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asolar
29/09/2013 15:41

La presidencia es de la persona o de la vivienda

¿Quién puede ejercer la presidencia en una comunidad de propietarios?

1.908 lecturas | 2 respuestas

Buenas.

Una duda. ¿La presidencia recae sobre una persona concreta o sobre una vivienda? es decir, si soy copropietario de piso junto con mi mujer y nos tocase la presidencia.

¿Podríamos ella y yo ejercer la función de manera indistinta? ¿Cómo se resuelven los conflictos que esto pudiera ocasionar?.

Gracias!!

 
BOIRA_A
BOIRA_A
06/10/2013 12:40

Pues yo creo que la presidencia, no es de nadie en particular, sino de la propia comunidad, por lo tanto si el presidente se va de la comunidad cesa de sus funciones y como ya han señalado debe elegirse a otro o que siga en el cargo el vicepresidente hasta que se haga la nueva junta de propietarios

 
ADASgestion
ADASgestion
29/09/2013 18:09

La Presidencia la debe asumir un propietario.

En su caso dos propietarios del inmueble:

Si el inmueble perteneciese pro indiviso a varios propietarios éstos nombrarán un representante para asistir y votar en las Juntas, asi como para ejercer de Presidente.
Solo puede haber un Presidente.

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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Fin del hilo
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