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pinante1
pinante1
28/07/2011 08:04

comvocatoria

1.425 lecturas | 3 respuestas

hola buenas, quisiera saber. para que los vecinos comvoquen una junta, ¿cual es el porcentaje de vecinos que deben de pedirla para que sea legal? gacias de antemano.

 
pinante1
pinante1
28/07/2011 10:49

gracias por la aclaracion, briandera. saludos

 
Briandera
Briandera
28/07/2011 09:21

Ley de Propiedad Horizontal.

Art. 16

1. La Junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación.
2.
La convocatoria de las Juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9. La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2.
 

 
NV75
NV75
28/07/2011 09:12

25%, pero no si tiene que ser un 25% del total de coeficientes de participación. a ver si algun amable experto de los que hay por aquí nos lo aclara,

 

un saludo

 

Fin del hilo
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