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PabloJM
15/07/2014 14:20

Duda/Consulta Comunidad de Propietarios, junta rectora

¿Es legal la modificación del horario de la piscina en mi comunidad?

3.210 lecturas | 3 respuestas

Buenas, quería consultar unas medidas que se han llevado a cabo en mi comunidad y saber si es correcto. No es un caso de vida o muerte, pero me parece importante comentarlo y resolver la duda.

El caso es que la administración de la finca envió un Email con una encuesta para que votasemos el horario de piscina que queríamos escoger dandonos 3 opciones a elegir.

Las opciones eran A, B o C. La que salió mas votada fue la opción A la cual suponía que la piscina de lunes a viernes unicamente abriría por las tardes y los fines de semana mañana y tarde.

Las opciones B y C eran a jornada partida (mañana y tarde) pero con diferente distribución de horas.


El caso es que hoy recibo un email por parte de la administración diciendo que en la junta rectora decidieron modificar este horario. Entonces yo me pregunto, ¿el voto del presidente de la comunidad vale mas que el resto? ¿Para que hacen la encuesta? ¿tiene caracter legal la encuesta realizada?¿es correcta esta modificación? ¿Se puede reclamar por algun medio, aparte del obvio a la administracion/junta rectora?

Muchas gracias,

Un cordial saludo
 

 
S
snzs
16/07/2014 10:10
Pues ya dirá, pero tiene pinta de que ese documento no va a llegar.
Un saludo
S&T
Administradores de Fincas
Abogados
cristina.gs_10176@cafmadrid.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
P
PabloJM
16/07/2014 08:33

Muchas gracias por la respuesta,

Solicite ayer vía email el documento que refleje esas competencias. Estoy a la espera de contestación...

Un saludo

 
S
snzs
15/07/2014 15:41
Pidale a su administradora el documento que refleje las facultades de la junta rectora.
Habría que ver si se delegó en la misma la facultad de decidir el horario.
Si no fuera así lo procedente es que se decida por junta de propietarios, salvo como le digo que se haya delegado en el presidente la elección del mismo.
S&T
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