Volver al foro
N
nek
02/03/2007 12:17

vecinos morosos

¿Se puede denunciar los vecinos por impago a la comunidad?

91.552 lecturas | 25 respuestas
Hola, este año le ha tocado a mi padre ser presidente, cual es su sorpresa cuando le entregan el cargo, que hay 3 vecinos que denben recibos de 6 meses a mas de 1 año, el hablo con ellos y los 3 le comentaron que los pagarian inmediatamente, pero pasado ya casi tres meses y nada.
¿se puede denunciar y apartir de cuantos recibos?
¿hay que obtener mayoria de todos vecinos para ello?
¿los gastos que pueda ocasionar quien los paga?

Gracias.

 
A
AlbertoTMD23
05/10/2015 18:08
Hola nosotros denunciamos a un vecino y el Juez nos díó la razón, pero solo cobramos un poquito _(insolvencia),el resto quedó pendiente ...al cabo del tiempo me llama y dice que quiere pagar, poco a poco, pero desde los últimos recibos y claro me da miedo que prescriba su deuda más antigua ...¿cómo hago para que sus pagos no prescriban?¿cómo ha de pagar lo pendiente y como dije sentenciado por el juzgado¿¿ha de dirigirse él?
Mil gracias

Alberto
 
A
AlbertoTMD23
05/10/2015 18:04

lunanueva2005 dijo:
Si el vecino o vecinos no pagan, cosa muy habitual, lo mejor es pasar directamente al juzgado. Se puede hacer por un juicio monitorio pero para eso no hay que dejar que se acuimule demasiada deuda. Además se puede exigir la responsabilidad legal al presidente y al administrador si la Junta de Propietarios ordenó la ejecución del pago.ç

Normalmente pagan después de apretar mucho.

 

Pero planteo...y si se admite la deuda (sentencia del Juez) y el vecino en ese momento se declara insolvente...y no cobramos nada...pero pasados tres años quiere empezar a pagar ¿cómo lo hace?

 
P
pablo-CatalanaOccidente
25/05/2012 15:45

por si acaso...aunque a estas  alturas, imagino que estará resuelto.

La compañía aseguradora, gestiona y asume el coste de la reclamación. al menos en al que trabajo: Catalana Occidente. 

 

Debéis notificárselo y en base a la Asistencia Jurídica, realizarán los trámites debidos para la reclamación de los pagos.

 

Cualquier información que necesitéis no dudéis en comentarlo.

 

Un saludo

 
G
guanio
20/07/2011 16:10

hola granada78. unos mensajes mas arrriba tienes los pasos a seguir para el monitorio. no os sale mas costoso, ya que las costas se las suma a la deuda del moroso, lo que hay que tener mucha gana y mucha paciencia, pues de momento yo en diciembre puse el primer monitorio y en mayo me contestaron para el 2º paso, que lo ha puesto en julio. ahora a volver a esperar a ver que pasa. , pero como tu dices la deuda sigue subiendo y la comunidad abandonandose porque se quitan las ganas de mantenerla cuidada.

 
G
granada78
20/07/2011 09:24

BUENOS DIAS,

QUERIA HACER UNA SERIE DE CONSULTAS, EN MI COMUNIDAD HAY VARIOS VECINOS QUE NO PAGAN, EN LA ULTIMA REUNION CELEBRADA LA SEMANA PASADA JUNTO AL GESTOR, NOS COMENTÓ QUE "SALÍA MAS CARO DENUNCIARLOS QUE LO QUE DEBEN" EL CASO ES QUE SON UNOS 8 VECINOS LOS QUE NO PAGAN Y LA DEUDA DE CADA UNO VA DESDE LOS 150 EUROS A LOS 600 DE OTRO DE ELLOS. RESULTA QUE NOS SUBEN LAS CUOTAS PORQUE NO HAY DINERO, TOTAL QUE ESTAMOS SOPORTANDO ELGASTO COMUNITARIO DE TODOS EL RESTO Y CLARO HAY VARIOS VECINOS QUE HAN DICHO QUE ELLOS TAMPOCO VAN A PAGAR, QUE PODEMOS HACER PARA OBLIGAR A QUE ESTA GENTE PAGUE?

