Buenos días. Somos propietarios de varios inmuebles en un edificio con menos de 9 años que ha necesitado de reparación de fachada porque el aplacado se caía. Los gastos los estamos pagando los vecinos, cuando entiendo debería pagarlo la empresa constructora por su error, pese a ello accedemos a pagarlo hasta que se pueda recuperar el dinero. El gasto es de casi 4.000€ con una única pensión de 700€ para el matrimonio (es cierto que tenemos inmuebles que si rentan, pero alquilados a precios baratos para ayudar a montar negocios y con gastos de pagos ibi).
Además hacemos el pago de gastos de comunidad nada más empezar el año y en un solo pago.
¿Es legal que en la siguiente reunión, por no haber pagado más que la mitad del gasto extraordinario se nos niege el voto? Mil gracias a quien nos pueda informar, agradecidos de sus respuestas.