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rrsoria1
18/10/2015 14:18

EDIFICIO CON MÁS DE 46 AÑOS - ASCENSORES

¿Es posible instalar ascensores en una comunidad con portales excluidos?

1.193 lecturas | 3 respuestas

Buenos días a todos:

Y aprovecho para presentarme en este foro. Verán la Comunidad consta de un edificio que es a su vez una manzana, en el cual viven personas de todo tipo, incluso hay un minusválido en un primer piso. Tiene 7 portales, todos y cada uno de ellos están excluídos de la Comunidad a día de hoy, por lo que los gastos de limpieza, luz, mantenimiento, etc., etc., se dividen entre los vecinos que cada portal tiene.

Hace unos años algun vecino preguntó por poner ascensores, exponiéndolo en “ruegos y preguntas” de la junta. Se le dijo que de los 7 portales que hay en la finca, dos tienen la escalera en la fachada exterior, y que el resto aunque la tienen hacia el patio de luces, una escalera está en un “cajón” formado por la fachada (casi eliminaría las ventanas que dan a ese “cajón”), y al igual que el resto, el “suelo” del patio no es tal, sino el techo del local que hay en la planta de calle (espero explicarme bien).

Todos los portales tienen un tramo de unas 7 escaleras, hasta que llegan “al suelo” del patio.

Revisando el tema porque tenemos junta el próximo sábado, me encuentro que el artículo 10 y el artículo 11 de la Ley de Propiedad Horizontal, fueron derogados, no así el 17 (aunque desconozco si fué modificado). Curiosamente, en el orden del día de la junta, tambien se lleva un punto al respecto de los portales <gestión y funcionamiento de los portales que integran la comunidad. Situación actual. Propuesta de cambio. Acuerdos a tomar>…, este punto es anterior al de los ascensores.

Agradeceré a algún miembro del foro me indique por qué artículo o artículos han sido sustituidos el 10 y el 11, o cuáles he de tener en cuenta para este tema.

Muchas gracias por haberme leído. Un saludo a todos.

 

 


Editado por rrsoria1 18/10/2015 14:21
 
R
rrsoria1
19/10/2015 17:23

Buenas tardes y gracias a “elbonsai” y a “Joshe 75” por sus aportaciones:

Perdonen si me “lie” al plantear la cuestión. Empezando por los portales, NUNCA han estado dentro de la Comunidad, que como tal existe para la manzana completa pero que, alguien, hace tantos años, no tuvo en cuenta de meter los portales en la Comunidad. Tal vez porque aun perduraba el sentido de “pertenencia” del portal para los vecinos de su escalera. Vaya usted a saber. El caso es que salvo dos ocasiones que por roturas de tuberías comunes y por filtraciones del terreno que se arreglaron con cargo a la Comunidad (o a todos los vecinos), el resto de veces principalmente mejoras, son de abono por los vecinos que viven en dicho portal.

Sobre los ascensores quería saber a qué artículos he de dirigirme para saber hasta qué punto nos pueden obligar a instalarlos (encima en las condiciones que plantee ayer de que el “suelo” del ascensor estaría en la parte privada de un propietario, dos portales que no pueden tener ascensor ni cambiando la escalera de lugar)…, ya que hay mucho “listo”.

De nuevo muchas gracias a todos. Buenas tardes

 
Joshe75
Joshe75
19/10/2015 06:44

Buenos días,

No entiendo bien el planteamiento de la pregunta o cuestión que plantea. Indicarle simplemente que en referencia a la instalaciiones de los ascensores estarán sujetos a lo establecido en el artículo 17.2 y 10.1 b). 

Deduzco que se trata de una mancomunidad y desde hace tiempo los portales se han independizado pero nunca se ha formalizado esa “independencia”. Ese será el motivo de la inclusión del punto en la orden del día de gestión y funcionamiento de los portales que integran la comunidad. Situación actual. Propuesta de cambio. Acuerdos a toma. 

Por lo que explica, llego a la conclusión que como existe la voluntad de algunos copropietarios de instalar ascensores, querrán formalmente constituir las subcomunidades para no depender de la voluntad de propietarios de otros portales. Si fuera ese el caso revise los estatutos para ver lo que establece en este sentido.

Espero haberle podido ayudar.

Reciba un cordial saludo.

José Manuel Lorente
administrador de fincas y gestor de patrimonios
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elbonsai
18/10/2015 22:49

Hola, los articulos derogados no han sido sustituidos por otros, en algún caso se han ampliado alguno de los articulos restantes. Por otro lado no entiendo cuál es su duda sobre los temas que van a tratar.

Un saludo

 

Fin del hilo
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