 

OTRA COSA, LA LIMPIEZA ANTES SE ENCARGABA CADA TEMPORADA UN VECINO DEL BLOQUE, AHORA QUIEREN QUE SEA ALGUIEN DE FUERA, ME GUSTARIA SABER QUE REQUISITOS HAY QUE PEDIRLE A ESA PERSONA PARA NO TENER NINGUN TIPO DE PROBLEMA

 

GRACIAS

 
G
guanio
19/07/2011 20:18

hola fixin.

una pregunta  ¿ cuanto te tardo el cobrarle? o mejor dicho. ¿ has conseguido cobrar algo por medio del monitorio? 

es que yo de momento puse uno por 675€ en diciembre 2010, ahora le ha puesto la ejecucion del monitorio. pero por la misma cantidad, aunque ya realmente debe 800€. ¿ cada vez que le llamaban usted renovaba la deuda? pues la verdad estoy un poco perdida. no vive nadie en el piso y la propietaria esta en paradero desconocido.

y para colmo en junio en puesto otro monitorio a otro propietario. este si esta localizado, vamos a ver que pasa.

gracias

 

 

 

 
F
Fixin
18/07/2011 10:20

jilekuona dijo:
El proceso monitorio no tiene porque ser por una cantidad grande como he leido en alguna contestación.
Se puede pedir por cantidades pequeñas, si la cuantía es menor de 900 euros no hace falta ni procurador, ni abogado, la denuncia judicial puede hacerla cualtquier representante de la comunidad (presidente, administrador, vicepresitdente, secretario, cualquier vecino delegado mediante junta). Durante el proceso monitorio el juez puede establecer el uso de procurador y abogado, siendo en este caso necesario su contratación.
También se dice que en cantidades superiores a 900 euros es necesario por si, pero en mi caso la cuantía fue de alrededor de 1.500 euros y no se me pidio el uso de abogado, ni procurador.
Esto si supuso que tuve que ir unas 5 veces al juzgado.
Antes de llegar a este paso hay que hacer lo indicado por Muad_dib el 17 de marzo de 2007 (burofax, etc)

 

Esto ha cambiado. Ahora son 2000 euros.

 
admi-geco
admi-geco
16/07/2011 00:32

Solo puntualizar dos cositas:

A) Los 900€ han pasado a ser 2000€ según modificación del 24 de marzo de 2011.

B) la diligencia de publicación solo es necesaria si el propietario no recoge el burofax o carta certificada ya que si lo recoge y se publica la comunidad podría ser denunciada por publicar datos de carácter personal.

Un Saludo.
 

 
G
guanio
15/07/2011 20:50

hola santiago72. si es usted el presidente, necesita ademas de los papeles de la denuncia,

1º que la deuda este reconocida en el acta,

2º que la comunidad le autorice para tramitar la deuda en el proceso monitorio.

3º, que la deuda que reclama sea inferior a 900€ado

4º si es usted el secretario, que el presidente junto a los vecinos, le autoricen a hacer los tramites del proceso monitorio

5º mandarle un burofax al propietario de la vivienda

6º poner lo mismo que en el burofax  en el tablon de anuncios

7ºesperar un mes despues de mandarle el burofax

8 guardar todas las facturas, y presentarlas en el juzgado junto al burofax, papel del tablon de anuncios, acta donde se reconoce la deuda, acta donde se le autoriza a usted. las dos hojas de la reclamacion para el juicio monitorio.

todo lo enumerado en el punto 8 por triplicado, mucha paciencia, y a esperar, yo ya hace 9 meses que lo presente, ahora esta acmitido y estoy en el siguiente paso, que es la reclamacion de la ejecucion del proceso monitorio.

ya le contare si usted sigue en el caso.

 

 

 
P
PEPE123
20/06/2011 22:01

¿Eres el nuevo administrador o el nuevo presidente?

 
S
santiago72
20/06/2011 16:42

hola, muy buenas, soy el nuevo administrador de mi finca y se me hace la camisa pequeña con los lios que hay....

en principio, me gustaria saber si para denuciar a un vecino moros; que deberia de entregar en el juzgado, ya tengo el formulario de denuncia.

aparte; si dicho vecino esta emparo y el banco se queda su piso, que deberia hacer mas o solo con la denuncia inscrita en el juzgado seria suficiente para que el banco se hiciera cargo de la morisidad del antiguo inquilino.

por ultimo si en una deramavotada por asamble de vecinos, que porcentage deberia haber para que el resto que no quiere pagar debeiera hacerlo...

este mundo es muy grande para mi.

un cordial saludo.

