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susanita28
26/03/2012 16:36

ayuda urgentemente tablon d anuncio

¿Me pueden multar por violar la ley de protección de datos de los propietarios?

14.632 lecturas | 11 respuestas

Hola... es la primera vez q escribo y necesito ayuda urgentemente.. soy la presidenta d mi comunidad... en la ultima reunion se acordo poner mensualmente en el tablon d anuncios... la situacion de cada propietario..osea lo q tng puesto es el numero d vivienda el nombre del propietario y la deuda contraida o en su caso el mes trachado q ha pagado... pues bien me acaba d venir a ofrecer sus servicios una administradora d finca y le dije q lo propondia en la siguiente reunion y me comenta q las cosas se estan haciendo mal en esta comunidad pues ha visto en el tablon d anuncio la lista d los vecinos cn sus nombres y deuda o si estan al pago y q estoy invadiendo la privacidad y pasando por alto la ley d proteccion d datos y q me pueden multar por ello? es cierto? q hago? lo kito? los vecinos fueron los q me lo exigieron y sta aprobado en acto.... me ha metido miedo lo kito?


Editado por susanita28 26/03/2012 16:37
 
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PEPE123
20/06/2012 23:44

grangato dijo:

PEPE123:

Me parece que tu respuesta no es nada correcta, ya que todas las personas no tienen la misma preparación ni conocimientos en gramática.Si haces un esfuerzo lo comprenderás y si no lo comprendes pregunta y  quizás la persona que escribe o cualquier otra te lo aclare.

Hay que ser mas humano y menos prepotente. 

 

No sé a que viene esto ahora, después de 3 meses. Será que te has dado de alta hace poco y estás revisando mensajes antiguos.

Y no se trata de no ser humano o ser prepotente, o no entenderlo. Lee atentamente el primer mensaje, y verás que no se trata de conocimientos de gramática, del idioma, etc, sino de dar patadas al lenguaje, con abreviaturas absurdas, que solo hacen que dificultar la lectura, y es algo que a a mi me molesta.

 
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Fixin
14/06/2012 11:55

En relación con la cesión, el artículo 11.1 LO 15/1999 de 13 diciembre 1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. dispone que los datos de carácter personal objeto de tratamiento sólo podrán ser comunicados aun tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado, si bien será posible la cesión inconsentida de los datos en caso de que la misma se encuentre fundamentada en lo establecido por una norma con rango de ley (artículo 11.2 LO 15/1999 de 13 diciembre 1999 de Protección de Datos de Carácter Personal.).

En este sentido, entre las obligaciones impuestas por la Ley de Propiedad Horizontal (en los términos previstos tras su reforma, operada por la Ley 8/1999), en su objetivo de lograr que las comunidades de propietarios puedan legítimamente cobrar lo que les adeuden los copropietarios integrantes de las mismas, se encuentra la de dar publicidad a través de la convocatoria de la junta de propietarios de aquellos que no se encuentren al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad. Así, el artículo16.2 LPH respecto a la convocatoria de la junta establece, “la convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no están al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo15.2 LPH.”, lo que conlleva necesariamente el conocimiento de aquellos propietarios deudores, sin necesidad de recabar el consentimiento de los mismos.

En consecuencia, como la publicación obedece al hecho de que la convocatoria de la Junta, en la que deben figurar los datos a los que se refiere el artículo 15.2 LPH, no ha podido ser notificada a alguno de los propietarios por el procedimiento que la LPH indica, la cesión que implica la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios, se encuentra amparada por el artículo11.2 Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal., al estar fundamentada en una norma con rango de ley.

Por tanto, en las convocatorias se puede incluir una relación de propietarios morosos (deudas o recibos pendientes de pago) con los datos personales del propietario, dado que esta conducta tiene una base o justificación en la Ley .

 
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Fixin
14/06/2012 10:44

pasacero, hacer eso, poner la lista de los que están al corriente de pago infringe exactamente igual la LOPD.

Solo se puede poner el listado de morosos en el tablón de anuncios  cuando hay una convocatoria de Junta porque así lo ampara la ley ya que estos propietarios morosos deben estar identificados porque no tienen derecho a voto en la junta aunque si tienen derecho a asistir a la misma.

 
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REYKY
24/04/2012 01:42

Trabajo en una administración de fincas. No puedes poner en el tablón de anuncios ningún dato que permita identificar a un propietario, si alguien se decide a denunciarlo, puede caer una multa muy fuerte a la comunidad (hasta de 6000 euros). Para poner datos de un moroso en el tablón de anuncios hay que seguir estos pasos: primero hay que notificarle la deuda por burofax en su domicilio, si lo rechaza, sí se puede poner en el tablón pero solo por tres días y haciendo constar por qué se elige este modo de comunicación (ej.: se comunicó por burofax pero ha sido rechazado).

Te pongo este enlace donde está todo muy claro:

http://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/informes_juridicos/common/pdfs/2008-0188_Publicaci-oo-n-en-el-tabl-oo-n-de-avisos-de-la-comunidad-de-propietarios-de-los-deudores.pdf

Salu2

 
petrel
petrel
29/03/2012 22:14

Viva la solidaridad, Pepe hay muchas personas que apenas saben escribir y malamente manejarse con el ordenador.

 
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GEMAJO
29/03/2012 20:59

SI DESEAS TE PODEMOS AYUDAR LLAMANOS AL 651621714.

 
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PEPE123
26/03/2012 20:51

susanita28 dijo:

es la manera abreviada d escribir por internet.. sinceramente si kieres ayudar hazlo pero para fastidiar ahorratelo CARAJO

 

Perdona, es la manera de dar patadas al lenguaje.

Cuesta muy poco escribir bien, y no daña a la vista.

 
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susanita28
26/03/2012 20:42

es la manera abreviada d escribir por internet.. sinceramente si kieres ayudar hazlo pero para fastidiar ahorratelo CARAJO

 
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PEPE123
26/03/2012 20:40

Por mi parte, solo decirte que cuando dejes de darle patadas al lenguaje, quizá te conteste.

Y recomiendo a todos los foreros algo similar.

A ver si escribimos bien, por favor.

 
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susanita28
26/03/2012 18:50

ok muchas gracias por la respuesta ya mismo lo cambio

 
elenasf
elenasf
26/03/2012 18:37

No pongas Nombre y Apellidos, tan solo la vivienda y la deuda

 

Fin del hilo
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