BUENAS NOCHES
EN MI COMUNIDAD CUANDO HAY UNA ASAMBLEA BIEN ORDINARIA O EXTRAORDINARIA EL ADMINISTRADOR PERMITE QUE ASISTAN SIN UTILIZAR NINGUNA PODER DE REPRESENTACIÓN A PERSONAS QUE NO SON PROPIETARIOS (PUEDEN SER HIJOS QUE NO CONVIVEN CON LOS PADRES O PRIMOS, NIETOS, ETC)
MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE: ¿ES ESTO LEGAL, A QUIEN SE LE CONSIDERA PROPIETARIO A LA PERSONA QUE ESTA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD?.
¿SE LE CONSIDERA PROPIETARIO A UNA PERSONA QUE REZA EN UN TESTAMENTO PERO NO HA EJERCIDO EL MISMO?
PUEDO OBLIGAR AL ADMINISTRADOR A (QUE ESAS PERSONAS QUE NO CONSTAN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y QUE SE PRESENTAN SIN EL PODER DE REPRESENTACIÓN) A QUE NO PUEDAN VOTAR.
MUCHAS GRACIAS A TODOS.