pasacero dijo:
Efectivamente lo legal es como lo están haciendo.
No permita artimañas de vecinos que ya conocen la LPH y su funcionamiento. Puesto que al escriturar el piso los notarios nos preguntan y firmamos. Si lo aceptamos, no se comprende como posterior se pretende cambiar. Posiblemente lo que se pretende es engañar. Hay mucho especialista en ello.
Artículo 3
A cada piso o local se atribuirá una cuota de participación con relación al total del valor del inmueble y referida a centésimas del mismo. Dicha cuota servirá de módulo para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad. Las mejoras o menoscabos de cada piso o local no alterarán la cuota atribuida, que sólo podrá variarse por acuerdo unánime.
Editado por pasacero 22/08/2011 22:30
Editado por pasacero 22/08/2011 22:30
En la comunidad de mi padre se fundo los estatutos de la siguiente manera: Hay un vecino en el segundo que son siete personas y otro en el cuarto con una vivienda mas grande que es solo una persona, hay una persona en el doce que esta la mayor parte de su tiempo fuera de la misma y seis personas permanente en el primero,¿usa mas el servicio de ascensor el del doce y el cuarto que los otros dos? ¿usan la misma iluminacion de escalera? ¿ensucian mas las paredes comunes los del doce y cuarto que los otros? curiosamente al formar los estatutos esta exposicion la hizo un presidente que habia comprado un piso pequeño y se acepto por unanimidad,¿curioso? ¡si!, años mas tarde un vecino nuevo demando en Juzgado por parecerle injusto, el Juez le recrimino que tubo la ocasion de asistir a la primera junta y no lo hizo ni inpugno los estatutos,veredicto: asi debe de permanecer mientras no se haga otra junta y se cambien los estatutos por unanimidad, ( solo se paga por coeficiente las reparaciones de fachada,terrazas,y seguros), año 2011 compra un nuevo vecino protesta,le damos la sentencia, nos demanda (con abogado de oficio) y volver a empezar.