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papergirl
26/10/2009 17:24

convocatoria de junta

¿Cómo convocar una Junta General Extraordinaria sin tener información de los propietarios y su situación económica en la Comunidad de Propietarios?

3.338 lecturas | 3 respuestas
Le agradeceria me constestara a las siguientes preguntas, pidiendo disculpas de antemano por la extension de la mismas

el hecho de que una mayoría bastante, superior a la cuarta parte de los propietarios y representativa de cuota mayor del 25 % de las de representación, haya solicitado de la Presidencia de la Comunidad de Propietarios, la convocatoria de Junta General Extraordinaria, sin que así lo haya verificado la Presidencia, y se proponga, al amparo del artículo 16.2 LPH, convocar dicha Junta, ¿como debe proceder si no dispone de listado y domicilio de los propietarios o comuneros, ni tampoco información de si los mismos están o no al corriente en el pago de deudas vencidas?.

En este caso, tratamos con una Comunidad constituida sobre una urbanización privada, en que muchas de las fincas no están edificadas, y otras, aun estándolo, sus propietarios pudieran residir en domicilio distinto.

Se da el caso también de que el Presidente y el Administrador, debidamente requeridos, niegan, o no facilitan esa información a los promotores de la Junta. ¿Cómo entonces puede actuarse? ¿Existe forma, incluso judicial, de exigir el cumplimiento de tal obligación de información para la debida convocatoria de Junta General? ¿En qué responsabilidades pueden ambos haber incurrido?

Y en caso de tener que recurrir al Juzgado para reclamar información (listado y domicilio de propietarios y situación económica con la Comunidad),
¿podría solicitarse de éste, en la misma demanda, que ordenara al Presidente la convocatoria de tal Junta?.

Dada la urgencia de los asuntos a tratar, ¿De qué forma podría convocarse para salvaguardarse frente a una impugnación de dicha Junta por defecto de convocatoria?

 
Si convocaramos la junta al amparo del artículo 16.2 LPH,, en tal caso, ignorándose tal condición de los comuneros o propietarios convocados, ¿se permite a todos el voto? ¿o en su defecto, de que modo proceder para que con el voto de quien no estuviere al corriente de pagos no se pueda luego esgrimir como causa de nulidad o para invalidar la junta?
Insisto, ¿cabe exigir responsabilidades del Presidente y/o Administrador al negar tal información y forzar con ello, para la obtención de tales datos, la tramitación de juicio ordinario que pueda tardar en resolverse mas de un año? ¿Cuáles?


 
librepnesador
librepnesador
27/10/2009 19:39
Hola a todos:
Desde hace 6 años, compre un piso en un edificio. Yo soy gay, con los consiguientes prejuicios de algunos de mis vecinos presidente y administrador.
He acudido siempre a las juntas vecinales, para no perder mi derecho al voto, como propietario. Mi sorpresa es que una vez tube que solicitar al Presidente de la Comunidad de Propiearios que me hiciera un certificado de que estaba residiendo en mi vivienda, ya que la Policia Nacional, para traer a un extranjero no comunitario, carta de tramitación, solicita eso. Este se nego, a hacermelo, tambien como el administrador. Al final tube que contar mi caso a la Policia de Inmigración y enviarles un buro-fax al administrador, para que me extendiera tal certificado, como que yo vivo en dicho edificio, tambien se nego a firmarlo. Ambos, alegaban verbalmente que la mayoria de vecinos se negaban a tener más inmigrantes en el edificio y mucho menos otro gay. Le pedi que me lo pusieran por  escrito, se rieron delante de mi, me insultaron y me cerraron las puertas, he incluso, al comprovar que yo habia descubierto que no habia consultado a todos los vecinos,  convocaron una junta extra-ordinaria para tratar el tema y votarlo. Ha lo cual yo me nege a tal manipulación de la comunidad de vecinos, pues si la Policia Nacional pide una carta o certificado, como que yo vivo allí, no pueden negarmela. En esa misma junta de vecinos, pedi la dimision del Presidente y Administrador, cosa que no aceptaron, ya que estos llevan en los cargos bastantes años, y parece ser que muy democraticamente en el edificio no se funciona. 
Yo como pude, use otros cauces para traer a mi chico de Venezuela, hoy mi marido..
Mi consulta es:
1-¿Hasta cuanto tiempo puede permanecer un presidente y administrador en su cargo?
2-¿Hay algun articulo de la Ley de Horizontal de la Comunidad de Vecinos, que se le pueda aplicar o que esten sujetos el Presidente y el Administrador, para que actuen no segun sus propios criterios, más o menos democraticos, sino, segun la Ley vigente actual?
3-Un vecino t puede negar el saludo, pero es normal que por pedir o reclamar tus derechos, te nieguen el saludo el Administrador, que es más que un simple vecino?
¿Si no me habla a mi personalmente, como puede dirigirse a mi cuando haya una proxima asamblea general?
4-¿Puedo obligar a que cesen en sus cargos tanto el Presidente como el Administrador, y que estos sean rotatorios o por un tiempo limitado?
Sin nada mas, espero sus noticias, y doy las gracias a aquellas personas que han creado este foro, para que podemos compartir entre tod@s nuestros problemas vecinales buscar buenas soluciones, lo antes posible, de manera democratica y civilizada.. Gracias a tod@s.
 
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papergirl
27/10/2009 17:55
La junta ordinaria tenia que hacerse a primeros de año, durante este tiempo hemos estado pididendo que se haga dicha junta con unos puntos en el orden del dia que el presidente no queire poner y por eso no convoca, es por ello que al final estamos pensando en convocar el 25 %, pero queremos tenerlo claro para que no hacer nada mal
 
M
MACADI
27/10/2009 11:48
¿Os falta mucho para la junta ordinaria?, a veces puede ser interesante esperar, y presentarse voluntario para presidente, teniendo ese apoyo que comentas creo que será fácil que te elijan, si es que hay otros voluntarios.  Siendo presidente todo es más fácil.

saludos
 

Fin del hilo
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