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lumbyna
lumbyna
30/08/2015 12:46

Proceso monitorio

¿Cuál es el plazo para enviar un burofax previo al monitorio después de una junta extraordinaria?

5.111 lecturas | 15 respuestas

Aunque hay varios articulos en internet donde se explica como proceder ante un monitorio me surgen algunas dudas. Ya hemos celebrado la junta extraordinaria y se ha acordado que se vaya contra los vecinos que superen los 700€ de dueda. Algunos de ellos nos están diciendo que la pagarán, se puede esperar para proceder en el siguiente paso? Es decir, en enviar los burofax? O hay un tiempo limite despues de la junta en el que hay que comenzar con el proceso. El acta de la junta sabemos que se manda en pocos dias, pero el burofax previo al monitorio tb es urgente?

 

 
E
elbonsai
09/09/2015 11:57
Para mi gusto lo ha explicado usted muy bien. Y coincido con usted en pasos como en experiencia.
Un saludo
 
E
elbonsai
09/09/2015 10:30
Para mi gusto lo ha explicado usted muy bien. Y coincido con usted en experiencia.
Un saludo
 
Jomaruiz
Jomaruiz
09/09/2015 09:44

Buenos días, 

Intentare darte mi punto de vista y bajo mi experiencia personal.

 

1º - La Junta debe de aprobar todas las deudas y su posterior reclamación judicial.

2º - Se entiende que a los propietarios que no se les empezara la reclamación será porque han firmado un compromiso de pago con la Comunidad, el cual deberá constar en el acta, previsto de unos pagos bien estructurados y en caso de incumplimiento poder iniciar el monitorio.

3º - El acta deben de enviarla en el plazo maximo de 10 días, como bien te han indicado, dias arriba, dias a bajo no importan y para enviar el burofax no hay plazo, eso si, en el buro fax si debereis indicar un plazo minimo de 20 días para pagar a los morosos.

4º - La ley indica que para monitorios con importe de 2000 € la propia comunidad puede realizarlos gratuitamente, sin tener que contratar abogado y procurador y superada está contidad obliga a contratarlos.

5º - Hay Juzgado que no te adminitran los gastos (así lo indica la ley) por debajo de los 2.000 € de deuda y hay Juzgado que si que los aceptaran. (Si son del mismo partido Judicial, mejor que entre los Secretarios Judiciales no llegen a un acuerdo, pues muy probablemente, aceptaran empezar a rechazarlos).

Espero haberte aclarado dudas.

Saludos

 
E
elbonsai
08/09/2015 13:30
Siempre era una palabra demasiado definitiva, y le aseguró que no es aplicable en este caso. Nosotros nunca utilizamos los servicios de procurador. Por otro lado el abogado tampoco se lo cobra a las comunidades ni a los profesionales o particulares a los que hemos ayudado. No somos presidentes, ni administradores, somos un grupo de gente que dedicamos una parte de nuestro tiempo libre a ayudar a personas que lo necesitan. De modo totalmente altruista, lo que viene siendo un voluntariado. En el 95% de los casos no llegamos ni tan siquiera a juicio verbal, y en los pocos casos que hemos llegado la sentencia estima la deuda y y los gasto excepto el de abogado cito textualmente"" los gastos de abogado no proceden"". No sólo hemos realizado y realizamos procesos mingitorios por deuda de comunidad, sino también de pequeños profesionales a los que sus clientes se han negado a abonar facturas. Las que superan los 2000 euros han sido ganadas incluidas las minutas de abogado. No dudó para nada de su experiencia, me limitó a relatar la nuestra, de la cual no puedo aportar documentación por la tan traída ley de protección de datos. Tampoco intento convencer a nadie, sólo dar fe de una experiencia diferente y real. Le aseguró que las experiencias son algunas increibles, tanto por las alegaciones de los morosos, como por las resoluciones. Hemos encontrado en la misma cuidad juzgados muy sensibles con las comunidades y otros muy a favor de entender a los morosos para los cuales hemos precisado de unas actas muy pero que muy explícitas al reflejar los comentarios soberbios de los morosos en junta, que distaban mucho de los escritos de alegación que presentaban en el juzgado.
Sólo reiterar que no cobramos absolutamente nada por los casos que aceptamos, fuera parte de este voluntariado, cada uno de nosotros tenemos nuestro trabajo.
Un saludo
 
J
JUANKARLOSSS
08/09/2015 07:59

sencillamente, su abogado y procurador no la solicitan al juzgado y se lo cobran a su Comunidad

desidia que pagan los propietarios sin tener porqué

siempre se autoriza el pago de las costas a cargo del moroso, insisto, siempre, sean del importe que sean

 
E
elbonsai
07/09/2015 12:35
Para mi todas las,experiencias son buenas. En mi caso ninguna se han abonado a la comunidad o a particulares las costas de abogado y procurador , cuando los importes eran inferiores a 2000 euros. Ni en los casos en que el deudor ha reconocido la deuda y ha abonado la misma antes de llegar a juicio verbal. Ni en los que se ha llegado a juicio verbal y el juez ha condenado al moroso al pago de la deuda. En todos lo casos se han concedido los intereses correspondientes y los gastos de burofax e incluso los generados por los embargos de bienes distintos al inmueble objeto de la deuda.
Un saludo
 
ADASgestion
ADASgestion
07/09/2015 10:48
Yo aun no conozco ningún caso que el juez no aplique las costas al moroso
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
J
JUANKARLOSSS
05/09/2015 07:13

soy el presidente de una gran urbanización con numerosos morosos

durante este año hemos presentado 37 monitorios, casi todos menores de 2000 euros y en TODOS los casos se han repercutido las minutas de abogado y procurador al deudor.

Y en muchos casos obligados por el Juzgado si no han accedido a pagarlo amistosamente

Creo que queda bastante claro y así lo contempla la Ley

 
E
elbonsai
04/09/2015 12:16
Me conozco el artículo, pero le reítero por experiencia amplia en mingitorios, no sólo de comunifad sino de otras deudas. Que por importes inferiores a 2000 euros el juzgado no concede los honorarios del abogado. Los artículos son el reglamento legal, pero los pequeños detalles que van implícitos en los mismos son los que valora el juez.
 
E
elbonsai
04/09/2015 12:16
Me conozco el artículo, pero le reítero por experiencia amplia en mingitorios, no sólo de comunifad sino de otras deudas. Que por importes inferiores a 2000 euros el juzgado no concede los honorarios del abogado. Los artículos son el reglamento legal, pero los pequeños detalles que van implícitos en los mismos son los que valora el juez.
 
F
Fixin
04/09/2015 08:57

elbonsai dijo:

El papeleo es mas sencillo de lo que parece y no conlleva gasto alguno para una deuda de 700 euros, por lo que no le aconsejo contratar abogado, ya que caso de acerlo los honorarios del mismo no podrán repercutirse al deudor, y por tanto los asumirá la comunidad. 

Art. 21.6 LPH: Cuando en la solicitud inicial del proceso monitorio se utilizaren los servicios profesionales de abogado y procurador para reclamar las cantidades debidas a la Comunidad, el deudor deberá pagar, con sujeción en todo caso a los límites establecidos en el apartado tercero del art. 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , los honorarios y derechos que devenguen ambos por su intervención, tanto si aquél atendiere el requerimiento de pago como si no compareciere ante el tribunal. En los casos en que exista oposición, se seguirán las reglas generales en materia de costas, aunque si el acreedor obtuviere una sentencia totalmente favorable a su pretensión, se deberán incluir en ellas los honorarios del abogado y los derechos del procurador derivados de su intervención, aunque no hubiera sido preceptiva.

 
E
elbonsai
03/09/2015 23:53

Para enviar el acta tienen diez dias, aunque pocas comunidades cumplen ese plazo y tampoco pasa nada si pasa algún día mas.

El plazo para enviar el burofax salvo que se acuerde en junta un plazo concreto ,será el que el presidente decida, pues es a él a quien corresponde realizar las gestiones del monitorio. Si como dice hay vecinos que han dicho de pagar, mi consejo es que el presidente les notifique en un escrito que adjuntará con el acta que le da un plazo, no muy largo, para abonar la deuda. A la vez que dicho escrito refleje que el burofax tiene un coste que se reclamará al deudor con la deuda que ya mantiene con la comunidad.  El papeleo es mas sencillo de lo que parece y no conlleva gasto alguno para una deuda de 700 euros, por lo que no le aconsejo contratar abogado, ya que caso de acerlo los honorarios del mismo no podrán repercutirse al deudor, y por tanto los asumirá la comunidad. 

 
lumbyna
lumbyna
30/08/2015 16:05

También tengo otra duda, en la reunion extraordinaria se acordó que se recurriría contra los morosos que tuvieran una deuda superir a 700€, en este caso son 5 propietarios, pero que tb se haría contra el resto cuando llegaran a esta cantidad. Claro, en el acta viene reflejados los 5 propietarios que tienen dicha deuda en este momento. Mi duda es, si dentro de 3 meses hubiera, por ejemplo, 3 propietarios q tuvieran esta deuda, se podría comenzar contra ellos otro procedimiento monitorio? O abria que convocar otra junta para tratar este asunto?

 
lumbyna
lumbyna
30/08/2015 13:19

Pero mi duda es:

cuantos dias tenemos para enviar el acta?

cuantos dias tenemos para enviar el burofax?

 
ADASgestion
ADASgestion
30/08/2015 13:00
Tras el acuerdo de Junta deben enviar burofax a los morosos con certificado de texto.
En el caso que no abonen la deuda en los días que se cite tendrán que ir por vía judicial
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

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