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M
Marger
25/10/2009 10:35

Información convocatoria

¿Es legal incluir la relación de morosos en la convocatoria de Juntas de Propietarios según la ley de Protección de Datos?

2.278 lecturas | 1 respuestas
El Presidente de la Comunidad al convocar las Juntas tedria que incluir relación de morosos (art 16.2) . Esta citación se realiza a cada propietario por correo certificado (EN NINGUN CASO EN TABLON DE ANUNCIO). Vulnera esta modalidad de convocatoria la ley de Pretección de datos.
 
P
PEPE123
25/10/2009 19:30
Se puede poner sólo  las viviendas de los morosos, pero también los nombres de los propietarios, según el artículo 16.2  "La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2."
Y esto no vulnera para nada la Ley de Protección de Datos. Yo soy partidario de poner los nombres, para que todos los vecinos los conozcan, con independencia de que vayan o no a la Junta.
 

Fin del hilo
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