los acuerdos que, por su causa o contenido, resulten contrarios al orden público. La acción de impugnación de los acuerdos anulables caducará a los cuarenta días.

Los plazos de caducidad previstos en este artículo se computarán desde la fecha de adopción del acuerdo o, en el caso de estar el mismo sujeto a inscripción en el Registro de Sociedades Cooperativas, desde la fecha en la que se haya inscrito.

4. Para la impugnación de los acuerdos nulos estén legitimados: Cualquier socio, los miembros del Consejo Rector, los Interventores, el Comité de Recursos y los terceros que acrediten interés legítimo. Para impugnar los acuerdos anulables estarán legitimados: Los socios asistentes a la Asamblea que hubieran hecho constar en acta su oposición al acuerdo, aunque la votación hubiera sido secreta; los ilegítimamente privados del derecho de voto y los ausentes por causa justificada. Estén obligados a impugnar los acuerdos contrarios a la Ley o los Estatutos, el Consejo Rector, los Interventores y los Liquidadores y, en su caso, el Comité de Recursos.

5. Las acciones de impugnación se acomodarán a las normas establecidas al respecto en el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y al procedimiento regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, en cuanto no resulten contrarias a esta Ley, con la salvedad de que para solicitar en el escrito de demanda la suspensión del acuerdo impugnado, se exigirá que los demandantes sean o los Interventores o socios que representen, al menos, un 20 % del total de votos sociales, o dos socios en las cooperativas de menos de diez socios.

6. La sentencia estimatoria de la acción de impugnación producirá efectos frente a todos los socios, pero no afectará a los derechos adquiridos por terceros de buena fe a consecuencia del acuerdo impugnado. En el caso de que el acuerdo impugnado estuviese inscrito, la sentencia determinará, además, la cancelación de su inscripción, así como la de los asientos posteriores que resulten contradictorios con ella.

 
J
juliodos
18/11/2012 20:43

Hola:

No me he enterado a tiempo de la reunión que habéis tenido , me acabo de enterar ahora.

Contad conmigo para la firma de la carta solicitando la reunión extraordinaria.

¿ habéis recibido el correo de la automatización de las puertas de los garajes? yo no estoy muy enterada de precios, pero en principio me parece bien ¿ hay alguien mas enterado en este tema ¿ que le parecen los precios ?.

la verdad es que la puerta del garaje sobre todo en las de sótano según están ahora son un auténtico rollo.

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento