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O
osososcar
24/03/2011 18:55

coeficiente mal alquiler partes comunes

¿Cómo reclamar a la comunidad de propietarios por cobros indebidos?

2.920 lecturas | 1 respuestas

Yo tengo un local como propietario dentro de un centro comercial, me están cobrando, los gasto comunes mas la publicidad y los eventos del cita centro.
Se están alquileres (pasillos) de partes comunes, publicidad en los pasillos, publicidad en la fachada y no nos rebajan la cuota de comunidad, siguen cobrando las cuotas igual, sin ningún tipo de rebaja.
Le enviado un buro fax que decir:
1º Requiero la revisión de los coeficientes de la comunidad de vecinos según ley de LPH, 17 Y 18 reclamada por mí desde la primera junta de propietarios y reconocido por la comunidad.
2º Quiero un justificante de la comunidad de propietarias de los ingresos extra de que cobran no en el global de la entrada de dinero, alquileres de partes comunes, publicidad en los pasillos, publicidad en la fachada y en distinto sitios de la mancomunidad.
3º Quiero por parte de la comunidad de propietarios que se termine con la competencia desleal contra los propietarios que alquilamos los locales. Dejando las partes comunes sin alquilar, por seguridad y competencia desleal contra los propietarios que alquilamos ya que hay muchos locales sin alquilar.
Pido una fotocopia de los permisos del ayuntamiento y para alquilar las partes comunes y si en los recibos de la cesión de estas partes comunes tienen gastos de comunidad de propietarios, o tenemos algún descuento los propietarios sobre estos alquileres.
4º Pido a la comunidad de propietarios que en el recibo justifiquen de los gastos comunes limpieza, portería, luz.
Pongan lo que se cobra todos los meses de ingresos extras y descontando de la cuota del mes.

5º Estan cobrando el IVA en todos lo recibos y no lo declaran a hacienda.
Si algún comunitario quiere otra cosa extra que la paguen el.
Esto se lo reclamado a comunidad de propietarios por medio buro fax.
Creen que podía ganar una demanda contra la comunidad de propietarios y si supieras donde hay jurisprudencia os lo agradecería
Oscar rodriguez

 
daigual
daigual
25/03/2011 10:40

Con todos los datos que comentas, sólo tienes que contratar abogado e iniciar demanda si éste te lo aconseja.

 

Fin del hilo
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