 
A
andreapf
04/02/2011 12:40

Hola Nek,

quería saber si todavía seguís teniendo ese problema con los vecinos que no pagaban a la comunidad y si os interesaría denunciarlo en la televisión.

si puedes ponerte en contacto conmigo te dejo mi mail, muchas gracias!

andrea.perez@antena3tv.es

 
J
jilekuona
05/05/2010 23:56
El proceso monitorio no tiene porque ser por una cantidad grande como he leido en alguna contestación.
Se puede pedir por cantidades pequeñas, si la cuantía es menor de 900 euros no hace falta ni procurador, ni abogado, la denuncia judicial puede hacerla cualtquier representante de la comunidad (presidente, administrador, vicepresitdente, secretario, cualquier vecino delegado mediante junta). Durante el proceso monitorio el juez puede establecer el uso de procurador y abogado, siendo en este caso necesario su contratación.
También se dice que en cantidades superiores a 900 euros es necesario por si, pero en mi caso la cuantía fue de alrededor de 1.500 euros y no se me pidio el uso de abogado, ni procurador.
Esto si supuso que tuve que ir unas 5 veces al juzgado.
Antes de llegar a este paso hay que hacer lo indicado por Muad_dib el 17 de marzo de 2007 (burofax, etc)
 
T
TORDERA
05/05/2010 12:52
 Hola, he leido el caso del compañero  se queda corto con lo que pasa en mi comunidad.
Explico, somos 8 vecinos, de los 8 hay 3 que no pagan la comunidad, 1 de ellos desde que entró a vivir en este inmueble, pero ahora tenemos que hacer obras de rehabilitación de la fachada,(el inmueble tiene 24 años) y nunca se hizo nada de arreglos en la fachada. Por lo mal que están algunas partes el Ayuntamiento denunció y nos obliga a hacer los arreglos convenientes. De esto hace ya 3 años, y aún no se ha hecho nada, por una serie de vecinos que no hacen más que poner pegas.
Solo 4 vecinos hemos puesto la totalidad de la cuota a pagar, y el resto dicen que no pueden y no pagan, entre ellos garajes y otros.
Decir que en el registro de la propiedad, consta que el edificio que consta de tres entradas a diferentes comunidades, es decir una sola comunidad y tres entradas diferentes. La obra se empezó el mes pasado y se paró porque ya no hay dinero para más, que opinais. Tenemos administrador.
 
N
nurianuria
28/08/2007 13:47
me gustaría contactar contigo, para exponer tu caso en tv , por favor escribeme o llamame: nuria.garcia@videomedia.es
o al 917848132 es mi tfno directo
nuria garcia
 
F
foxrock00
26/07/2007 11:11
Por si alguien le sirve de ayuda, nosotros votamos incrementar un 1% la deuda del moroso que lleva más de 2 meses sin pagar. Esta idea fue sugerida por el administrador, se votó, se aprobó y tras la comunicación de la nueva medida a todos los vecinos, de repente los morosos se pusieron al día salvo alguna excepción.

El procedimiento que se sigue para reclamar es que el administrador manda un burofax y eso parece que da buen resultado, normalmente ponen al día sus cuentas.
 
R
rubenf
23/07/2007 10:47
Muchas gracias.
 
A
aparra
20/07/2007 18:28
Hola!

Me llamo Juanjo Prego, soy periodista. Trabajo para el programa de TVE “El ojo público del ciudadano”. Lo produce El mundo TV. Es un programa de defensa del consumidor y denuncia de estafas, chapuzas… Es el programa que presenta Juan Ramón Lucas los jueves a las 10 de la noche. Estoy preparando un programa sobre hogar, seguros que cumplen, problemas con empresas de reformas, sobreprecios, compras que se hacen y no llegan en condiciones… o nunca llegan… o inquiilinos morosos. He visto tu caso y me ha llamado la atención. Me gustaría, si quisieras, que te pusieras en contacto conmigo para dar a conocer tu caso. Te dejo mi correo electrónico juan.prego@elmundo.es y mi teléfono es el 629 12 72 87

Gracias por tu atención. Un abrazo

Juanjo


 
L
lorac19
19/07/2007 14:23
No es legal pero hacerlo y si os dice algo les dejais usarlo y asunto acabado. Si no lo saben puede que sea medio de presion para que paguen lo que adeudan
 
R
rubenf
19/07/2007 13:34
Hola, en mi comunidad ya está en marcha el monitorio, pero se habla de restringir el paso a los morosos a la piscina, es legaL?
 
L
lorac19
06/05/2007 14:31
A ver que no me entero que si un vecino no paga el culpable es el presidente o el administradorç???

En mi pueblo el culpable es el que no paga lo que es de su obligación.

