Volver al foro
C
cleripol
21/08/2012 12:02

quieren cambiar un muro comunitario para hacer otro

¿Cómo puedo evitar que cambien la estructura de mi casa en la playa?

4.371 lecturas | 4 respuestas

Hola a todos, soy nuevo en el foro y quería haceros una pregunta.


Resulta que tengo una casa en la playa y está en una urbanización cerrada con una valla y un muro, pero varios vecinos tienen la puerta de la casa fuera de la urbanización.


Mi casa está acotada por un muro del cerramiento y lo aprovecho para sacar una mesa fuera .
Hay unos vecinos que dicen que ellos pagan la ampliación del muro (ya que la comunidad no tiene un duro ) con permiso de la comunidad, esto implicaría correr hacia fuera la puerta de la comunidad y ampliar el cerramiento en zonas comunes de la comunidad .
A mi no me importa que lo hagan, pero sin tocar el muro que ya tengo yo, hay dos posibles soluciones una tirando el muro y otra sin tirarlo (aunque el cerramiento así es mas pequeño y se hace un fondo de saco).


El presidente está empeñado en que se tire el muro porque dice que es zona común y la comunidad puede hacer lo que quiera (en realidad lo harían los vecinos(pagándolo ellos) con permiso de la comunidad), yo dudo que sea así que yo no pueda decir nada sobre ello.
El presidente me ha dejado a mi el problema, ya que dice que hay que tirar el muro o sino no se hace la ampliación de los vecinos, porque si no se harían corralitos y no se dejaría la libre circulación de los propietarios.


Yo no quiero que se tire y o bien que se deje el muro aunque se cierre el grande o se haga la ampliación del cerramiento de la forma mas pequeña y no se toque el muro donde mi casa.
 

He estado leyendo la ley de propiedad horizontal y creo que me puedo agarrar a esto.

Artículo séptimo.
El artículo 11 de la Ley 49/1960, de 21 de julio,sobre Propiedad Horizontal, queda redactado en los siguientes términos:
«1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad y seguridad del inmueble, según su naturaleza y características.
3. Las innovaciones que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un
propietario requerirán, en todo caso, el consentimiento expreso de éste.

O bien a esto.
Propiedad Horizontal, queda redactado en los siguientes términos:
«1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.

 


Por favor echarme una mano de como obrar para que no cambien la estructura que ya existe, si estoy obligado a esto por ser zonas comunes o bien puedo oponerme y si este es el caso cómo hacer, si mandarles un burofax antes de que lo hagan o bien que hacer.
Muchas gracias.
 

 
J
jobac
26/08/2012 17:25

Lo tienen que exponer en junta, es ILEGAL hacerlo con un escrito del presidente.

Lo que yo haría es poner un burofax al presidente exponiendo tu preocupación por lo que el mismo te ha comentado indicándo tu oposición y señalando que le harás personalmente responsable ya que la junta no ha autorizado a hacer nada tal y como obliga la LPH. Por tanto será él y no la comunidad la responsable de cualquier perjuicio que aquello te pueda ocasionar.

 
C
cleripol
22/08/2012 20:59

Gracias a todos ya me queda claro.

Lo que no se bien es como actuar ahora porque no creo que vayan a pedir permiso o a exponerlo en una junta, sino que van a hacer un papel firmado por el administrador,presidente y vicepresidente autorizando el cambio de cerramiento.

¿Debo notificar al administrador por escrito que me opongo a ese cerramiento por allí?,¿lo hago al presidente?.

¿Les mando un mail o un correo certificado ?, porque no creo que deba mandarles un burofax,¿verdad?.

Muchas gracias a todos por las respuestas tan rápidas.

Un saludo

 
J
jobac
21/08/2012 22:10

Para poder realizar la obra el acuerdo que la autorice requiere unanimidad.  Así que tu no tienes que convencer a nadie, deben convencerte a tí. Diles que si no mantienen el muro que quieres como está, tu voto es en contra y la obra no podrá hacerse. 

Si miras el artículo 12, la modificación de la estructura de la comunidad es una modificación del título constitutivo de la propiedad horizontal.

El artículo 17 dice claramente que los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes normas: "1.- La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad..."

Así que además de los permisos, y demás cuestiones necesitan la autorización de TODOS LOS PROPIETARIOS, no de la mayoría. 

 
E
elbonsai
21/08/2012 16:19

Ok el comentario anterior. Añadiria que si su cerramiento es llegal necesitan su consentimiento para hacer lo que pretenden, y en caso de que se hubiese hecho de modo ilegal y el plazo de prescipción hubiese cumplido de igual modo necesitan su consentimiento para hacer lo que pretenden. Por lo tanto creo que lo tiene bastante a su favor

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento