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VictoriaLegaz
25/11/2009 13:14

Me quieren cobrar 795 € sin avisarme

¿Debo pagar los gastos de abogado que la comunidad quiere imputarme en Francia?

3.771 lecturas | 11 respuestas
Buenos días,

Mi caso es un poco extraño, tengo un apartamento en Francia del que la comunidad de vecinos quiere imputarme 795 € de gastos de abogado, el tema es el siguiente:

El año pasado, puesto que yo vivo en España me preocupé de llamar al gabinete que lleva la comunidad del bloque de pisos diciendo que debía 900 €, que por temas de trabajo no podría ir a Francia a pagar durante un tiempo y que me diesen un numero de cuenta para ir haciendo los ingresos, este señor me dijo que no habia ningún problema que cuando pudiese, que hiciese el ingreso tranquilamente, pues bien así quedó la cosa.

En el mes de Abril de este año, me llega una denuncia a Barcelona por impago y llamo al gabinete y me dicen que si pasa la cantidad a deber de 1000 €, la comunidad lo pone en manos de un abogado, hablo con ellos y me dicen que si abono el dinero, la denuncia se retira y ya está que los gastos de abogado no se cobrarían.
Hice el abono y el juicio, no se celebró.

Cual es mi sorpresa que en el día de ayer me llega mediante un burofax las cuentas de debito y me aprecen los gastos de la comunidad con un importe de 795 €, en el que en ningún momento me pone que sean gastos de abogado, sino como un gasto de la comunidad (a nouveau), inmediatamente llamo de nuevo por telefono y me dicen que son los gastos aprobados por la asamblea que me han decididido imputarlos, y ya esta no han sabido darme más explicación.



Mi pregunta es:

¿Si yo como propietaria me he preocupado en hablar vía telefónica y no se me ha informado que a partir de 1000 €, a deber la comunidad denuncia tengo que pagarlos si me los imputa la comunidad?

¿Si el juicio no se ha celebrado, tengo que cargar con los gastos si me dijeron en su momento que no? y toda deuda está saldada antes del juicio

¿Me debería haver avisado el gabinete que lleva la comunidad mediante algún escrito de como se procede en los pagos o impagos?

¿Si no abono ese dinero, me podrán denunciar de nuevo?

Gracias por la ayuda, estoy indignada y más aún como me toque pagarlos ya que , desde mi punto de vista, que se trata de una mala gestión.

Victoria
 
V
VictoriaLegaz
27/11/2009 11:09
HOla!

De momento le he escrito un e-mail a la administradora de fincas diciendo que  por favor me adjunten la minuta del abogado, tal y como me aconsejasteis, ya que en el estado de mis cuentas que me enviaron por correo ordinario no aparece en ningun momento que sean las costas del abogado y eso  lleva a confusión.

Llevo desde el miércoles intentando contactar x mail con ellos y no recibo respuesta... a ver que pasa...

De nuevo muchas gracias por vuestra ayuda!

Un saludo, Victoria
 
V
VictoriaLegaz
26/11/2009 11:15
Entonces, por lo que leo la cuantía la tiene q determinar el juez y sino tengo notificación de éste, puedo negarme no?
 
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VictoriaLegaz
25/11/2009 23:02
carolcar dijo:

Ellos deberían darte la minuta del letrado, si es que los 795€ son de eso y entonces veríamos que conceptos son los que el abogado ha minutado. Podría haber minutado por la redacción de la demanda xej.
En definitiva sin una factura o una minuta no tendrías que pagar nada.
Los abogados no cobramos a tanto alzado, sino que existen unas normas que regulan lo que podemos cobrar por cada uno de los trabajos que realizamos y si cobramos tenemos que hacer nuestra correspondente factura. Solo debes exigir o tu mnuta o la que el abogado hizo a la comunidad de propietarios.
De todas formas ya me gustaría a mi cobrar por una deuda de 1000€, una minuta de casi 800€.
Mi consejo, pide explicaciones antes de pagar.



Buenas noches y gracias por las respuestas tan inmediatas,

Ahora mismo que he llegado a casa, tengo delante la citación judicial:

Citación en procedimiento de urgencia  ante el Sr. Juez del tribunal de instancia de Prades (cita así)

Y esto es lo que me pone del dinero:

- Que procede condenarle al pago de la cantidad de 1483 € en concepto de provisión a cuenta del importe definitivo del crédito de la comunidad demandante.

- Que procede a condenarle al pago de una cantidad de 800 € en aplicación a las disposiciones del artículo 700 del NCPC

_ Que procede a ordenar la ejecución provisonal de la sentencia que se dicte, a pesar de la paelación y sin caución
CONSIDERANDO QUE EXISTE URGENCIA

A mer si me puedes ayudar porque no entiendo lo del artículo,m he buscado por internet y me salen artículos sobre las seañales de tráfico.

Si el juicio no se ha celebrado, porque se anuló la denuncia, entonces este supongo que lo que pedía la comunidad no?
Que lio, espero que aunque te esté mareando un poco me puedas ayudar o cualquiera que me lea..

Muchas gracias,

Victoria
 
C
carolcar
25/11/2009 18:09

Ellos deberían darte la minuta del letrado, si es que los 795€ son de eso y entonces veríamos que conceptos son los que el abogado ha minutado. Podría haber minutado por la redacción de la demanda xej.
En definitiva sin una factura o una minuta no tendrías que pagar nada.
Los abogados no cobramos a tanto alzado, sino que existen unas normas que regulan lo que podemos cobrar por cada uno de los trabajos que realizamos y si cobramos tenemos que hacer nuestra correspondente factura. Solo debes exigir o tu mnuta o la que el abogado hizo a la comunidad de propietarios.
De todas formas ya me gustaría a mi cobrar por una deuda de 1000€, una minuta de casi 800€.
Mi consejo, pide explicaciones antes de pagar.

