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M
martoj49
29/02/2016 11:09

diferencia de opinión con el Administrador

¿Quién tiene la autoridad en una Comunidad de Propietarios?

1.160 lecturas | 3 respuestas

Hola a todos.

Siempre he pensado que el Administrador es la mano derecha del Presidente de la Comunidad.

Ciertamente, un Presidente puede ser un albañil, carnicero, mecánico,etc que por su oficio desconozca los reglamentos u obligaciones concernientes a la ley de Comunidades.

Pero que ocurre cuando ante una particular situación hay diferente criterio de como proceder?

Quien manda?   El Presidente es el representante de los propietarios que son los que pagan la cuota cada mes, es decir, el cliente.

A veces se producen situaciones que no estan suficientemente especificadas en las leyes y es aqui cuando puede haber diferencias de criterios.

Ejemplo.

Nuestra Comunidad debe realizar reformas de la piscina y pavimento.  Como que ello comporta ruidos, polvo, molestias en general, y seguro algún problema imprevisto,etc. solicito informe por escrito a las Comunidades (2) colindantes solicitando sean comprensivos y con la seguridad de que intentaremos molestar lo menos posible.  También un pequeño resumen de como se reparará.

NO HE CONSEGUIDO QUE LO HAGA.  Justifica que esto podría relantizar el inicio de la obra (nos lo podiamos permitir el retraso) pues algunos vecinos realizarían preguntas y podrian sugerir otras soluciones.  Mejor empezar sin decir nada y si pasa algo YA ESTARÁ HECHO.  Que reclamen después.

QUE HA OCURRIDO

Pues que ya tengo la obra parada porque una comunidad colindante no me deja sustituir un bordillo.

SIGO PREGUNTANDO…..QUIEN MANDA?

Graaciiiaaassss!!!

 

 
ADASgestion
ADASgestion
29/02/2016 17:33

Pidieron licencia de obra (ICIO).

Si el bordillo es de ustedes y esta aprobado en Junta la sustitución, no veo cual es el inconveniente que la propiedad medianera no les deje. ¿Será que puede causar daños a la propiedad medianera?

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
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J
juno4
29/02/2016 15:01
Pd. Hacer las cosas a espaldas de la junta sin dar opción a decidir ni aceptar aportaciones del resto de propietarios, nunca es buena idea.
 
J
juno4
29/02/2016 14:58
Manda el dueño del elemento que quiera modificar. Si el dueño es un bloque colindante, no puede tocar nada. Sólo su parte con permiso de la junta.

Para reformas muy menores de mera conservación, el presidente decide dando posteriormente explicaciones en junta.
 

Fin del hilo
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