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Asoin
Asoin
13/05/2017 10:24

Declarar gastos a Hacienda (modelo 347)

¿Cuándo debe mi edificio declarar operaciones con terceros en su declaración fiscal?

1.431 lecturas | 2 respuestas

Buenos días: 

Leyendo un artículo sobre fiscalidad de los edificios, me ha surgido la duda respecto a lo que mi edificio debería declarar al final del año fiscal. Por lo que entiendo, la exigencia es declarar operaciones con terceros por importes a partir de 3005,06 euros. Este tema lo estará haciendo nuestro administrador. Mi duda es si la obligación surge cuando por ejemplo un pintor presenta una factura de 3500 euros supongo que hay que declararlo, pero si la factura es de 1000 euros entiendo que no tenemos que declarar nada , no?. Lo digo porque no sé si lo que hay que declarar es si la suma de todos los importes (pequeños) superan los tres mil euros o si sólo se declaran las facturas que superen los tres mil euros. Gracias y disculpen el lío que tengo. 

 
Asoin
Asoin
14/05/2017 23:11

Perfecto MRV. Gracias por tu clara explicación. Saludos. 

 
M
MRV
13/05/2017 11:31

Lo que hay que incluir en la declaración son las operaciones con provedores que hayan superado en el ejercicio 2016 EN SU CONJUNTO la cantidad que mencionas.  Es decir que si el mismo provedor ha emitido distintas facturas durante el ejercicio, lo que cuenta es la SUMA TOTAL de las mismas y no cada una individualmente.

Si la suma total no alcanza los 3.000 euros, entonces no es necesario incluir a ese provedor.

 

 

Fin del hilo
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