Si hubo satisfacción extrajudicial, mejor incluso para la comunidad, pero eso no empece la labor del letrado, que no es únicamente ante el Juzgado sino también en este tipo de acuerdos, contratos... etc.
Para que te hagas una idea, el Colegio de Abogados de Madrid no precisa en este tipo de asuntos una cuantía concreta, pero sí recomienda un mínimo de 300 euros más gastos (y las normas orientadoras ya son bastante antiguas).
Por tanto, creo que unos honorarios de 450 euros, gastos incluidos, es una minuta más que aceptable para ese supuesto.
Lo que supongo que será un error será lo del procurador y todo el importe de la factura será del abogado.
Antiquo.