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M
misimilista
22/01/2016 10:27

ASCENSOR. Quién paga la electricidad cuando la Comunidad se opuso a su instalación

¿Es legal conectar un ascensor a la acometida eléctrica de un portal sin un contrato independiente?

4.725 lecturas | 4 respuestas

Buenos días:

Somos una Comunidad de Propietarios, con 3 portales independientes entre sí, 6 propietarios por portal (18 en total).

Hace año y medio, los 2 vecinos del tercer piso del portal 1 plantearon a la Comunidad instalar un ascensor en dicho portal 1, por aplicación del artículo 10 de la LPH. El presupuesto del ascensor (60 mil euros) excedía con creces el equivalente a una cuota anual de toda la Comunidad. Se sometió a votación y la Comunidad se opuso tanto a la obra como a firmar ni licencia ni contratos (sólo hubo 2 votos a favor, los de los promotores). En dicha votación, los otros 4 propietarios del portal 1 votaron en contra de la instalación del ascensor.

Aún así, los 2 propietarios del tercer piso decidieron seguir adelante con la instalación del ascensor. Pidieron licencia de obras al Ayuntamiento a nombre de uno de ellos y ejecutaron la obra (todas las facturas a nombre de uno de los propietarios, a título particular).

El ascensor ha conseguido el certificado de fin de obras en noviembre de 2015 y funciona desde diciembre pasado.

La electricidad del ascensor se suministra desde la toma general del portal 1. Los contratos de electricidad de los 3 portales están a nombre de la Comunidad de Propietarios. Los promotores del ascensor no han querido tramitar un nuevo contrato de electricidad, independiente del contrato del portal, para el ascensor. El resto de propietarios de la Comunidad se oponen a asumir el coste que supone el ascensor en la factura de la luz.

Uno de los 2 promotores del ascensor (el que aparece en todos los papeles y por tanto propietario del ascensor) ha propuesto que los propietarios del portal 1 le paguen a la Comunidad un precio (en euros mensuales) por el consumo de electricidad del ascensor. Esto podría ser una “reventa” de electricidad, prohibida por las legislaciones española y europea.

La pregunta es: si la Comunidad de Propietarios es la titular del contrato de electricidad del portal, y dicha Comunidad NO es la propietaria NI la titular del ascensor (cuyo propietario es un tercero), ¿se puede conectar el ascensor a la acometida eléctrica del portal? ¿Es obligatorio que el propietario del ascensor tramite un nuevo contrato de acceso con el distribuidor, con su contador independiente? 

Gracias por adelantado. Un saludo, M

 

 
M
misimilista
22/01/2016 17:52

Gracias. Tomamos nota de la propuesta de la media, para una Junta Extraordinaria monotemática sobre el ascensor.

Los contadores los cambió la Eléctrica en abril del año pasado (todos inteligentes).

 
J
juno4
22/01/2016 16:33
Desconozco la legislación vigente en ese sentido, lo que si se, es que si necesitais instalar un nuevo contador, muy probablememte os hagan adaptar la instalación de contadores a la normativa actual.

Si la instalacion electrica es muy antigua muy probablemente no dispongan de interruptor general de corte, embarrado protegido correctamente ni luces de emergencia. Al ser esto responsabilidad de la comunidad, y siendo por norma general el consumo de los ascensores bastante bajo, no creo que os convenga económicamente.

En vuestro caso yo optaría por llegar a un acuerdo con esos vecinos comparando la diferencia de consumo en kwh y aumento de potencia si fue necesario, con los de la media de la factura de esos meses los cinco años anteriores.
 
M
misimilista
22/01/2016 13:42

Su respuesta es de gran valor y ayuda. Gracias!

En efecto el ascensor se instala sin consenso y de espaldas a la Comunidad. Ninguno de los dos promotores es discapacitado ni mayor de 70 años, aunque en el portal y en la Comunidad hay tanto discapacitados como mayores de 70 años (que votaron en contra del ascensor, por lo elevado de su presupuesto).

El ascensor lo han instalado sin llave y con parada en las 3 plantas para intentar forzar la aceptación del mismo como elemento común y forzar a la Comunidad a asumir sus gastos de mantenimiento y el pago del equivalente a una anualidad. Han instalado además una rampa en el exterior que no usa nadie pero que perjudica al Local, al limitar el acceso al mismo.

¿Parece claro entonces que no puede estar enganchado a la acometida eléctrica del portal y que debiera dar de alta un nuevo contrato con su contador, exclusivos para el ascensor?

 
B
Borni1974
22/01/2016 13:30

Es que cuando las cosas no se hacen correctamente y de mútuo acuerdo, después todo son problemas.

El artículo 10 parece que deja claro que en el caso que indica no es necesaria la aprobación de la junta, ya que se trata de un elemento necesario para la accesibilidad de determinados colectivos.

También menciona el citado artículo que parece que el límite del coste de la instalación es de 12 menusalidades de gastos ordinarios, aunque indica que el coste excedió ese importe. Parece ser que en ese caso, si las personas que lo solicitan asumen el resto del coste, se podría ejecutar la obra. Todo esto si no interpreto mal la ley.

En el caso que comenta, parece que fueron esos dos propietarios los que asumieron el coste total de la instalacion de ascensor.

Con respecto al tema de la electricidad, lo lógico es que si ese ascensor únicamente lo van a utilizar esos dos vecinos, se instalara un contador únicamente para el ascensor, lo cual, por supuesto tiene un coste, y además, cada mes el coste de la electricidad será mayor que si se compensara a la comunidad con una cuota fija mensual por el uso de este servicio, no entiendo que esto se puede entender como una reventa de electricidad.

Lo que no tiene mucho sentido es que en una comunidad se instale un ascensor a espaldas de ésta, que el titular sea un vecino particular, pero la instalación se haya hecho por una zona común. Supongo que habrán instalado una llave para que solo lo puedan usar esos dos vecinos del tercero o no han instalado puerta en los pisos primero y segundo.

Supongo que tal vez no le haya servido de mucha ayuda, pero es que en este foro me estoy llevando muchas sorpresas de situaciones inesperadas, como se suele decir, la realidad supera a la ficción.

 

Fin del hilo
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