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rapapapa
rapapapa
08/03/2018 12:46

presidente comunidad

¿Cuándo se hace efectivo el cambio de presidente de la comunidad?

1.408 lecturas | 3 respuestas

buenas tardes, en el dia de ayeer en junta general ordinaria, pase a ser presidente de mi comunidad, por unanimidad, me gustaria saber en que momente se hace efectivo dado que el administrador me dijo que el acta de esta junta la firma el presidente saliente, y si dado que tenenemos en fechas prosimas programada una junta extraordinaria debo ser yo quien firme la convocatoria o el presidente anterior

un saludo y gracias de antemano

 

 
B
Blont
10/03/2018 15:37

El orden del dia lo indica usted, le recuerda que usted es el presidente y propietsrio, y que el es un empleado de la comunidad.

El cambio se hace por mayoria simple, usted no es nadie para tomar decisiones, estas las toma la junta.

 
rapapapa
rapapapa
10/03/2018 10:53

entendieron ue la extraordinaria por tratarse de discutir prsupuestos para una posible obra de envolventes de fachada se ria demasido larga, y farragosa, depaso otra pregunta si el administrador como tenia costambre con el anterior presidente  “ocho años seguidos “ no me presenta ni mepregunta por el orden del dia y hace la convocatoria que pasaria,en la junta anterior presento a aprobacion presupuestos de dos años a pesar de que vecinos le insitimos que tiene que ser anual,es necesario que la asmblea de vecinos apruebe el cambio de administrador o el presidente puede hacerlo, por cometer einfracciones a la LPH

un saludo y gracias 

 
B
Blont
08/03/2018 15:59

tiene un matiz la pregunta.

Pues depende si ha asistido a la junta o no ha asistido.

Si ha asistido, los acuerdos son efectivos desde su votacion, o sea es vonocedor que ha sido nombrado presidente.

Pero si no ha acudido, el acta debe ser firmada en los diez dias siguientes, si usted no la ha recibido, no tiene conocimiento fehaciente de du nombramiento.

Que se ponga las pilas el administrador.

Una pregunta, porque dos juntas seguidas, una normal y otra extraordinaria?

Si no tiene conocimiento de su nombramiento, tenga cuidado, las juntas las convoca el presidente y no el administrador, y sera el presidente quien decida cuando celebrarla y temas a tratar.

Por lo cual no celebre junta segun le he explicado

 

 

Fin del hilo
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