El monitorio aunque no es perceptivo de abogado ni procurador es mejor que lo presente un abogado por que hay que saber hacerlo y un persona normal y corriente podría presentarlo mal y no servir de nada. Además hacer un monitorio no lleva que te page inmediatemente puesto que puede contestar al monitorio y llevarte al verbal.

Pero tranquilos que el moroso tarde o temprano paga incluso a veces hasta los gastos que ha producido a la comunidad reclamarle la deuda.
 
L
lunanueva2005
09/04/2007 18:46
Si el vecino o vecinos no pagan, cosa muy habitual, lo mejor es pasar directamente al juzgado. Se puede hacer por un juicio monitorio pero para eso no hay que dejar que se acuimule demasiada deuda. Además se puede exigir la responsabilidad legal al presidente y al administrador si la Junta de Propietarios ordenó la ejecución del pago.ç

Normalmente pagan después de apretar mucho.
 
M
Muad_dib
17/03/2007 16:12
Espero esto te aclare las dudas:

La Ley de Propiedad Horizontal ha previsto un procedimiento especifico para que la comunidad de propietarios pueda lograr saldar el derecho de crédito que tiene con un vecino deudor.

En algunas comunidades existen vecinos que se resisten a pagar cuotas y derramas. Si bien el importe de las mensualidades puede oscilar según el numero de vecinos, y los servicios contratados por la comunidad de propietarios no suelen ser numerosos, si es cierto que el impago reiterado de un vecino de sus obligaciones con la comunidad puede llegar a alcanzar una cantidad importante.

Pero ante una situación como la que describimos, el procedimiento previsto por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), es el "Procedimiento Monitorio" de propiedad horizontal. Este manera de proceder no debe asustarnos pese a su nombre, ya que se trata de un proceso breve, rápido y sencillo que garantiza el cobro de la deuda pendiente con la comunidad. Es un procedimiento para el que no hace falta abogado ni procurador en el que el presidente de la comunidad de propietarios insta al pago, sin embargo, es muy riguroso en cuanto a los requisitos, por ello hay que realizar sin errores todos los pasos que a continuación vamos a explicar:

1.-Hay que aprobar la liquidación de la deuda pendiente que el vecino mantiene con la comunidad en la Junta de Popietarios. Para ello es necesario que se acredite la deuda, y que en el acta de esta junta consten detalladamente los impagos.

2.- Hay que notificar en el domicilio que el deudor tenga a efectos de notificaciones esta liquidación. La comunicación debe ser fehaciente, por ello se hará a través de carta certificada con acuso de recibo, o mucho mejor a través de burofax. Este paso suele traer problemas ya que normalmente los deudores no suelen recoger notificaciones, pero para resolver esta cuestión la ley ha previsto que, tras una imposibilidad de notificar a la persona requerida, se ponga en el tablón de anuncios de la comunidad este aviso o en lugar visible por un plazo de 3 días. Pasado este plazo se da por enterado al moroso.

3.- Ahora ya sí que podemos instar el procedimiento monitorio ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio donde se halle ubicado el inmueble, reclamando la cantidad adeudada a la comunidad. Para ello en la misma Junta en la que se aprobó la liquidación de la deuda habremos autorizado al presidente de la comunidad para que lleve a cabo las actuaciones judiciales oportunas para el caso.

Tendremos que asegurarnos que la persona requerida para el pago de la deuda es el propietario del inmueble, de lo contrario no se puede proceder contra ella, ya que el pago de las cuotas de comunidad es una obligación del propietario. Esto se consigue a través de una copia simple en el registro de la propiedad”

La ley contempla la posibilidad de dar publicidad del nombre del deudor en el tablón de anuncios de la finca o en las circulares vecinales, por lo que quienes no cumplan con sus obligaciones económicas no podrán esconderse en el anonimato.

Salu2
 
N
nek
04/03/2007 18:16
Gracias macadi.

No tienen administrador, hace un tiempo se voto para poner uno pero votaron en contra muchos vecinos.
Tendra que hacer una reunion y haber que es lo que se decide.

Gracias.

 
M
MACADI
03/03/2007 21:55
No teneis administrador? normalmente se encarga él de estás cosas.
Lo habitual es que se haga una junta de vecinos, en ella se decide que hacer, suele enviarse un aviso informándoles de que se va a proceder a su denuncia por la deuda con la comunidad, con esto normalmente es suficiente ; pero si hacen caso omiso, se inicia el procedimiento y a esperar.

Saludos
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento