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juan--jose
18/03/2010 11:26

SE PUEDE VOTAR DOS VECES EL MISMO TEMA EN UNA COMUNIDAD DE VECINOS

¿Se puede convocar una junta para volver a votar un tema ya tratado?

14.540 lecturas | 12 respuestas
Somos una comunidad de vecinos, en la cual se provoco una Junta General Extraordinaria para tratar la sustitución de una barrea arquitectónica en la zona común. Este tema se voto y se aprobó con 8 votos a favor y 5 en contra. Los 5 que votaron en contra, quieren convocar una nueva reunión para volver a votar el mismo tema. Mi pregunta es la siguiente:

Se puede volver a votar un mismo tema en la misma junta de gobierno ó tendrían que esperar a la próxima junta de gobierno para poderlo poner en el orden del día.

Atento a vuestras noticias os saludo, atentamente.
 
J
juan--jose
30/03/2010 14:42
Caso de que la votación salga empatada,  que decisión se toma, ¿habría que volver a convocar una nueva reunión extraordinaria?,

Saludos.
 
P
PEPE123
30/03/2010 14:30
Dos apuntes.
1 .- Nadie tiene prioridad de voto, todos los votos son iguales.
2 .- Cuando la LPH habla de eliminación de barreras arquitectónicas, se refiere no solo a discapacitados sino también a personas mayores de 70 años, pero no es lo mismo que el voto "valga más"

Este es el artículo 10, punto 2 de la ley
 
2. Asimismo, la comunidad, a instancia de los propietarios en cuya vivienda vivan, trabajen o presten sus servicios altruistas o voluntarios personas con discapacidad, o mayores de setenta años, vendrá obligada a realizar las obras de accesibilidad que sean necesarias para un uso adecuado a su discapacidad de los elementos comunes, o para la instalación de dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan su comunicación con el exterior, cuyo importe total no exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.

Saludos
 
J
juan--jose
30/03/2010 10:06


En nuestra comunidad no hay nadie con ningún tipo de minusvalía, mas bien  hacemos la rampa o plataforma como previsión a futuro. Por lo que he visto en el   foro, se puede votar las veces que requieran la mayor parte de vecinos.
Caso de la votación salir empatada que decisión se toma, ¿habría que volver a convocar una nueva reunión extraordinaria?, ¿o se valora la votación de los propietarios mayores de 70 años?. Me han comentado que la LPH contempla que las personas mayores de 70 años, se entienden como minusvalidos y tiene prioridad su voto en la eliminación de barreras arquitectónicas.

Por favor te agradecería me contestaras a las inquietudes mencionadas.

Atento a tus noticias, te saludo muy atentamente.
 
J
juan--jose
24/03/2010 21:43
Buenas noches y muchas gracias por tu aportación.

El tema esta en que los vecinos que querían plataforma han conseguido del 25% de firmas para provocar una nueva reunión y hay algunos vecinos que quieren cambiar el voto, por lo que lo de la rampa lo veo difícil que se haga. Pero el tema estaba, que este amigo me había hecho el ejemplo del ascensor en un edificio antiguo como te he comentado en el anterior post, de todas formas muchas gracias por tu información y si tengo alguna inquietud ya te la are llegar por este medio.

Saludos.
 
P
PEPE123
24/03/2010 19:46

Yo había entendido que en la junta anterior habiais acordado hacerlo. No obstante, salvo que sea muy caro, es una mejora que os puede venir bien en el futuro, por lo que (yo, particularmente) lo haría.
En cuanto a no pagar, pues no estoy muy seguro, ya que parece que se trata de salvar una barrera arquitectónica para favorecer a discapacitados, y en ese caso, según el artículo 17-1 de la LPH solo hace falta mayoría, y según el artículo 11-1 no se pueden exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, pero en este caso es para la accesibilidad, por lo que entiendo que tienen que pagar todos los porpietarios.
 

 
J
juan--jose
24/03/2010 18:13
Gracias por tu pronta contestación.

Tienes toda la razón esta mañana ya han convocado la nueva reunión.

Hablando con un amigo me ha comentado que como el tema a tratar no es imprescindible, puesto que el colocar una rampa o un salva escaleras es por si alguien a futuro tiene una necesidad de usarlo. Además, el edificio tiene 30 años y en ese tiempo cada uno se ha apañado como ha podido. Me ha comentado, que puedo autorizar a que pongan el salva escaleras, pero a la vez me puedo negar a participar en el gasto y al mantenimiento alegando que no lo voy a utilizar.

Este tema según me ha comentado este amigo, es muy común en la colocación de nuevos ascensores en edificios antiguos, puesto que hay veces que los vecinos de las primeras plantas se niegan hacer el gasto. En estos casos suelen colocar ascensores con llave para que no tengan parada en las primeras plantas.

Te agradecería me dijeras si estoy en lo cierto, o es imprescindible que busque una mayoría.


Saludos.
 
P
PEPE123
24/03/2010 17:51
Según la LPH, el 25% de los vecinos, que a su vez tengan un 25% de cuotas pueden proponer una junta, con los temas que sean.
Así que tendrás que buscarte el apoyo de los restantes para tener mayoría en el tema que comentaste.
 
J
juan--jose
23/03/2010 14:54

Segun los posts anteriores los vecinos menos votados han conseguido 6  firmas para convocar una nueva reunion extraordinaria con la misma orden del dia. Mi pregunta es la siguiente.:

Somo 14 vecinos en la comunidad.  ¿ 6 vecinos son los suficientes para convocar una reunion extraordinaria con la  misma orden del dia ya votada hace dos meses? Segun la L.P.H. cuantos vecinos serian necesriaos para convocar  una nueva reunion.


Atento a vuestras noticias, os saludo muy atentamente. 
 
 
J
juan--jose
18/03/2010 18:46

Muchas gracias por tu aclaracion.

 
P
PEPE123
18/03/2010 18:39

En principio, nada impide que se puedan discutir y votar las cosas tantas veces como los propietarios quieran, y en ese sentido, si los que perdieron la votación solicitan y consiguen hacer otra junta extraordinaria, pueden volver a someter a votación el mismo tema.
La única forma de evitarlo es hacer cumplir lo acordado en la junta anterior, y ejecutar la obra YA.
Dices, literalmente  "De momento el administrador lo ha paralizado todo hasta que no hagamos la nueva reunion", el administrador no es quien para paralizar un acuerdo de la junta de propietarios, salvo que tenga el mandato del presidente en ese sentido, que por otra parte tampoco es quien para tomar esa decisión. Lo que tiene que hacer el administrador es ejecutar lo que la junta ha acordado, con ello os evitariais el problema que planteas.
Me da la impresión de que alguien ¿administrador? ¿presidente? está tomando decisiones que no le competen, desobedeciendo el mandato de los propietarios acordado en junta. Aclarad por qué están haciendo esto, y plantearos removerlos de sus cargos.


 

 
J
juan--jose
18/03/2010 14:30
Gracias por tu pronta contestación.

Entonces según me dices, el resto de los propietarios menos votados reuniendo la mayoría de firmas no pueden provocar otra Reunión Extraordinaria con el mismo punto del día que la reunión anterior, para volver a votar una propuesta ya votada. 

De momento el administrador lo ha paralizado todo hasta que no hagamos la nueva reunion, ¿esto es posible?

Yo entiendo que se puede poner en la orden del dia y votar en la proxima junta,  pero en la actual ya esta votado como tu dices.  

Por favor mira si me puedes aclarar estos temas, y si no te es muy complicado dime en que articulo de la LPH esta reflejado.

Espero tus noticias y muchas gracias.
 
CMD_gestion
CMD_gestion
18/03/2010 13:33
Si la junta de propietarios ha aprobado por mayoría una cosa, la junta directiva tendrá que llevar a cabo lo decidido, en caso contrario, podrán tomar las medidas legales oportunas.

Esperamos haberles servido de ayuda, un saludo.
 

Fin del hilo
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