 
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VictoriaLegaz
25/11/2009 17:44
ADMINISTRADOR22 dijo:

En mi experiencia personal es el juzgado el que condena o no a las costas, aunque no se celebre juicio, los abogados tienen unos baremos que pueden cobrar por iniciar estos trámites aunque no se realice juicio, peo si no has sido condenada a las costas no tendrías que pagarlo, incluso el juzgado puede directamente notificarte que no tienes que pagar nada, por lo menos aquí en España y te hablo de reclamaciones de 14.000€ donde el propietario a pagado sin llegar a juicio y el abogado no cobra por que así lo decide el juzgado al no condenarle a costas otra cosa es que a hora se lo reclamen a la comunidad y la comunidad quiera que lo Pagés tu.

Un Saludo.



Entonces, por lo que he entendido, si no hay juicio no estoy obligada a pagar los gastos del abogado? me podría negar diciendo que no estoy de acuerdo, o la comunidad de vecinos podría emprender otra acción judicial?

Gracias de antemano,

Victoria
 
V
VictoriaLegaz
25/11/2009 17:40
carolcar dijo:

yo les respondería mediante un burofax muy educado, diciendoles que no es tu intención no atender el pago, y que el mismo será efectuado tan pronto como tengas una explicacion clara de los conceptos por los que surge esa deuda, que les ruegas que te aclaren pues a día de hoy no eres consciente de que motivos pueden justificar ese importe.
Tampoco te agobies mucho, pues si quieren cobrar y tu no pagas tendrán que acudir a la vía judicial, esto es tendrían que presentar una demanda de la que te darían traslado y a la que podrías allanarte, esto es aceptar lo que se te pide si es justo.
Si necesitas ayuda no dudes en pedirmela.


Pero sí que se de que es la denuncia, sólo que ellos en su momento me dijeron  que si hacia el pago, la denuncia se retiraba por lo tanto no habría gastos y ahora me imputan el gasto del abogado por la denuncia impuesta, es lo que no entiendo como si no se ha celebrado jucio, la Asamblea de vecinos decide que lo pague yo, cuando en ningún momento me dijeron que a partir de cierta cantidad se denunciaba atomáticamente. Por eso no se si puedo negarme a pagar esta cantidad porque claro si me niego y me vuelven a llevar a juicio, serán 1600 €...

Muchas gracias a todos por vuestras respuestas XD
 
C
carolcar
25/11/2009 16:56
yo les respondería mediante un burofax muy educado, diciendoles que no es tu intención no atender el pago, y que el mismo será efectuado tan pronto como tengas una explicacion clara de los conceptos por los que surge esa deuda, que les ruegas que te aclaren pues a día de hoy no eres consciente de que motivos pueden justificar ese importe.
Tampoco te agobies mucho, pues si quieren cobrar y tu no pagas tendrán que acudir a la vía judicial, esto es tendrían que presentar una demanda de la que te darían traslado y a la que podrías allanarte, esto es aceptar lo que se te pide si es justo.
Si necesitas ayuda no dudes en pedirmela.
 
V
VictoriaLegaz
25/11/2009 16:29
Buenas tardes,

La denuncia que me envío el juzgado, era desde Puigcerdá (Gerona), por lo tanto supongo que será de acorde a las leyes españolas... realmente no se si me puedo acojerme a algo para negarme a pagar la imputación ya que no se ha celebrado el juicio y la denuncia ha sido retirada.

¿Puede en este caso imputar el impago la comunidad de vecinos? y no lo puedo revocar?
Gracias de antemano,

Victoria

PD He estado hablando con la agencia por teléfono y no sabe responderme a las preguntas, incluso le he comentado que xe en el recibo que se ha enviado vía burofax no pone que son gastos de abogado y tampoco me han sabido dar respuesta... de verdad, estoy desesperada
Editado por VictoriaLegaz 25/11/2009 16:32
 
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MACADI
25/11/2009 14:49
Y sobre lo de que la asamblea (junta de propietarios) aprueba  imputarte 795 €.  Supongo que tendrán que tener unos gastos  debidos al asunto y que han aprobado que   los pagues tú.   Fijate si aprueban  8.000 € o lo que les de la gana.

Creo que debes hablar con el gabinete, si es posible por correo electrónico, para que quede constancia de las respuestas.
Y tb. con el presidente de la comunidad.

Suerte
 
M
MACADI
25/11/2009 14:41
Aunque desconozco la ley francesa, entiendo que será parecida,
el gabinete que lleva la comunidad (administrador), tendrá que informarte de las convocatorias de juntas, de los acuerdos que se toman en ellas.
Por lo que cuentas no te informan de nada. 
No tienen una dirección tuya, correo electrónico, etc.

Saludos

 
C
carolcar
25/11/2009 13:37
A las cuestiones jurídicas es dificil responderte pues a tu caso resulta aplicable la legislación francesa sobre comunidades de propietarios.
En principio el error que veo en el relato de los hechos es no tener prueba por escrito de nada de lo que comentas, debes de tener en cuenta que incluso un simple correo electrónico, con corfirmación de lectura es prueba, al menos en los tribunales españoles.
 

Fin del hilo
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