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Julian61
Julian61
28/10/2016 08:52

Licencia de vado, ¿malas practicas de algunos ayuntamientos?

¿Fue un abuso recaudatorio permitir la alta de una licencia de vado a una sociedad promotora inmobiliaria cuando ya se había declarado la propiedad horizontal?

1.176 lecturas | 4 respuestas


Hechos: año 1992, sociedad promotora inmobiliaria solicita licencia de vado a su nombre, aun cuando ya esta declarada la división horizontal, el ayuntamiento de Barcelona la concede emitiendo los recibos de las correspondientes tasas a nombre de la sociedad. Dichos recibos han sido pagados por la comunidad de propietarios ininterrumpidamente hasta el año 2014, el año 2015 por cambio de Administrador y su olvido de domiciliar este no se pago, nos dimos cuenta a la presentación de las cuentas en Abril de 2016, tras lo cual conseguimos pagar con recargo el del año corriente 2016 y domiciliar los sucesivos.
La citada sociedad esta extinguida, con lo cual no podemos solicitar emisión del recibo de 2015. El ayuntamiento no nos ofrece mas solución que cambiar de nombre la licencia de vado, con lo que comporta una baja y una alta nueva, lo cual nos implica pagar por todos los conceptos +- 3000 €.

Presunción: Como es posible que el citado Ayuntamiento permitiese un alta de licencia de vado a nombre de la sociedad promotora cuando ya se había declarado la propiedad horizontal, el titular de la citada licencia debía ser la comunidad de propietarios. Esconde esta permisividad un abuso recaudatorio? Incumplieron la legislación?

Ruego comentarios de aquellos que se encuentren en la misma situación o a los que puedan opinar..
 

 
Julian61
Julian61
28/10/2016 18:16

ADASgestion dijo:
Ustedes como comunidad, deberían haberse informado a nombre de quien se emite el pago.

Ahora como andan los Ayuntamientos caninos han subido impuestos, tasas,... Y lo que en 1992 podría haber sido gratis, ahora un palo.
De todas formas 3000 parece una burrada por cambio de titular
Que yo sepa en Madrid es gratis, solo es cambiar un nombre.

Si tenían en 1992 un administrador debería haber puesto en orden este asunto.

 

Nosotros como comunidad ya sabiamos a nombre de quien se hacia el pago.

No es un problema de ahora, de echo el Ayuntamiento de Barcelona tiene “excedentes”.

En 1992 nos hubiese costado, en proporcion, lo mismo que ahora.

Con el cambio de titular (que no es el caso, pues siempre ha sido la comunidad) tenemos que depositar el aval para la restitucion de la acera, de hay el importe.

Gracias por la informacion de Madrid he leido la legislacion al respecto y me ha sido muy interesante.

En 1992 teniamos administrador colegiado, el fue el que nos dijo que mejor dejarlo como estaba, era conocido del promotor, lo tuvimos hasta 2014.

Gracias

 

 
Julian61
Julian61
28/10/2016 18:10

Blont dijo:

esa es la forma que tiene de recaudar el partido emergente que gobierna en su ciudad

No, esta equivocado al respecto, es algo que viene de muy lejos, como poco de los años 80, si es que no es anterior.

 
ADASgestion
ADASgestion
28/10/2016 13:25
Ustedes como comunidad, deberían haberse informado a nombre de quien se emite el pago.

Ahora como andan los Ayuntamientos caninos han subido impuestos, tasas,... Y lo que en 1992 podría haber sido gratis, ahora un palo.
De todas formas 3000 parece una burrada por cambio de titular
Que yo sepa en Madrid es gratis, solo es cambiar un nombre.

Si tenían en 1992 un administrador debería haber puesto en orden este asunto.
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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Blont
28/10/2016 13:10

esa es la forma que tiene de recaudar el partido emergente que gobierna en su ciudad

 

Fin del hilo
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