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tony0001
tony0001
12/11/2012 21:35

Junta Extraordinaria

¿Es obligatorio avisar al Secretario-Administrador al convocar una junta extraordinaria para revocar las atribuciones del administrador en las cuentas bancarias?

2.801 lecturas | 2 respuestas

Hay obligación de avisar al Secretario-Administrador, al convocar una junta extraordinaria de propietarios, ya que le vamos a revocar las atribuciones que tiene el administrador en las cuentas bancarias.

Puede el Vice-Presidente convocar la junta extraordinaria.

Saludos tony0001

 
tony0001
tony0001
13/11/2012 09:12

Gracias Antiquo

 
tony0001
tony0001
12/11/2012 22:31

pasacero dijo:

tony0001 dijo:

Hay obligación de avisar al Secretario-Administrador, al convocar una junta extraordinaria de propietarios, ya que le vamos a revocar las atribuciones que tiene el administrador en las cuentas bancarias.

 Saludos tony0001

NO, Si la convocan el o los propietarios con  el 25%  de cuotas. Nombran un presidente  y un secretario para la reunión en cuestión, y lo que allí se decida por 3/5  de los propietarios, totalmente válido, transcurridos 30 días, por si los ausentes muestran  su discrepancia.

Lease art, 17.1

Editado por pasacero 12/11/2012 22:09

Gracias pasacero


Editado por pasacero 12/11/2012 22:19

 

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